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Crisis Constitucional

Hay un conjunto de casos de crisis en los que otras instituciones constitucionales han llegado a un punto muerto o a un impasse. En estos casos, los tribunales pueden asumir la responsabilidad de cortar el nudo gordiano, es decir, aceptar cuestiones, argumentos legales, emitir decisiones, o permitir o prohibir recursos, en formas que los propios tribunales normalmente rechazarían como legalmente inválidas o más allá de la competencia de los tribunales. En estos casos, los tribunales pueden percibir que se salen de un orden constitucional que funciona mal, con el fin de tomar medidas extraordinarias para restablecer su funcionamiento ordinario. En el derecho constitucional estadounidense, la decisión más reciente y más famosa de este tipo es, sin duda, el caso Bush v. Gore. La decisión acalló -como cuestión de derecho, si no de política- un tifón de controversia sobre los votos emitidos en Florida durante las elecciones presidenciales del año 2000, y en efecto otorgó la victoria a la que no era en absoluto una crisis constitucional, aparentemente sobre la base de que fue resuelta rápidamente por los tribunales, y que los actores políticos relevantes consintieron sin protestas callejeras o “la movilización de tropas”. No hace falta decir que, en nuestra opinión, esa descripción es inaceptablemente estrecha; implicaría que los tribunales nunca pueden enfrentarse a las crisis constitucionales en absoluto, incluso en los casos de golpe de Estado que hemos discutido, siempre y cuando sus decisiones sean respetadas ex post. El problema es que, ex ante, los tribunales no pueden saber si sus decisiones serán respetadas, y es esa característica de la situación la que la convierte en una crisis desde el punto de vista del tribunal.

Nómada

Este texto se ocupa del nómada, como persona, generalmente miembro de un grupo, que migra constantemente sin domicilio ni destino permanente o semi-permanente. Es posible que los nómadas pastores de renos como los lapones migraran con sus rebaños por la tundra del norte de Europa incluso antes de que el patrón nómada se extendiera a las regiones esteparias de Asia central. En las ciénagas de Escandinavia, los arqueólogos han encontrado restos de trineos que datan del Paleolítico Tardío. Los primeros trineos probablemente eran tirados por equipos de perros u hombres con esquís rudimentarios. Pero a principios del Neolítico ya se utilizaban renos domesticados, lo que sugiere que el nomadismo pastoral se había establecido en la región. A pesar de su temprana aparición, los nómadas pastores de renos vivían lejos de los centros de civilización, un aislamiento que hizo que su influencia en el curso de la historia de la humanidad fuera, en el mejor de los casos, marginal. La expansión del nomadismo pastoral en las estepas de Asia central había dependido en gran medida de la domesticación del caballo. Más al oeste, en la península arábiga y en la zona sudanesa que se extiende por el centro-norte de África, otro animal desempeñó un papel fundamental en la difusión del patrón nómada. Ya en el año 1700 a.C. se menciona al camello en las fuentes egipcias como animal de carga, pero aún no era montado por humanos. Es probable que el pastoreo basado en el camello se haya establecido en Asia occidental incluso antes de que se montaran por primera vez en los últimos siglos a.C.

Admisión de Extranjeros

Admisión de extranjeros en la Enciclopedia Jurídica Omeba Véase: Entradas de la Enciclopedia Jurídica Omeba Enciclopedia Jurídica Omeba (incluido Admisión de extranjeros) Recursos Véase también

Personas Morales

Las personas morales se regirán por los instrumentos y acuerdos que las normas de cada país establezcan (por ejemplo, en México -de acuerdo con el Artículo 28 del Código Civil- se deben regir por las leyes correspondientes, por su escritura constitutiva y por sus estatutos).

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