Los conceptos de “derecho” y “sistemas jurídicos” están estrechamente relacionados. Sin embargo, un sistema a menudo connota algo más grande que la ley, especialmente si la ley significa solo reglas legales. Un sistema implica interacciones regulares entre elementos que juntos forman una entidad con límites. Por lo tanto, los abogados, jueces, legisladores, administradores, la policía y los juristas trabajan con reglas de manera regularizada que implican expectativas culturales sobre sus funciones y las instituciones jurídicas con las que interactúan. La cuestión de la clasificación consiste en buscar similitudes y diferencias entre los sistemas jurídicos pertinentes. La tarea de clasificar los sistemas jurídicos ha estado vinculada al desarrollo del derecho comparado como disciplina práctica y académica. Más recientemente, la diferenciación de las ciencias sociales y del comportamiento en sujetos discretos ha añadido diversas perspectivas sobre la naturaleza del derecho y los sistemas jurídicos. Este texto considera primero la historia de las clasificaciones del sistema legal, comenzando con los clásicos griegos y romanos, y luego traza los primeros enfoques modernos y los del siglo XIX y XX. En segundo lugar, el tema se aborda desde la perspectiva de disciplinas relacionadas con el derecho, como la antropología, la sociología y la ciencia política. Tercero, el artículo se centra en el derecho comparado con su énfasis en las familias, tradiciones y estilos legales. Estos enfoques han sido criticados por académicos que señalan que las clasificaciones actuales están demasiado orientadas hacia el derecho privado, producen sistemas jurídicos híbridos, subestiman la existencia del pluralismo jurídico o son demasiado eurocéntricas. Por último, el texto describe el debate sobre la convergencia o divergencia de las tradiciones jurídicas.