El Derecho Financiero Internacional es más probable que caiga bajo la rúbrica del derecho internacional público, dado que se ocupa de las relaciones económicas internacionales entre los estados. A primera vista, el enfoque deliberativo parece reducir el contenido sustantivo de las normas legales nacionales e internacionales sobre finanzas públicas y su capacidad para guiar el comportamiento de sus destinatarios o resolver disputas. Pero a segunda vista, uno podría tener que admitir que la capacidad de esas disposiciones para restringir el comportamiento, o para contribuir a la solución de controversias, ha sido bastante marginal. Tan paradójicamente como suena, un enfoque más deliberativo podría dar más fuerza a las disposiciones legales internacionales sobre finanzas públicas en tres aspectos diferentes: primero, le daría a la ley un papel efectivo en las disputas sobre política económica. La ley tiene la capacidad de estructurar las deliberaciones y establecer el rango de argumentos admisibles. Esto es lo que se ha llamado la «cultura del formalismo» establecida por el discurso legal, aunque su escepticismo sobre la capacidad del derecho internacional para restringir el comportamiento es mucho más fundamental y de mayor alcance que las dudas que planteé aquí con respecto a Reglas en la encrucijada de las finanzas públicas y la ley. Segundo, la investigación en economía del comportamiento enfatiza el valor de los modos deliberativos de toma de decisiones. En tercer lugar, según las teorías deliberativas de la democracia, este enfoque mejoraría la legitimidad de las decisiones posteriores al proporcionar una plataforma para el debate sobre políticas divergentes, teorías económicas y, si es necesario, visiones del mundo. Esto podría aumentar la aceptación de las decisiones reales por parte de sus destinatarios.