Derecho a la Propiedad
El derecho europeo a la propiedad debe ser respetado no sólo por las instituciones comunitarias, sino también por los Estados miembros “cuando aplican las normas comunitarias” (asunto 5/99 Wachauf, Rec. 1989, 2609, apartado 19). El derecho a la propiedad fue reconocido explícitamente por primera vez como uno de los derechos fundamentales de la Comunidad en la sentencia Hauer del TJCE de 1979, en la que el Tribunal citó el artículo 1 del Primer Protocolo del CEDH. El TJCE también adoptó la distinción entre expropiaciones y restricciones al uso de la propiedad contenida en dicho artículo y la aplicó al reglamento en cuestión, a saber, una restricción a la replantación de viñedos.