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Mercancías Peligrosas

Las mercancías peligrosas están sujetas a las normas de transporte, lugar de trabajo, almacenamiento, protección del consumidor y del medio ambiente, para evitar accidentes a las personas, a la propiedad o al medio ambiente, a otras mercancías o a los medios de transporte empleados. A fin de garantizar la coherencia entre todos estos sistemas de reglamentación, las Naciones Unidas han elaborado mecanismos para armonizar los criterios de clasificación de peligros y los instrumentos de comunicación, así como las condiciones de transporte para todos los modos de transporte.

Interacción entre Insolvencia y Derecho Marítimo

La legislación relativa a la insolvencia transfronteriza se basa en gran medida en el concepto de universalismo, que exige que todos los créditos contra el deudor insolvente sean reunidos en un solo país, por lo general el del establecimiento principal del deudor. Los bienes del deudor insolvente que se encuentren en otros países se incluirán en el procedimiento de insolvencia, de modo que la gestión de los créditos y de los bienes pueda llevarse a cabo bajo el control del tribunal en el que se haya abierto el procedimiento de insolvencia. En marcado contraste, el derecho de almirantazgo ha protegido durante siglos los intereses de los reclamantes permitiéndoles embargar bienes marítimos, como buques, mediante procesos judiciales, a fin de satisfacer sus reclamaciones con cargo a los bienes embargados, incluso si (de hecho, especialmente si) el propietario de esos bienes ha iniciado un procedimiento de insolvencia en otro país. A primera vista, los imperativos subyacentes de estos dos cuerpos de leyes parecen irreconciliables. Algunos autores, sin embargo, proponen una vía intermedia, según la cual ni el país en el que se ha abierto el procedimiento de insolvencia ni el país en el que el procedimiento de almirantazgo ha dado lugar a la incautación de bienes marítimos deberían estar obligados a conceder incondicionalmente prioridad a los procedimientos judiciales pendientes en el otro país. La vía intermedia es la de la cortesía recíproca, tanto entre los países en los que están pendientes los procedimientos paralelos como entre los dos cuerpos de la ley de insolvencia y la ley de almirantazgo.

Resumen del Derecho del Mar

Resumen del Derecho del Mar Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] La parte del derecho internacional público que se ocupa de cuestiones marítimas. El término ley del mar parece similar al término ley marítima, pero tiene un significado significativamente diferente. … Leer más

Colaboradores del Empresario de la Navegación

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Uso de la Fuerza en el Mar

Los principios Saiga y el Uso de la Fuerza Marítima Nota: la Convención sobre el derecho del mar (véase) en sí misma no se ocupa mucho del uso de la fuerza. El uso más común de la fuerza en el mar se encuentra en el contexto de la reglamentación y la observancia nacionales. Como la […]

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