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Autoría

Libros y derecho de autor

La Autoría es un componente esencial en el Derecho Penal. En casi cualquier país, en el código penal hay numerosos artículos que empiezan de la siguiente forma: “Se castiga como autor a quien” […] Pero autoría es también un componente de la cultura y de las industrias creativas, como el cine, con sus propias teorías. Un enfoque del análisis y la crítica cinematográfica que se centra en las formas en que la influencia personal, la sensibilidad individual y la visión artística del director de una película pueden ser identificadas en su trabajo. Antes del decenio de 1950 la crítica cinematográfica seria tendía a centrarse en cuestiones de ontología y estética, con poca atención al oficio de hacer películas.

Regalías

Ramas y disciplinas del derecho, economía, psicología, sociología y otras.

Este texto se ocupa de las regalías en el ámbito del objeto de esta plataforma online: Las cantidades de cualquier clase pagadas por el uso o la concesión de uso de un derecho de autor (obras literarias, artísticas, películas, etc.) o una propiedad industrial (modelos o dibujos industriales), etc.

Regalía

Derecho en la Plataforma Jurídica del Derecho Lawi

Este texto se centra en el concepto de Regalía en derecho y economía. Significado de regalía: Cantidad que ha de pagarse por el uso de una propiedad industrial registrada a nombre de otro, y que también recibe el nombre de canon: patente, modelo de utilidad, marca, etc. Regalía, en derecho de la propiedad intelectual, fiscal e industrial, es el pago efectuado a los titulares de ciertos tipos de derechos por aquellos a quienes los titulares permiten ejercerlos.

Propiedad Intelectual en Europa

libros

En virtud de las normas nacionales, el autor no puede prohibir la parodia, el pastiche y la caricatura, dadas las leyes del género. Mediante sentencia de 3 de septiembre de 2014 (C-201/13), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que el concepto de “parodia” en el sentido del artículo 5, apartado 3, letra k), de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, a la luz de la cual debe interpretarse el citado texto, constituye un concepto autónomo del Derecho de la Unión y no está sujeto a condiciones según las cuales la parodia debe mencionar la fuente de la obra parodiada o referirse a la propia obra original. De la normativa nacional, que debe interpretarse a la luz de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, se desprende que los titulares de un derecho exclusivo de reproducción deben recibir una compensación equitativa destinada a reparar el perjuicio que les causa la aplicación de la excepción de copia privada.

Derecho de las Redes Sociales

Las redes sociales implican la actividad en línea de grandes grupos de personas que interactúan compartiendo información, ideas y mensajes. Al igual que ocurre con otras actividades en línea, pueden surgir problemas legales en relación con la privacidad, la actividad delictiva, la expresión, así como otras cuestiones emergentes. Las expectativas de privacidad en el uso de las redes sociales se han visto afectadas por casos de empleadores que utilizan la actividad en las redes sociales para controlar a los empleados y tomar decisiones laborales. Además, la actividad en las redes sociales puede ser utilizada como prueba en los tribunales cuando tenga valor para probar un caso y pueda ser autentificada. Se han cometido delitos utilizando las redes sociales, incluidos el ciberacoso, el robo de identidad y el fraude, de acuerdo con la legislación de Estados Unidos. Aunque estos mismos delitos podrían cometerse utilizando foros en línea distintos de las redes sociales, la naturaleza pública de la actividad y la capacidad del delincuente para permanecer en el anonimato ha creado preocupaciones adicionales para la aplicación de la ley. Las redes sociales han tenido un tremendo impacto en el discurso comercial, ya que dan a los individuos el poder de difundir información, expresar opiniones e intentar influir en el cambio. Sin embargo, este discurso puede ser difamatorio u ofensivo y se rige por los mismos principios legales que se aplican a todo discurso. Además, la usurpación de nombres de usuario en las redes sociales, la suplantación de identidad y la afiliación indebida pueden dar lugar a demandas por infracción de la propiedad intelectual. Por último, las empresas deben evitar que la actividad en las redes sociales dé lugar a reclamaciones por publicidad engañosa, en particular cuando animan a sus empleados a utilizar el medio para publicar información u opiniones sobre un producto o servicio. Las redes sociales evolucionan con rapidez, por lo que hay cuestiones emergentes que la ley deberá abordar. Por ejemplo, los prestamistas que utilicen la actividad de las redes sociales para tomar decisiones crediticias pueden enfrentarse a demandas por discriminación. Las empresas que divulgan información importante en las redes sociales deben asegurarse de que están cumpliendo con todas las leyes de valores aplicables.

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