Concentración del Capital

El texto, además de hacer un recorrido histórico, explica que la concentración y la centralización del capital son resultados naturales del modo de producción capitalista, impulsados por la necesidad del capital de expandirse y acumularse. El autor también analiza los riesgos asociados a las instituciones demasiado grandes para quebrar, incluidos el riesgo moral, la concentración del poder económico y las implicaciones sistémicas. Se sugiere varias soluciones para hacer frente a estos riesgos, entre ellas la disolución de los bancos, la reducción de la asunción de riesgos mediante la regulación, impuestos bancarios que aumenten para las instituciones más grandes y una mayor supervisión. En conjunto, se ofrece una visión completa de las leyes de concentración y centralización del capital y sus implicaciones para el sistema financiero y la sociedad. Se contestan a cuestiones como: ¿Cuál es el modelo marxiano básico en el modo de producción capitalista? ¿Cómo afecta la concentración y centralización del capital a la competencia en el mercado? ¿Puede dar ejemplos de la concentración y centralización del capital en el mundo moderno, especialmente en EE.UU.? ¿Cuáles son las implicaciones y repercusiones de la concentración y centralización del capital en el mundo moderno del capitalismo? ¿Qué es el argumento “Demasiado grande para quebrar” y cómo se relaciona con la concentración y centralización del capital financiero? ¿Cuáles son algunas de las soluciones propuestas a la cuestión de “demasiado grande para quebrar”?
– ¿Puede contrarrestarse alguna vez la centralización mediante la descentralización y, en caso afirmativo, cómo? ¿Cuáles son algunas situaciones especiales en las que se han esgrimido argumentos a favor del monopolio?

Teoría de la Competencia

Teoría de la competencia Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre el “Teoría de la Competencia”. Visualización Jerárquica de Teoría de la Competencia Economía > Teorías económicas > Teoría de la competencia > Competividad Economía > Teorías económicas > Teoría de la competencia > … Leer más

Regulación del Transporte

Regulación del Transporte Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la regulación del transporte. Introducción: Intermodal Transportation La regulación del transporte es compartida por todos los niveles de gobierno (federal, provincial y municipal) y se aplica a las tarifas, las condiciones y tipos de … Leer más

Pacto de No Competencia

Un pacto o acuerdo de no competencia se aplica entre empresas o en relación a los empleados. En este segundo caso, obliga legalmente a un empleado actual o anterior a no competir con un empleador durante un tiempo específico tras el cese del empleo. En virtud de un acuerdo de este tipo, el empleado no debe revelar ningún secreto comercial aprendido durante su empleo. Estos contratos establecen durante cuánto tiempo el empleado debe abstenerse de trabajar con un competidor, en una ubicación geográfica o en un mercado específico. Algunos países o estados, como California, se niegan a aplicar los acuerdos de no competencia. Los acuerdos de no competencia pueden impedir que los trabajadores consigan un empleo en su campo si abandonan un puesto.

Glosario de Derecho de la Competencia

Derecho de la competencia en general De acuerdo con sus principios, el protagonismo de la actividad económica lo tienen los particulares que, con su libre iniciativa, aportan siempre la máxima satisfacción a los problemas económicos. Mientras que en la economía impera el mercado, en éste […]

Derecho de la Competencia

Derecho de la competencia en general De acuerdo con sus principios, el protagonismo de la actividad económica lo tienen los particulares que, con su libre iniciativa, aportan siempre la máxima satisfacción a los problemas económicos. Mientras que en la economía impera el mercado, en éste […]

Cárteles

Cárteles en economía En inglés: Cartels in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Cárteles en economía. Introducción a: Cártelesen este contexto Los cárteles son asociaciones de empresas que restringen la producción o fijan los precios (véase también acerca de la teoría de […]

Ejecución del Derecho de la Competencia

Existe un acuerdo generalizado con respecto a la creciente importancia de la defensa de la competencia, que se ha consolidado como uno de los elementos principales de la política económica en la actualidad. Dentro de las políticas de oferta, la defensa de la competencia complementa a otras […]

Monopolios

Un monopolio se produce cuando un bien es producido o distribuido por una sola entidad económica, generalmente un gobierno o una empresa. Esta entidad se llama monopolista o, más coloquialmente, monopolio. La palabra monopolio proviene del griego monopolion, que significa un solo vendedor. […]

Precios Excesivos

La fijación de precios excesivos se refiere a los precios fijados significativamente por encima de los niveles competitivos como resultado de un monopolio o poder de mercado. Sin embargo, en la práctica, en ausencia de una conspiración o de un acuerdo de fijación de precios o de pruebas de poder de mercado derivadas de una elevada concentración, es muy difícil establecer un umbral a partir del cual un precio pueda considerarse excesivo o irrazonable. La fijación de precios excesivos no se reconoce como una violación de la legislación antimonopolio en todas las jurisdicciones. Según la jurisprudencia estadounidense, por ejemplo, un precio excesivo no se considera una infracción. Estas sentencias se basan principalmente en tres motivos. El primero es la noción de que los precios excesivos se autocorrigen, ya que supuestamente atraen la entrada de nuevos competidores. El segundo motivo para la no intervención es que los precios excesivos son necesarios para promover la inversión a favor del consumidor, y el tercero es que es demasiado difícil evaluar si un precio era excesivo. Existe una controversia en la literatura académica sobre la justificación de estos tres motivos de no intervención. Una parte de la literatura está de acuerdo con estas tres consideraciones y aboga por un enfoque general de no intervención, incluso en las jurisdicciones en las que la legislación antimonopolio incluye la prohibición. Otra vertiente de la literatura cuestiona estos motivos para la no intervención y pide la aplicación ordinaria de la prohibición caso por caso.

Cártel

Una asociación de empresas independientes de la misma rama de la industria o de ramas afines, constituida con el fin de regular la producción o las ventas mediante la asignación de materias primas, la división de los mercados, la asignación de cuotas de ventas o la fijación de precios. Acuerdo, en fin, entre empresas del mismo sector, o países, formal o informal, cuyo fin es reducir o eliminar la competencia en un determinado sector económico. Los cárteles tienen una tendencia monopolística: restringen, pero no abolen, la libre competencia. Los miembros de un cartel conservan su identidad e independencia financiera. Los cárteles son característicos de los períodos de concentración industrial. Otra forma de asociación, que consiste en empresas que pertenecen a diferentes ramas de la industria e incluso a instituciones financieras, es frecuente hoy en día. Estas empresas integradas comparten la planificación (véase más en esta plataforma general) y la gestión; por lo tanto, sacrifican parte de su autonomía anterior. Las combinaciones de empresas financieras e industriales conocidas como consorcios se organizan para fines específicos. Los famosos “trusts” de los años 80 y 90, que están bajo una misma dirección, son la forma más integrada de asociación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Oligopolio

Este texto se ocupa del oligopolio, como estructura o forma de mercado en donde existen pocos vendedores de un producto que puede ser idéntico o con mínimas diferencias, pero donde cada uno tiene gran influencia sobre el precio. Los oligopolios se caracterizan por la interdependencia de los precios, ya que las empresas competidoras responden necesariamente a las variaciones de precios de sus rivales. En algunos casos, la fijación de precios interdependientes adopta la forma de liderazgo de precios. En esta estrategia legal de fijación de precios, un oligopolista suele subir el precio de un producto, esperando que sus rivales sigan su ejemplo. En otros casos, los oligopolistas reducen sus precios, lo que puede llevar a una guerra de precios. Una guerra de precios es una espiral de precios a la baja, en la que cada empresa rebaja el precio de su rival para mantener una determinada cuota de mercado. Las guerras de precios, por ejemplo, se han producido en la industria aérea europea y estadounidense. Estas guerras de precios han ofrecido beneficios temporales a los viajeros, pero han perjudicado los beneficios de las aerolíneas.

Derecho de la Competencia en Europa

Este texto se ocupa, además de las legislaciones nacionales europeas en este ámbito, de las normas de competencia de la Unión Europea (‘UE’). Las normas de competencia de la UE están contenidas principalmente en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (‘TFUE’) y en la legislación adoptada de conformidad con los artículos del TFUE. El Tribunal de Justicia ha declarado que las normas de la UE en materia de competencia son «disposiciones fundamentales» que son esenciales para el cumplimiento de las tareas encomendadas a la UE y, en particular, para el funcionamiento del mercado interior. La competencia es la situación en la que se encuentra una persona o empresa en relación con otra u otras cuando, obteniendo un beneficio, puede competir con ellas ofreciendo un servicio o producto al menos equivalente por el mismo precio. Otra definición pudiera hacer referencia a que el estado de dependencia económica se define como la imposibilidad para una empresa de tener una solución técnica y económicamente equivalente a las relaciones contractuales que ha establecido con otra empresa.

Dumping

El dumping es la exportación de productos con un valor inferior al “valor normal”, que a menudo se define como el precio al que se venden esos productos en el mercado interior. Desde su creación, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) ha autorizado a los signatarios a aplicar derechos para compensar el dumping cuando éste cause, o amenace con causar, un daño importante a una industria en el territorio de un miembro de la OMC. La legislación antidumping nacional data de mucho antes del GATT. Por ejemplo, los Estados Unidos aprobaron sus primeras leyes antidumping en 1921.

A pesar de su longevidad, las medidas antidumping suelen ser objeto de duras críticas, especialmente por parte de los economistas académicos. De hecho, algunos observadores abogan por su completa eliminación, planteando la cuestión de si el dumping en sí mismo es un problema lo suficientemente grave como para justificar el mantenimiento del régimen antidumping previsto en el GATT. Este texto señala que las medidas antidumping, como cualquier régimen regulatorio complejo, pueden dar lugar a resultados anómalos o indeseables en algunos casos, pero argumenta que el dumping en sí mismo sigue siendo un “problema en el comercio internacional”, tal como lo describió Jacob Viner en su estudio seminal de 1923 sobre el tema. Como tal, el dumping requiere una regulación continua, especialmente para los países con mercados nacionales relativamente abiertos.

Monopolio Bilateral

Monopolio Bilateral en el Ámbito Económico-Empresarial En el Contexto de: Monopolios, Derecho de la Competencia Véase una definición de monopolio bilateral en el diccionario y también más información relativa a monopolio bilateral. [rtbs name=”monopolios”]

Monopolio de Oferta

Este texto se ocupa del monopolio de oferta, que es más frecuente que el monopolio de demanda. El monopolio es un tipo de estructura de mercado en la que una empresa es la única productora de un bien o servicio en una industria. En otras palabras, la empresa es la industria. La entrada y la salida de los monopolios es muy difícil debido a las altas barreras de entrada, como los altos costes de capital, la tecnología patentada o el acceso exclusivo a un recurso natural esencial. Los monopolios tienen el mayor índice de concentración porque toda o casi toda la producción de la industria es producida por una sola empresa. Al no haber competidores significativos, la producción del monopolista se considera única. En la práctica, esto significa que no hay bienes sustitutivos cercanos que los consumidores puedan comprar. Para limitar el poder de mercado del monopolista, el gobierno suele regular aspectos de la oferta como el precio, la calidad o la disponibilidad del producto.

Competencia

En derecho, además del significado sobre jurisdicción, la competencia se refiere a la capacidad mental de una persona para participar en procedimientos o transacciones legales, y la condición mental que una persona debe tener para ser responsable de sus decisiones o actos. La competencia es un atributo que es decisión específica. Dependiendo de los diversos factores que típicamente giran en torno a la integridad de la función mental, un individuo puede o no ser competente para tomar una decisión médica particular, un acuerdo contractual particular, para ejecutar una escritura (su redacción) efectiva de propiedad real o para ejecutar un testamento con ciertos términos. Dependiendo del estado, un tutor o tutor puede ser designado por un tribunal para una persona que satisface las pruebas estatales de incompetencia general, y el tutor o curador ejerce los derechos del incompetente para el incompetente. Los acusados ​​que no poseen suficiente “competencia” generalmente son excluidos de la persecución penal, mientras que los testigos que no tienen la competencia requerida no pueden declarar. El equivalente en derecho inglés es “fitness to plead.”

Regulación Industrial

La regulación es inevitablemente lenta. Debe cumplir con los requisitos del debido proceso: investigar, notificar, celebrar audiencias, estudiar el expediente, hacer conclusiones, emitir órdenes, permitir apelaciones. Todo esto lleva tiempo y retrasa la acción. En algunos casos, la demora puede ser perjudicial, como cuando permite que los beneficios aumenten muy por encima o caigan muy por debajo del rendimiento necesario para atraer nuevos capitales. En otros casos, puede ser útil, como cuando frena una espiral inflacionista de salarios y precios. Pero en este caso, el mérito de la regulación industrial no reside en su eficacia, sino en su ineficacia.

Los organismos reguladores tienden a orientarse hacia la industria, tratando de proteger a la industria regulada contra las tasas bajas y el deterioro de las ganancias. Esta orientación hace, también, que la regulación se vuelva una mentalidad. Cuando la eficacia de los controles del regulador se ve debilitada por la libertad de las empresas más allá de su jurisdicción, busca una jurisdicción más amplia. Cuando la aplicabilidad de sus controles se ve reducida por las circunstancias cambiantes, busca controles más estrictos. Así, en el sector del transporte, donde el monopolio ha dado paso a la competencia, el objetivo original de la regulación industrial podría haberse cumplido mejor si se hubiera reducido la jurisdicción o se hubieran relajado los controles. Pero la política, a lo largo de los años, ha favorecido la ampliación de la cobertura y la elaboración de detalles. En algunos países, la mejor evidencia de captura no se encuentra en el sistema formal de regulación de las comunicaciones, sino en el esquema auto-regulado operado por la prensa.

Google

El rápido crecimiento de Google desde su constitución ha culminado con una serie de otros productos, adquisiciones y asociaciones que van más allá de su núcleo inicial como motor de búsqueda. La empresa ofrece software de productividad en línea, como el programa de correo electrónico Gmail, y herramientas de redes sociales, como el fallido Google+ y los descatalogados Google Buzz y Orkut. Los productos de Google se extienden al escritorio, con aplicaciones como el navegador Google Chrome, el programa de organización de edición de fotos Picasa y la aplicación de mensajería instantánea Google Talk. Cabe destacar que Google también lidera el desarrollo del sistema operativo móvil para smartphones Android, utilizado en teléfonos de marcas como Samsung, Motorola, LG, HTC, Huawei y Xiaomi. Google+ nunca llegó a suplantar a Facebook, y el servicio dejó de funcionar en 2019. Ha estado Google envuelta en importantes controversias, como los casos de asedio sexual, las acusaciones de monopolio y su presunta evasión de impuestos.

Instrumentos Internacionales Aplicables en la Cooperación Procesal Internacional

Durante los años posteriores a la Segunda Guerra Mundial, la cooperación internacional para responder a la delincuencia transnacional se ha ampliado y profundizado. Los instrumentos internacionales han proporcionado los principales bloques de construcción para este desarrollo. El ritmo de desarrollo se ha acelerado claramente durante la década de 1990 y el comienzo del nuevo milenio. La “Convención sobre las Drogas” de 1988 y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional de 2000 son claros indicios de que los instrumentos multilaterales están adquiriendo una importancia creciente. No cabe duda de que se redactarán más instrumentos de este tipo de aplicación mundial. Al mismo tiempo, sin embargo, los Estados seguirán celebrando acuerdos bilaterales con aquellos Estados con los que comparten preocupaciones e intereses particulares. En octubre de 1999, la Unión Europea acordó la importancia del reconocimiento mutuo de decisiones y sentencias, que, en su opinión, “debería convertirse en la piedra angular de la cooperación judicial en materia civil y penal dentro de la Unión”. El argumento era que, ya hoy, los Estados miembros de la Unión Europea comparten valores y principios jurídicos fundamentales.