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Características de la Filosofía Política

humanidad y civilización

Este texto se ocupa de las características de la filosofía política. Una de ellas es la abstracción de su generalidad. Rawls ha sostenido que la abstracción es una forma de continuar el debate público cuando se han roto los entendimientos compartidos de las generalidades menores. Cuanto más profundo sea el conflicto, ha argumentado, mayor será el nivel de abstracción necesario para obtener una visión clara de las raíces del conflicto. La abstracción puede ser conceptualmente más difícil de comprender, pero también es un útil dispositivo de modelización que ofrece simplificación, expone los problemas de forma descarnada y concisa y es susceptible de la universalización a la que aspiran tantos filósofos. Este tipo de enfoques constructivistas se corresponden con las teorías políticas, especialmente la teoría del contrato social, en la que el Estado es un edificio artificial y, por tanto, la moralidad, la legitimidad o la autoridad pueden someterse a experimentos de pensamiento. Por el contrario, filósofos sociales como Marx y Engels han criticado la filosofía abstracta. Contrastando su enfoque con el de la filosofía alemana, escribieron que no parten de lo que los hombres dicen, imaginan, conciben, “ni de los hombres tal como son narrados, pensados, imaginados, concebidos… Partimos de los hombres reales, activos, y sobre la base de sus procesos vitales reales demostramos el desarrollo de los reflejos y ecos ideológicos de este proceso vital.”

Filosofía de la Raza

Este texto se ocupa de las características de la filosofía de la raza. Durante muchas décadas, la raza y el racismo han sido áreas de estudio habituales en los departamentos de sociología, historia, ciencias políticas, inglés y antropología. Mucho más recientemente, a medida que el concepto histórico de raza y las categorías raciales se han enfrentado a importantes retos científicos y políticos, los filósofos se han interesado más por estas áreas. Esta comprensión cambiante de la ontología de la raza ha invitado a indagar a investigadores en filosofía moral, metafísica, epistemología, filosofía de la ciencia, filosofía del lenguaje y estética.

Este texto sintetiza la comprensión filosófica actual de la raza, proporcionando referencias y contenio sobre la historia de la filosofía y la raza, así como sobre el modo en que la raza podría investigarse en los marcos habituales de la filosofía contemporánea. Las referencias incluyen enfoques filosóficos de algunos temas con amplio interés fuera de la filosofía, como el colonialismo, la discriminación positiva, la eugenesia, la inmigración, la raza y la discapacidad, y el post-racialismo.

Relacion Mente-Cuerpo en Filosofia

Este texto se ocupa del concepto de relacion mente-cuerpo en filosofia. El concepto o la concepción de Descartes sobre la relación entre la mente y el cuerpo era bastante diferente de la que sostenía la tradición aristotélica. Para Aristóteles, no existe una ciencia exacta de la materia. El comportamiento de la materia se ve afectado esencialmente por la forma que tiene. No se puede combinar cualquier materia con cualquier forma -no se puede hacer un cuchillo de mantequilla, ni un ser humano de papel- por lo que la naturaleza de la materia es una condición necesaria para la naturaleza de la sustancia. Pero la naturaleza de la sustancia no se desprende únicamente de la naturaleza de su materia: no existe un relato “ascendente” de las sustancias. La materia es un determinable hecho por la forma. Así fue como Aristóteles pensó que podía explicar la conexión del alma con el cuerpo: un alma particular existe como principio organizador en una parcela particular de la materia.

Argumento

Los argumentos son la base de la comunicación persuasiva. Son combinaciones de afirmaciones que pretenden hacer cambiar de opinión a otras personas. En el lenguaje de la lógica, la definición de argumento se amplía para expresar o incorporar un razonamiento o una declaración, razón o hecho a favor o en contra de un punto, tesis o idea. En otras palabras, un argumento es el eje central, el razonamiento construido para apoyar una posición sobre una idea. Un grupo de proposiciones constituye un argumento sólo si algunas se ofrecen como razones para una de ellas. Dos enfoques para identificar las características definitivas de los argumentos son el estructural y el pragmático. Un uso típico de un argumento es persuadir racionalmente a su audiencia de la verdad de la conclusión. Para ser eficaz en la realización de este objetivo, el razonador debe pensar que existe un potencial real en el contexto relevante para que su audiencia sea persuadida racionalmente de la conclusión por medio de las premisas ofrecidas. Lo que esto presupone exactamente sobre el público depende de lo que sea el argumento y del contexto en el que se dé. Un argumento puede clasificarse como deductivo, inductivo o conductivo. Su clasificación en una de estas categorías es un requisito previo para su correcta evaluación.

Razonamientos en la Sentencia Judicial

Este texto se ocupa de los razonamientos en la sentencia judicial, en concreto de los razonamientos incluidos en una sentencia judicial y que constituyen la motivación de la decisión contenida en el fallo de la sentencia. Los críticos reconocen que la forma del argumento jurídico y el razonamiento judicial refleja ciertas limitaciones, y que la forma es poco más que una máscara conveniente de lo que realmente impulsa la toma de decisiones judiciales, a saber, las opiniones morales y políticas personales del juez. La obligación de dar razones es más que una formalidad legal. La opinión popular es cada vez más escéptica con respecto a los que tienen y ejercen la autoridad. La cultura de la transparencia exige justificación a todos los que ejercen el poder en las sociedades democráticas modernas. El poder judicial no puede escapar al tipo de escrutinio al que están expuestos otros funcionarios públicos. El público quiere saber qué valores, opiniones y actitudes aportan los jueces a la tarea de decidir los casos. Esto está estrechamente relacionado con la erosión de la confianza en el ideal legalista de la objetividad del derecho.

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