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Bancarrota

Este texto se ocupa de la bancarrota, como la condición en la que se encuentra una persona o una compañía cuando no logra cumplir con sus obligaciones financieras y es declarada jurídicamente insolvente. La insolvencia se produce cuando el pasivo de una persona o empresa supera a su activo. La insolvencia a menudo conduce a la quiebra, en la que el deudor incumple una o más obligaciones financieras con sus acreedores. Una declaración voluntaria de bancarrota se produce cuando el propio deudor presenta una petición de quiebra; una declaración involuntaria de bancarrota se produce cuando los acreedores presionan al deudor para que se declare.

Chantaje Financiero

Religión, Mundo, Camino, Océano

Este texto se ocupa del chantaje financiero, como situación irregular que se produce en algunas ocasiones en los mercados cuando un ” tiburón financiero” (véase) compra secretamente un número importante de acciones de una sociedad y amenaza a ésta con lanzar una “opa”. La criminalidad del chantaje ha sido debatida enérgicamente por teóricos del derecho y economistas durante un tiempo considerable. Sin embargo, hasta la fecha no parece existir un fundamento teórico universalmente consensuado para declarar ilegal el chantaje. Este texto revisará la teoría del chantaje desarrollada en la literatura jurídica y económica desde los años 70 y algunas de las críticas que se le han hecho.

Desmaterialización

Este texto se ocupa de la desmaterialización, como situación que se está produciendo cuando los valores negociables ya no se emiten en forma de títulos acreditando a su legítimo propietario sino que estos títulos quedan sustituidos por una simple apunte. Tradicionalmente, las empresas emitían documentos llamados “Valores” que representaban el valor invertido por el accionista, el partícipe o el obligacionista. La prueba de la propiedad de las acciones resulta de la posesión de este documento. La transferencia de las acciones se realizaba simplemente entregando el certificado en papel del vendedor al comprador.

Nuda Propiedad

Es la propiedad sobre la que existe servidumbre personal o usufructo. Es el derecho de propiedad que se ejerce sobre los bienes se divide en dos elementos distintos: el usufructo y la nuda propiedad. Esta división es el resultado de una situación definida por la ley o por un acuerdo. Desaparece como consecuencia de la reunión de la nuda propiedad y el usufructo en el patrimonio de la misma persona. Este desmembramiento corresponde a una realidad patrimonial: el nudo propietario es la persona que, en relación con un determinado bien, tiene derecho a disponer de él, ya sea vendiéndolo, regalándolo o transmitiéndolo por testamento. La nuda propiedad es el derecho que confiere a su titular, llamado nudo propietario, el derecho a disponer de un bien mueble o inmueble (vendiéndolo, donándolo, legándolo, etc.) mientras que el usufructuario sólo tiene derecho a utilizarlo.

Tanto la nuda propiedad como el usufructo pueden ser compartidos entre varias personas: esta es una realidad que se produce con mayor frecuencia en una sucesión. Propiedad, en definitiva, disminuida por gravarla un derecho real de goce y disfrute, quedando al nudo propietario únicamente el derecho de uso y disfrute.

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