Comisión Internacional del Estado Civil
L a Comisión Internacional del Estado Civil elabora recomendaciones y convenios, recopila la legislación nacional y la jurisprudencia de los Estados contratantes en materia de registro personal, facilita información a los Estados contratantes basándose en esta documentación, coordina su trabajo con otras organizaciones y, dentro de sus competencias, coopera con terceros países. Hay razones para no adherirse a la Comisión Internacional del Estado Civil, por ejemplo su carácter eurocéntrico y el uso del francés como lengua oficial. Además, la asamblea general no parece tener ningún interés en animar a participar a ningún estado no europeo que no disponga de un sistema nacional de registro de datos personales. La función de la Comisión Internacional del Estado Civil no es tanto redactar Convenios como recomendar su ratificación. Los Convenios también deben incorporarse a la legislación nacional sobre el registro del estado civil y ser aplicados diariamente por una burocracia bien formada. Cuando faltan tales instrumentos, la pertenencia a la Comisión Internacional del Estado Civil tiene poco sentido.