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Desregulación

Esta entrada se ocupa de la Desregulación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La Desregulación es una estrategia para eliminar la excesiva normatividad o dar flexibilidad a procesos que atañen a todos los sectores de la economía como normas, requerimientos de calidad, y ciertas reglas operativas. La desregulación y otros factores, a principios del siglo XXI, permitieron y alentaron a las instituciones financieras a integrarse más, tanto dentro de sus propias industrias (financieras), como la banca y los seguros, como entre estas industrias. La desregulación es un requisito indispensable, sostienen algunos observadores, para que los impactos de la liberalización comercial se puedan absorber con facilidad y se avance en la obtención de la estabilidad de precios. La eliminación de regulaciones obsoletas abre nuevos mercados y fomenta los flujos de inversión.

Tipos de Cambio Fijos

Este texto se ocupa de los tipos de cambio fijos. En un sistema de tipo de cambio fijo, el gobierno se compromete a mantener un valor determinado del tipo de cambio y lo fija mediante una combinación de intervención oficial en el mercado de divisas, políticas macroeconómicas y acuerdos institucionales como los controles de capital internacionales. El tipo de cambio “más duro”, o más duradero y creíble, está respaldado por sólidos acuerdos institucionales, ya sea mediante estrictos controles de las entradas y salidas de capital financiero del país, cuando el país entra en un acuerdo de junta monetaria, o cuando la moneda nacional se sustituye por una moneda extranjera (“dolarización”).

Cheque Librado

Librar un cheque es extender un cheque para sacar dinero de una cuenta bancaria determinada. Este cheque extendido es lo que se denomina un cheque librado. La persona o entidad que emite el cheque se conoce como pagador o librador, mientras que la persona a la que se emite el cheque es el beneficiario. El librado, por su parte, es el banco sobre el que se gira el cheque.

Cheque Circular

La creación del cheque circular es formada en la práctica bancaria del cheque, pero inspirada en necesidades particulares del entorno: la oportunidad de facilitar la penetración del cheque en el tráfico, el peligro de una emisión no disponible, la utilidad de concentrar el capital y los pagos en la organización bancaria. Los pagarés de los bancos emisores casi sustituyeron al cheque, un título privado y no acreditado. Para popularizar el cheque, los bancos libres debían reforzar su sustancia económica y su forma jurídica. La necesidad de pagar el cheque en cada centro lejano, sin verificar su disponibilidad, y la necesidad de crear un cheque que no estuviera sujeto a los deseos del cliente, convertían al banco en garante de la disponibilidad y del pago circular. La expresión cheque circular, evidentemente tomada de los cheques del extranjero (cheques de viaje, cheques circulares, que son cheques bancarios comunes), vulgarizó el concepto de un pago listo, en un radio ilimitado de las ventanillas de pago del banco. Al completar la operación bancaria con la entrega de un cheque, se adquiría una garantía que podía negociarse con mayor seguridad que el cheque. Los bancos aprovecharon la expresión y la figura del cheque para superponer su propia obligación (en forma de endoso o aceptación) a la del cliente librado, y posteriormente sustituirla por la suya propia. Para distinguir la forma literal del instrumento del pagaré, que se reservaba a los bancos emisores, la figura del cheque era entonces indispensable. Es un cheque librado por el titular de una cuenta corriente (en algunos países también por una cuenta de ahorro) y visado por el banco, lo que permite el cobro en cualquiera de las sucursales de dicho banco.

Protesto del Cheque

Documento auténtico, redactado por un notario o un agente judicial, en el que se hace constar el impago de una letra de cambio o un cheque bancario o la no aceptación de una letra de cambio. La letra de cambio se publica en los boletines oficiales; para disminuir el descrédito en las relaciones comerciales que provoca la publicación a la persona que ha sido sometida a ella, la ley de algunos países (por ejemplo, de Italia) establece que el deudor protestado, una vez cumplida la obligación por la que se emitió la letra de cambio, después de un plazo (en varios países, de un año) sin haber sufrido ninguna otra sanción, tiene derecho a un decreto de rehabilitación. Debe efectuarse ante el banco librado que niegue su pago en el domicilio indicado en el propio cheque y el día de su presentación, que debería ser antes de que transcurra el plazo (véase más en esta plataforma general) legal de presentación.

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