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Abuso en el Hogar

Interior

Abuso en el Hogar Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre. Véase también acerca del maltrato doméstico. [aioseo_breadcrumbs] Abuso en el Hogar La definición del maltrato doméstico Este texto trata de las respuestas legales a una variedad de formas de comportamiento personal … Leer más

Maltrato Doméstico

Interior

A pesar de la definición cada vez más amplia de la violencia y el maltrato domésticos utilizada por el gobierno, en el imaginario popular la violencia y el maltrato domésticos suelen evocar una historia pública particular centrada en la experiencia heterosexual y que hace hincapié en la violencia física, con implicaciones para la identificación y el reconocimiento de la violencia y el maltrato domésticos en las relaciones entre personas del mismo sexo tanto por parte de las víctimas/supervivientes como de los profesionales. Se explora dos enfoques principales para entender la violencia y el abuso domésticos y su aplicación a la violencia y el abuso domésticos heterosexuales: El primero se basa en la noción feminista de poder y control, contemplada a través de las lentes de la posicionalidad, centrándose especialmente en el género, la sexualidad y la edad. El segundo se basa en el trabajo sobre la intimidad e implica las prácticas del amor, que proporcionan medios para construir activamente el poder sobre las parejas íntimas y su control. Las investigaciones anteriores sobre la violencia doméstica y el maltrato se centraron principalmente en las relaciones heterosexuales.

Ciudad Libre de Danzig Contra Polonia

Se trata del caso sobre el acceso o anclaje en el puerto de Danzig de los buques de guerra polacos, que fue objeto del Dictamen (1931) P.C.I.J., Ser. A/B, nº 43. El 19 de septiembre de 1931, el Consejo de la Sociedad de Naciones solicitó al P.C.I.J. una opinión consultiva sobre si el Tratado Danzig-Polonia, contenido en la Parte III, Secc. X del Tratado de Versalles (225 Serie de Tratados Consolidados (1648-1919) 188), daba derecho a los buques de guerra polacos a acceder o fondear en el puerto y las vías navegables de Danzig. El 11 de diciembre de 1931, el Tribunal opinó (11 a 3) que el Tratado Danzig-Polonia no había conferido tales derechos, ni tampoco las decisiones pertinentes del Consejo de la Liga o del Alto Comisionado.

Aplicación del Acuerdo Provisional de 13 de Septiembre de 1995, Macedonia Contra Grecia

Aplicación del Acuerdo Provisional de 13 de Septiembre de 1995, Macedonia v Grecia Sentencia, CIJ GL No 142, [2011] CIJ Rep 644, ICGJ 433 (CIJ 2011), 5 de diciembre de 2011, Corte Internacional de Justicia Detalles: Jurisdicción: Corte Internacional de Justicia [CIJ] Fecha: 05 de diciembre de […]

Bengalì

Arbitraje de Límites Marítimos de la Bahía de Bengala Entre Bangladesh y la India, Bangladesh v India Fallo final, ICGJ 479 (PCA 2014), 7 de julio de 2014, Tribunal Permanente de Arbitraje Detalles: Jurisdicción: Tribunal Permanente de Arbitraje [PCA] Fecha: 07 de julio de 2014 Citación: Fallo […]

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