▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Instituciones Sociales

Un desarrollo emocionante de la teoría criminológica en las últimas décadas ha sido la renovada atención al papel de las instituciones sociales, un desarrollo que se ha calificado acertadamente como la “nueva institucionalidad”. Esta nueva institucionalidad se ha manifestado de manera más prominente en las recientes investigaciones sobre el castigo penal. En una serie de estudios esclarecedores, los académicos han descrito las formas en que la respuesta de la sociedad a la delincuencia refleja el complejo más amplio de instituciones sociales y también las formas en que los propios regímenes de castigo afectan a otros componentes del orden institucional.

El hecho de que las instituciones sean fundamentales para comprender la respuesta de la sociedad a la delincuencia no es nuevo ni sorprendente, dado que el “sistema de justicia penal” es en sí mismo una institución (o un subsistema institucional). Sin embargo, el análisis institucional ha sido seriamente subdesarrollado en los análisis etiológicos del crimen. Las teorías etiológicas más influyentes de la criminología contemporánea (como la elección racional, el control, el autocontrol, la tensión y las teorías de aprendizaje) se centran en las propiedades de los actores individuales, la interacción de los actores individuales y sus entornos inmediatos, o las características del contexto del vecindario localizado (como el modelo sistémico del delito o la teoría de la eficacia colectiva). Encontramos mucho mérito en estos esfuerzos, pero en nuestra opinión las explicaciones asociadas de las causas del delito son fundamentalmente incompletas. No tienen en cuenta las profundas maneras en que la acción individual y los entornos próximos a ella se ven limitados por el orden institucional imperante en una sociedad determinada en un momento determinado y reflejan dicho orden.

El objetivo de texto es poner de relieve los conocimientos sobre los niveles y los cambios en la delincuencia que pueden obtenerse mediante la aplicación de una perspectiva institucional.

Asilos

Este texto se ocupa de la locura y asilos, en su marco histórico. A mediados del siglo XX, un gran número de personas con discapacidades mentales estaban confinadas en diferentes instituciones que pretendían proporcionarles cuidados. Aún no nos hemos encontrado con los dispositivos dispersos, casi domésticos y móviles que caracterizan la reclusión contemporánea para cuidados sociales -nos encontraremos con ellos en el próximo capítulo-, pero sí con varios hilos clave a partir de los cuales se teje. En primer lugar, la idea misma de la panacea institucional como solución a “problemas” nacionales cada vez más diversos allanó el camino a intervenciones para gestionarlos mucho más allá de los muros de la institución. Vemos los inicios de esta expansión hacia el exterior en la regulación de la ‘psiquiatría doméstica’ y la supervisión comunitaria de los ‘defectuosos mentales’. En segundo lugar, una población heterogénea unida al ser apartada de las pretensiones terapéuticas de la reclusión psiquiátrica a fuerza de la “permanencia” de su incapacidad y de su naturaleza “inofensiva” (no peligrosa). En respuesta, se desarrollaron diferentes racionalidades, lugares de reclusión y marcos jurídicos, vinculados a discursos de “vulnerabilidad” y “carga”, dentro de los precursores de la asistencia social. En tercer lugar, la aparición de sistemas organizados de cuidados no médicos proporcionados por el Estado, y de nuevas profesiones preocupadas por la gestión y el alivio de la pobreza y los problemas sociales relacionados, unidas al duro principio de “menos elegibilidad” de la Ley de Pobres y al ideal de “autoayuda”. Y, por último, la ley de instituciones: concebida inicialmente como un freno al confinamiento institucional, se estiró progresivamente como un elástico a lo largo de un complejo carcelario en constante crecimiento, expandiéndose para abarcar nuevas poblaciones y problemas. Un sistema carcelario y su contenedor legal estirados hasta sus límites. Algo tenía que ceder.

Castigos Romanos

Fraus es generalmente una ofensa, Noxa; y Poena es el castigo de una ofensa, Noxae vindicta. Poena es el nombre general de cualquier castigo de cualquier delito: Multa es la pena de un delito particular, que ahora (en la época de Ulpiano) es pecuniaria. Ulpiano dice que en su tiempo porque por la Ley de las Doce Tablas, la Multa era pecuaria. Carnifex era el verdugo público de Roma, que daba muerte a los esclavos y a los extranjeros, pero no a los ciudadanos, que eran castigados de forma diferente a los esclavos. También le correspondía administrar la tortura. Este oficio se consideraba tan vergonzoso, que no se le permitía residir dentro de la ciudad, pero vivía fuera de la Porta Metia o Esquilina, cerca del lugar destinado al castigo de los esclavos. Crux era un instrumento de castigo capital, utilizado por varias naciones antiguas, especialmente los romanos y los cartagineses. En el período imperial posterior, exsilium era un término general utilizado para expresar un castigo, del que había varias especies. Paulus (Dig. 48 tit. 1 s2), al hablar de los judicia publica, que son capitalia, los define por el castigo consiguiente, que es la muerte, o exsilium. Cuando existían relaciones isopolíticas entre Roma y otro estado, el exsilium podía ser el privilegio de un infractor. Cicerón podría decir entonces que el exsilium no era un castigo, sino un modo de evadir el castigo (Pro Caecina); y esto es bastante consistente con que el interdicto sea un castigo, y tenga por objeto el exsilium. El patibulum era también un instrumento de castigo parecido a la furca. El castigo de la muerte por la muerte era el talio; pero no se dice que los cognati pudieran infligir la muerte por la muerte. El talio, como castigo, formaba parte de la ley mosaica: “infracción por infracción, ojo por ojo, diente por diente: según haya causado una mancha en un hombre, así se hará con él de nuevo”.

Teoría de la Pena

Este texto introducirá y discutirá las dinámicas cambiantes de teoría de la pena, con el objetivo de examinar su desarrollo actual y su evolución histórica. La teorización de los fenómenos de la justicia penal no debe verse como un esfuerzo destinado exclusivamente al cambio práctico. Numerosos especialistas en la materia consideran que el estudio de la reacción de la sociedad ante la delincuencia es intelectualmente estimulante en sí mismo, del mismo modo que un biólogo estudia el reino animal o un astrónomo el sistema solar . El estudio de los seres humanos y las organizaciones que intentan controlar el mal (y a veces cometen el mal mientras intentan controlarlo) arroja interesantes conocimientos sobre la naturaleza de la sociedad, el panorama político y las tendencias culturales de vanguardia. En resumen, la forma en que reaccionamos ante la delincuencia nos dice mucho sobre nosotros mismos y sobre el rumbo de nuestra sociedad. Las teorías son depósitos para el pensamiento sustantivo; filtros imposibles de evitar para pensar en la historia y en las principales cuestiones y tendencias contemporáneas; el material fundacional a través del cual se desarrollan soluciones innovadoras a los problemas; y el telón de fondo de toda la investigación en el campo, ya sea basada en políticas, descriptiva o teórica. Numerosos académicos contemporáneos están empezando a estudiar la justicia penal utilizando concepciones más modernas de la teoría de sistemas, el construccionismo social, la teoría foucaultiana, la teoría feminista y el modernismo tardío. Parece que ha llegado el momento de que los estudiosos de este campo empiecen a dar más valor al desarrollo de una infraestructura teórica sobre la justicia penal. La teoría de la justicia penal debería convertirse en una presencia normalizada en los programas de grado de justicia penal y criminología, en sus libros de texto y en su formación doctoral. Está en juego nada menos que nuestra integridad disciplinaria.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.