Derecho administrativo
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Derecho administrativo, rama del Derecho público que tiene por objeto la Administración pública, entendida como actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de éste tienden a la satisfacción de intereses colectivos.
En los Estados modernos tanto la administración como la jurisdicción se encuentran reguladas por una normativa y cabe distinguir ambas funciones en razón de lo siguiente: al ejercitar la función de juzgar, el Estado persigue la realización de los derechos controvertidos o inciertos; al ejercitar la vía administrativa, tiende a realizar intereses generales.Entre las Líneas En esta línea señalada, las acciones fundamentales que la Administración lleva a cabo son las siguientes:
- Acción de garantía. Mediante este procedimiento la administración fija el marco de la vida colectiva; establece el orden de convivencia, garantizando cuáles son los ámbitos dentro de los que pueden desarrollarse las iniciativas privadas y cuáles las posibles conductas de los particulares, lo que se realiza manteniendo la tranquilidad y el orden público o definiendo derechos, como en el caso del urbanismo, o limitando posibilidades de actuación, como cuando tasa un precio.
- Acción de prestación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Tiene por finalidad entregar a sus destinatarios ciertos bienes o prestar determinados servicios. Los puede ofrecer la administración en el mercado, en régimen de Derecho privado o mediante un concesionario al que fija pautas de actuación, o bien puede ejecutar el servicio público de forma directa y como tal administración.
- Acción de estímulo. La administración incita a los particulares a que cumplan actividades concretas de interés público mediante subvenciones, créditos, desgravaciones o exenciones fiscales, recursos estos muy utilizados en materia de urbanismo.
Definición en Derecho
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Parte del ordenamiento jurídico, que regula la Administración Pública, su organización y sus servicios, así como sus relaciones con los ciudadanos.
Derecho Administrativo en otras Referencias Legales
Derecho Administrativo en la Plataforma
Derecho Administrativo en el Diccionario Legal
Derecho Administrativo en la Enciclopedia española del Derecho
Derecho Administrativo en la Normativa española
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Derecho Administrativo
Definición y descripción de Derecho Administrativo ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Alfonso Nava Negrete) Es la rama del derecho público que tiene por objeto regular la actividad de la administración pública, encargada de satisfacer las necesidades esenciales de la colectividad. Es por excelencia el derecho de la administración, esto significa también que el derecho administrativo no es el único que regula la actividad administrativa. La actual y acentuada intervención de la administración en la economía, obliga por ejemplo, a la actividad administrativa a someterse a las normas del derecho privado (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bien que a veces estas últimas en tal condición se publican y adquieren la naturaleza de normas administrativas o, que se presenten como régimen ordinario de esa actividad y se privatice la administración.
Derecho Administrativo: Consideraciones Generales
Elementos de Derecho Administrativo
Incluyen las siguientes entradas en esta enciclopedia jurídica global:
- Acto Administrativo
- Contratos de la Administración
- Control Judicial de la Administración
- Dominio del Estado
- Derecho Administrativo
- Estado como Persona Jurídica
- Actividad Discrecional de la Administración Pública
- Fuentes del Derecho Administrativo
- Fuentes del Derecho de los Derechos Humanos.
- Funciones del Estado
- Limitaciones a la Propiedad
- Servicios Públicos
- Protección de los Derechos Humanos
- Poder de Policía
- Procedimiento Administrativo
- Responsabilidad del Estado
- Situaciones Jurídicas Subjetivas
Derecho Administrativo
Administración gubernamental.Entre las Líneas En esta plataforma, derecho administrativo incluye entradas sobre cuestiones tales como Procedimiento administrativo, Administración pública, Concesiones, Contratos públicos y Impeachment.Entre las Líneas En esta plataforma, los conceptos y temas relacionados con derecho administrativo incluyen los siguientes: Estado de derecho, Cuotas compensatorias, Estímulo económico, Derecho romano, Recursos, Administración de justicia, Jueces administrativos y oficiales de audiencia. Para más información sobre derecho administrativo en un contexto más anglosajón, puede verse, en inglés, Administrative law (derecho administrativo).
Derecho Administrativo en el Derecho
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Definición de Derecho Administrativo del Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros: Conjunto de normas doctrinales y disposiciones concernientes a los órganos de la Administración Pública, a la ordenación de los servicios que le están encomendados, y a sus relaciones con las colectividades o los individuos a quienes tales servicios atañen. Nota: Consulte más información sobre Derecho Administrativo (en inglés, sin traducción) en el Derecho anglosajón.
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Derecho Administrativo
Definición y descripción de Derecho Administrativo ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Alfonso Nava Negrete) Es la rama del derecho público que tiene por objeto regular la actividad de la administración pública, encargada de satisfacer las necesidades esenciales de la colectividad. Es por excelencia el derecho de la administración, esto significa también que el derecho administrativo no es el único que regula la actividad administrativa. La actual y acentuada intervención de la administración en la economía, obliga por ejemplo, a la actividad administrativa a someterse a las normas del derecho privado (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bien que a veces estas últimas en tal condición se publican y adquieren la naturaleza de normas administrativas o, que se presenten como régimen ordinario de esa actividad y se privatice la administración.
Preceptos administrativos
Son las reglas jurídicas que regulan la actividad administrativa.Entre las Líneas En este sentido, puede afirmarse que son la parte normativa o preceptiva del Derecho administrativo. Al igual que las otras ramas o especialidades jurídicas, al Derecho administrativo son de aplicación las normas básicas de las fuentes del derecho. Y, en este sentido, la primacía de la ley se subraya notablemente en este importante sector del derecho público. La peculiaridad distintiva del Derecho administrativo, sin embargo, se perfila al constatar que buena parte de los preceptos administrativos surgen de la propia Administración Pública. Así sucede con todos los preceptos de rango inferior a ley: decretos, órdenes ministeriales, circulares, etc. Todo ello, conduce a la especial valoración del llamado principio de legalidad o de sometimiento a la ley por parte de las disposiciones administrativas.
La actividad administrativa debe realizarse con arreglo a las leyes; en este sentido, las normas jurídicas obligan a la Administración en dos zonas: la zona del fondo y la de la forma. Es decir, la actuación administrativa debe, no solo atenerse al cumplimiento de los requisitos formales que impone la ley, sino también observar el espíritu de la ley en cuanto ésta protege un determinado interés que justifica la existencia de la norma. Cuando la Administración actúa incorrecta o injustamente, puede ser objeto de reclamación por el administrado, que tratará de reencauzar la actividad administrativa en la norma y, en su caso, ser resarcido de los perjuicios que se le hubieren derivado de tal irregularidad.Entre las Líneas En este sentido, se habla de sistema de recursos para aludir a los instrumentos de reclamación con que cuenta el administrado para plantear su demanda ante la Administración debiendo ésta resolver los recursos interpuestos.
Autor: Cambó
Costumbre administrativa
Es una de las fuentes de producción de la norma administrativa.
Aviso
No obstante, dado el carácter predominante de derecho escrito en el Derecho administrativo, la costumbre pierde prácticamente importancia. Por otra parte, tienen interés determinadas manifestaciones relacionadas con el derecho consuetudinario: las prácticas administrativas y los precedentes administrativos, como expresión de la vigencia de determinados criterios que se aplican en la actividad administrativa. Se trata, en todo caso, de conductas o comportamientos de las administraciones Públicas, y su validez no requiere que la práctica sea reiterada. La vinculación a los precedentes se limita, no obstante, a la obligación de motivar las resoluciones administrativas que se aparten de actuaciones precedentes.
Autor: Cambó
Privatización del Derecho administrativo
Fenómeno conocido como huida del Derecho administrativo por el que a través de fórmulas organizativas la Administración ejerce su actividad sometida al Derecho privado como un agente económico más, evitando la complejidad de las normas jurídico-públicas.
Utilización progresivamente incrementada de las figuras y mecanismos del Derecho privado, especialmente del Derecho de contratos y del de sociedades, en la estructuración y funcionamiento de los servicios públicos. La actividad administrativa, necesariamente sofisticada para atender a la complejidad socio-económica presente, puede encontrar recursos válidos en el arsenal privatístico; pero la utilización de éste puede crear indefensión al orillarse el control contencioso-administrativo.
Visualización Jerárquica de Derecho administrativo
Vida Política > Poder ejecutivo y administración pública
Derecho > Organización de la justicia > Sistema judicial > Jurisdicción contencioso-administrativa
Ciencia > Humanidades > Ciencias sociales > Ciencia administrativa
Derecho > Fuentes y ramas del Derecho > Fuentes del Derecho > Código jurídico > Código administrativo
Derecho > Fuentes y ramas del Derecho > Ciencia jurídica > Derecho público
Derecho administrativo
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Derecho administrativo
Véase la definición de Derecho administrativo en el diccionario.
Características de Derecho administrativo
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Derecho Administrativo
Esta sección introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de derecho administrativo, con el objetivo de examinar su desarrollo actual.
También de interés para Derecho Administrativo:Derecho Administrativo
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También de interés para Derecho Administrativo:Las Relaciones del Derecho Administrativo con otras Ramas del Derecho
Esta sección introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de las relaciones del derecho administrativo con otras ramas del derecho, con el objetivo de examinar su desarrollo actual.
También de interés para Derecho Administrativo:Recursos
Véase También
- Procedimiento Administrativo
- Derecho Administrativo
- Proceso Administrativo
- Derecho Administrativo
- Proceso Administrativo
- Derecho Administrativo
- Administación Pública
- Derecho Administrativo
- Jurisdicción contencioso-administrativa
- Ciencia administrativa
- Código administrativo
- Derecho público
- Delegación de poderes
- Derecho público económico
- Contrato administrativo
- Infracción administrativa
- Procedimiento disciplinario
- Acto administrativo
- Competencia administrativa
- Responsabilidad administrativa
- Procedimiento administrativo
- Ciencia de la administración
- Constituciones
- Leyes Forales
- Leyes Básicas de Derecho Mercantil
- Derecho Financiero y Tributario
- Convenciones
- Leyes Orgánicas
- Leyes Básicas de Derecho Penal
Recursos
Véase También
Recursos
Véase También
Recursos
Véase También
Recursos
Traducción de Derecho administrativo
Inglés: Administrative law
Francés: Droit administratif
Alemán: Verwaltungsrecht
Italiano: Diritto amministrativo
Portugués: Direito administrativo
Polaco: Prawo administracyjne
Tesauro de Derecho administrativo
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Ciencia > Humanidades > Ciencias sociales > Ciencia administrativa > Derecho administrativo
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Véase También
Recursos
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Véase También
Otras entradas sobre Instrumentos Legislativos en esta Enciclopedia Legal
Bibliografía
Acosta Romero, Miguel, Teoría general del derecho administrativo; 3a. edición, México, Porrúa, 1979; Alessi Renato, Principi di diritto amministrativo, Milano, Guiffrè, 1966, tomo I; Benoit, F. P. Le droit administratif français, París, Dalloz, 1968; Bielsa, Rafael, Derecho administrativo, 5a. edición, Buenos Aires, Depalma, 1955, tomo I; Diez, Manuel María, Derecho administrativo, Buenos Aires, Editorial Bibliográfica Omeba, 1963, tomo I; Fraga, Gabino, Derecho administrativo; 22a. edición, México, Porrúa, 1982; Gordillo, Agustín A., Tratado de derecho administrativo, Buenos Aires, Ediciones Macchi, 1977, tomo I; Laubadere, André de, Traité de droit administratif; 8a. edición, París, Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence, 1980, tomo I; Olvera Toro, Jorge, Manual de derecho administrativo; 2a. edición, México, Porrúa, 1976; Sayagués Laso, Enrique, Tratado de derecho administrativo; 3a. edición, Montevideo, 1963, tomo I; Serra Rojas, Andrés, Derecho administrativo; 9a. edición, México, Porrúa, 1979. 2 volúmenes
Muy buena página, sigan publicando contenido, es de mucha utilidad
En los supuestos del derecho administrativo, el estado, actuando en ejercicio de sus prerrogativas de poder, hallase colocado en un plano superior frente al administrado, lo que determina que las normas pertinentes no sean, como en el derecho privado, de coordinación, sino de subordinación -imponen obligatoriedad-, que es el rasgo característico de las normas integrantes del derecho público.
Elementos de Derecho Administrativo (19.7)
Derecho Administrativo General (17.2)
Derecho Internacional Público Administrativo (17)
Orden Público en el Derecho Administrativo (15.9)
Desahucio Administrativo (15.5)
Deslinde Administrativo (15.3)
Procedimiento Administrativo (14.7)
Contencioso Administrativo (14.5)
Derecho Administrativo Internacional (14.4)
Derecho Procesal Administrativo (14.3)
Definición de Derecho Administrativo (14.1)
Acuerdo Administrativo (14)
Desistimiento Del Procedimiento Administrativo (13.9)
Industria en el Derecho Administrativo (13.8)
Fundaciones en Derecho Administrativo (13.8)
Policía en Derecho Administrativo (13.8)
Permiso Administrativo (13.5)
Ejecución Procesal en el Derecho Administrativo (13.4)
Leyes Básicas de Derecho Administrativo (13.4)
Derecho Administrativo por País (13.3)
Derecho Penal Administrativo (13.2)
Principios Generales del Derecho Administrativo (12.9)
Fuentes del Derecho Administrativo (12.9)
Tribunal de lo Contencioso-Administrativo (12.7)
Censos En Derecho Administrativo (12.7)
Acto Administrativo (12.7)
Contrato Administrativo (12.6)
Tribunal Económico-Administrativo (12.5)
Índice de Derecho Administrativo Local (12.5)
Derecho Procesal (12.4)
Proceso Administrativo (12.3)
Derecho Administrativo Chino (12.2)
Administrativo (12)
Convenio Administrativo (12)
Derecho Civil (11.9)
Procedimiento Administrativo Tributario (11.8)
Derecho Político (11.7)
Derecho Penal (11.6)
Recurso Económico-Administrativo (11.5)
Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (11.4)
Cabria concluir que, en la actualidad, el derecho administrativo es una rama autónoma del derecho público interno, y como tal es objeto de estudio. Asimismo, que el objeto del derecho administrativo es la Administración pública, en todas sus manifestaciones, sean estas externas o internas, vale decir jurídicas o no jurídicas. Como colofón, integral el contenido de ese derecho todo lo atinente a la organización y al funcionamiento de la Administración pública.
Es el conjunto de normas legales, doctrina y técnicas que regulan la actividad de la Administración Pública en cuanto se relaciona con los administrados o en cuanto unos órganos de aquélla se relacionan entre sí con motivo de la función administrativa, primando siempre el interés público sobre el particular, en una consideración general. No forma parte de éste el estudio de las figuras jurídicas de derecho privado que, en frecuentes ocasiones, utiliza la Administración Pública para satisfacer determinados intereses propios de un organismo o entidad administrativa, en una consideración general. De ahí que no pueda afirmarse que Derecho administrativo es aquél que regula la actividad administrativa, en una consideración general. La esencia diferencial del Derecho administrativo radica en la nota de preeminencia que favorece a la Administración Pública situándola en un nivel superior al administrado en cuanto aquélla realiza actividades de interés general, en una consideración general. En definitiva, el Derecho administrativo es el Derecho público común y general.
Es un conjunto de normas que regulan la actuación de la Administración Pública y su sometimiento a Derecho. Dentro de tal conjunto se incluyen disposiciones relativas a la personalidad jurídica única de la Administración; a la organización de los órganos superiores y de la Administración central; a las competencias del consejo de ministros (sobre ello puede verse en la enciclopedia jurídica la información sobre consejo de ministros), comisiones delegadas del gobierno (sobre ello puede verse en la enciclopedia jurídica la información sobre comisiones delegadas del gobierno), Presidente del Gobierno (sobre ello puede verse en la enciclopedia jurídica la información sobre Presidente del Gobierno), ministros (sobre ello puede verse en la enciclopedia jurídica la información sobre ministro), secretarios de Estado (sobre ello puede verse en la enciclopedia jurídica la información sobre Secretaría de Estado), subsecretarios (sobre ello puede verse en la enciclopedia jurídica la información sobre Subsecretaría), directores generales y secretarios generales técnicos (sobre ello puede verse en la enciclopedia jurídica la información sobre secretaría general técnica), a la forma y jerarquía de las disposiciones administrativas (sobre ello puede verse en la enciclopedia jurídica la información sobre jerarquía normativa), a la delegación de atribuciones; a la responsabilidad de las atribuciones y funcionarios del Estado.