Principio de Buena Fe
Este texto se ocupa del principio de buena fe. La “buena fe” es la creencia de que una persona está en condiciones de actuar conforme a la ley, y el conocimiento de que actúa sin perjudicar los derechos de los demás. Se trata de un concepto frecuentemente utilizado en nuestra legislación para mitigar el rigor de la aplicación de las normas positivas. Los contratos deben negociarse, formarse y ejecutarse de buena fe. Esta disposición es de orden público. Asimismo, la iniciativa, el desarrollo y la finalización de las negociaciones precontractuales son libres. Deben cumplir los requisitos de buena fe. El reconocimiento del efecto de la apariencia está vinculado a la buena fe. Este es el caso, por ejemplo, en materia de posesión y, por tanto, de prescripción. La apariencia también regula las relaciones que vinculan a los cónyuges con respecto a terceros. La buena fe se opone al concepto opuesto de “mala fe”. En principio, la buena fe se presume, y corresponde a la persona que alega la mala fe demostrarla. Sin embargo, la presunción de buena fe está siendo cuestionada para mejorar la protección del consumidor.