Acto a proceder contrario a la justicia, la razón o las leyes, dictado solo por la voluntad o el capricho. Una resolución judicial podrá ser con toda evidencia irrazonable o arbitraria, pero no por ello desproporcionada. Una norma podrá ser tachada de arbitraria por carecer de toda consistencia y base objetiva o racional y, en consecuencia, de contraria al principio de interdicción de la arbitrariedad, sin que tal reproche lleve aparejado el de su desproporción. Se supone que la pena de muerte está reservada sólo para los peores delitos. Pero factores jurídicamente irrelevantes, como la raza, la geografía y la calidad del abogado, determinan de forma desproporcionada quién es condenado a muerte. “Las personas que están bien representadas en el juicio no obtienen la pena de muerte… Todavía no he visto un caso de muerte entre las docenas que llegan al Tribunal Supremo sobre solicitudes de suspensión de la ejecución en el que el acusado haya estado bien representado en el juicio.” -Juez Ruth Bader Ginsburg (2001)