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Derecho de la Competencia

Derecho de la competencia en general De acuerdo con sus principios, el protagonismo de la actividad económica lo tienen los particulares que, con su libre iniciativa, aportan siempre la máxima satisfacción a los problemas económicos. Mientras que en la economía impera el mercado, en éste […]

Precios Excesivos

actividad económica, bancos y dinero

La fijación de precios excesivos se refiere a los precios fijados significativamente por encima de los niveles competitivos como resultado de un monopolio o poder de mercado. Sin embargo, en la práctica, en ausencia de una conspiración o de un acuerdo de fijación de precios o de pruebas de poder de mercado derivadas de una elevada concentración, es muy difícil establecer un umbral a partir del cual un precio pueda considerarse excesivo o irrazonable. La fijación de precios excesivos no se reconoce como una violación de la legislación antimonopolio en todas las jurisdicciones. Según la jurisprudencia estadounidense, por ejemplo, un precio excesivo no se considera una infracción. Estas sentencias se basan principalmente en tres motivos. El primero es la noción de que los precios excesivos se autocorrigen, ya que supuestamente atraen la entrada de nuevos competidores. El segundo motivo para la no intervención es que los precios excesivos son necesarios para promover la inversión a favor del consumidor, y el tercero es que es demasiado difícil evaluar si un precio era excesivo. Existe una controversia en la literatura académica sobre la justificación de estos tres motivos de no intervención. Una parte de la literatura está de acuerdo con estas tres consideraciones y aboga por un enfoque general de no intervención, incluso en las jurisdicciones en las que la legislación antimonopolio incluye la prohibición. Otra vertiente de la literatura cuestiona estos motivos para la no intervención y pide la aplicación ordinaria de la prohibición caso por caso.

Posición Dominante

negocios y viajes

El artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prohíbe la explotación abusiva de una posición dominante en el mercado interior o en una parte sustancial del mismo, por ser incompatible con el mercado interior, en la medida en que pueda afectar al comercio entre los Estados miembros. Aquí se examina algunos de los elementos constitutivos de la prohibición que figura en el artículo 102 del TFUE.

Prácticas Anticompetitivas

banca y finanzas

Este texto se ocupa, en parte, del control de Prácticas Anticompetitivas en derecho económico internacional, estimando que las partes pueden tipificar en su legislación interna prácticas o condiciones relativas a la concesión de licencias aplicables en casos particulares. Por otro lado, considera lo que los mercados de capitales sugieren sobre la economía de Amazon y otras plataformas de Internet en relación a las conductas anticompetitivas.

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