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Depósito

Este texto se ocupa del depósito. Aquí se examina su objeto y finalidad, el “Depositum” según el derecho romano, las estructuras reguladoras de los sistemas jurídicos modernos (los elementos básicos del contrato de depósito, las obligaciones del depositario, las obligaciones del depositante y el depósito irregular), y los proyectos de ley uniforme sobre el depósito. En el caso de los depósitos bancarios se constituye por dinero y/o cheques, instrumentos de ahorro, cupones, efectos comerciales, pagarés, etc., que pueden ser transformados.

Garantía de Depósito

Depósito en Garantía es el constituido con el fin de respaldar el buen fin de una operación de riesgo. El depósito en garantía recibe el nombre de escrow en algunos países anglosajones. En el mercado de futuros es requisito imprescindible. El seguro de depósitos tiene implicaciones transfronterizas por su impacto en las crisis bancarias que potencialmente se extienden a otras naciones. En la mayoría de los países, la estructura reguladora de los bancos tiene un alcance mucho mayor que la regulación de las empresas no financieras y de las instituciones financieras no bancarias. Los argumentos a favor de la regulación se basan en las características especiales de los bancos y en los fallos de mercado que se perciben en la banca.

Depósito Bancario

Entrega de dinero u otros títulos a un banco o institución financiera para que los custodie durante un determinado período de tiempo, al término del cual deben ser reembolsados junto con un interés, en su caso. Algunas Voces relacionadas con Depósito Bancario en la Enciclopedia del Derecho […]

Depósito a la Vista

Introducción: Depósito a la Vista Concepto de Depósito a la Vista en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines: Aquél en que los bienes depositados pueden ser solicitados por el depositante en cualquier momento. Dinero que se deposita en cuenta corriente, por ejemplo, […]

Depósito Bancario de Uso

Introducción: Certificados de Depósito Bancario Concepto de Certificados de Depósito Bancario en el ámbito de la contabilidad, el derecho financiero y otros afines: Títulos de crédito que amparan los depósitos a plazo (véase más en esta plataforma general) con interés a cargo de los bancos de depósito. Constituyen títulos […]

Depósito en Escrow

Es un depósito que garantiza un acuerdo o un contrato entre dos partes que, para mayor seguridad, se efectúa acerca de una tercera parte que goza de la confianza de ambos contratante. Al hacer el depósito, las partes imparten, de común acuerdo, instrucciones precisas al depositario respecto […]

Depósito Salvo Buen Cobro

Depósito en cheques que realiza un cliente para abonarse a una cuenta establecida, cuyo monto se acredita una vez que los documentos se cobran; a éstos se les denomina cheques salvo buen cobro o cheques al cobro. Algunas Voces relacionadas con Depósito Salvo Buen Cobro en la Enciclopedia del […]

Moneda

economía y beneficios

La moneda, como concepto jurídico, debe distinguirse de la noción de dinero. Desde un punto de vista económico, el dinero es un medio de cambio, una unidad de cuenta y una medida de valor. Por el contrario, la moneda es un concepto legal: una unidad monetaria específica de un sistema monetario dentro de un estado o zona monetaria. La moneda es la columna vertebral de un sistema monetario, que es a su vez el fundamento de un orden económico. La moneda es un concepto muy amplio que se relaciona con muchos ámbitos jurídicos diferentes, de ahí que la elaboración de una definición general sea todo un reto. El enfoque más sencillo consiste en analizar las funciones que asume el concepto de moneda. En el contexto de las relaciones jurídicas, la moneda tiene una función tanto abstracta como real. La moneda de cuenta (Rechnungswährung, monnaie de compte) determina el valor de la obligación monetaria. Cumple la función abstracta del dinero. La moneda de cuenta corresponde también a la “noción institucional de dinero”.

Derecho de los Mercados Financieros

actividad económica, bancos y dinero

Las bolsas (de valores, especialmente) son mercados en los que se negocian artículos negociables con un alto grado de estandarización. Al organizar la negociación, las bolsas ponen en contacto la oferta y la demanda con bajos costes de transacción. Lo más destacado es la negociación de acciones y bonos emitidos por sociedades anónimas, pero hay muchos otros artículos que se negocian en las bolsas (el ejemplo más reciente son los permisos de emisión). Estrechamente relacionada con el establecimiento del mercado está su regulación. La normalización requiere normas que regulen el proceso de negociación, los artículos que se admiten a negociación y las personas que están autorizadas a negociar. Además, las bolsas tienen otras dos funciones: difundir información sobre los artículos negociados y, mediante el establecimiento de normas mínimas, mejorar su calidad (especialmente de las acciones y los bonos: gobierno corporativo).