Legislación Carolingia
Los monarcas carolingios promulgaban leyes de forma muy activa, lo que, en cierto modo, aproximaba la legislación moderna. Redactados por comisiones que deliberaban en presencia del rey, estos textos (las capitulares) se sometían como borradores a la Dieta anual o a una asamblea más reducida para su aprobación. Sobre todo a partir de 843, la aprobación de la Dieta se transformó en un acuerdo que los nobles daban al rey en la medida en que éste se había comprometido con ellos: la autoridad real adquiría así un carácter cada vez más condicional. La publicación de los capitularios en el Imperio o en el reino era en principio responsabilidad de los missi, y a menudo también de obispos y condes. La negligencia de la administración carolingia y el hecho de que algunos de estos textos cayeran poco a poco en desuso explican que se hayan perdido muchos capitularios. Los que se han conservado han llegado hasta nosotros a través de colecciones. Tres, que datan del siglo IX, fueron recopilados respectivamente por el obispo Gerbaud de Lieja (806-809), por el abad de Saint-Wandrille Ansegise hacia 827 y, sobre todo, por Benito el Levita entre 847 y 852.