Marca Comunitaria
Las marcas son derechos de propiedad intelectual (PIL). Conceden a su titular el derecho exclusivo a utilizar la marca para identificar los productos o servicios protegidos por ella. En un sistema económico basado en la libre competencia, la función de las marcas es garantizar que la competencia no esté falseada. Hasta la creación de la marca comunitaria, las marcas eran derechos exclusivamente nacionales. Tenían que adquirir protección de país a país, y el principio de territorialidad, que se aplica a todos los derechos de propiedad intelectual, significaba que sólo estaban protegidos de país a país. Como derechos de propiedad industrial y comercial en el sentido del art. 36 TFUE/30 CE, el hecho de que su protección se limite a los territorios de los Estados miembros significa que pueden convertirse en un obstáculo para la libre circulación de bienes y servicios.