El nuevo marido (o su paterfamilias) se hacía cargo de la dote, y los ingresos de ésta debían destinarse al mantenimiento de la esposa y a los intereses del matrimonio en general. La dote, sin embargo, quedaba vinculada a la esposa o a su familia. En caso de divorcio, el marido estaba obligado a devolverla, lo que debía desanimar a muchos maridos a divorciarse de sus esposas. En caso de que la esposa muriera, la cantidad debía ser devuelta a su familia, pero podía deducirse una determinada cantidad por cada hijo, mientras que, si la esposa se divorciaba tras haber cometido una mala conducta, podían hacerse deducciones (por ejemplo, se deducía una sexta parte si había cometido adulterio). Si el marido era responsable del divorcio, debía devolver la dote inmediatamente o en un plazo de seis meses. La dote era especialmente importante para una divorciada o viuda porque le permitía volver a casarse adecuadamente dentro de su rango, mientras que los juristas consideraban que la devolución de la dote a la muerte de una hija compensaba a su padre por la pérdida de su hijo. De las diversas formas de matrimonio en Roma, la distinción importante era si eran o no con manus (‘mano’). En un matrimonio, la mujer pasaba a la potestas de su marido o de su paterfamilias (estaba, por tanto, “en su mano”, in manu), o bien, si se trataba de un matrimonio sin manus, permanecía en la potestas de su padre o de un pariente masculino mayor o tutor. El matrimonio con manus, en el que la esposa pasaba a estar en poder de su marido o de su paterfamilias, se hizo cada vez más raro durante la República. Ya en las XII Tablas se preveía evitar la manus mediante la ausencia de la esposa durante tres noches al año.