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Unilateral

Justicia Ambiental

Introducción: Unilateral Concepto de Unilateral en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Lo que se refiere solamente a una parte o a un aspecto de alguna cosa Definición de UNILATERAL en Derecho español Que afecta solamente a uno de los bandos o partes. Dícese del contrato en que […]

Orígenes de la Guerra Franco-Prusiana

Europa

Guerra Franco-prusiana y sus acontecimientos previos (Historia): La causa directa que dio lugar a la Guerra Franco-prusiana fue la presentación en 1869 de la candidatura de Leopoldo, príncipe de Hohenzollern-Sigmaringen, como aspirante al trono de España, vacante debido al destronamiento de la reina.

Ciudadanía Europea

Europa y comercio

La “ciudadanía de la Unión Europeo” como derecho fundamental de los ciudadanos de la UE económicamente inactivos
Una cierta generalización y extensión siguió al acervo comunitario en lo que respecta al establecimiento de una ciudadanía de la Unión Europea en el Art 8 CE (1992) en su versión de Maastricht. En su versión original rezaba: “Se establece la ciudadanía de la Unión Europea. Será ciudadano de la Unión toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro. La ciudadanía de la Unión Europea será complementaria y no sustitutiva de la ciudadanía nacional”. El artículo 20 del TFUE/17 CE en la versión de Ámsterdam añadió el apartado 2 que reza: “Los ciudadanos de la Unión Europeaserán titulares de los derechos conferidos por el presente Tratado y estarán sujetos a los deberes que éste impone”. El artículo 20 TFUE/17 CE revisado (DO C 290 de 30 de noviembre de 2009) establece: “La ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional y no la sustituye”.

Relaciones Jurídicas Especiales en Derecho Internacional Privado

Interior

La evolución de las normas de conflicto multilaterales o bilaterales en la segunda mitad del siglo XIX tiene en cuenta la necesidad de seguridad de las transacciones de la sociedad burguesa europea y, al mismo tiempo, es una respuesta a la nacionalización del derecho privado que comenzó con el Código Napoleón en 1804 (Código civil) y que continuó en muchos países continentales. La derogación del ius commune por los códigos civiles ya no permitía recurrir a los principios comunes en los casos transfronterizos. La designación de la ley aplicable, es decir, la elección entre la lex fori y una ley extranjera, se hizo inevitable. En estas condiciones, la armonía de las decisiones como objetivo último del Derecho internacional privado sólo podría alcanzarse cuando los tribunales de los países implicados aplicaran la misma ley nacional a la resolución de un caso transfronterizo. Esto requeriría normas de conflicto idénticas en los distintos países. Dado que los códigos civiles nacionales del siglo XIX sólo se ocupaban del Derecho internacional privado de forma rudimentaria o no lo hacían en absoluto, eminentes académicos y políticos propusieron pronto la adopción de normas de conflicto comunes mediante un acuerdo internacional como medio para salvaguardar la armonía de las decisiones en los litigios transfronterizos a pesar de la divergencia del Derecho privado nacional.

Guerra de los Treinta Años

Violencia y conflicto

La Guerra de los Treinta Años (1618-1648), bautizada así ya en 1645, fue un conflicto de alcance europeo, aunque también se la conoció como la “Guerra Alemana”. Para comprender lo que estaba en juego, hay que analizar los problemas y contradicciones de las sociedades de la época: el conflicto religioso entre católicos y protestantes (confesionalismo), las luchas por el poder en el contexto de la formación del Estado moderno, la oposición entre las tendencias absolutistas y otras fuerzas sociales, y las rivalidades entre potencias por el dominio en Europa: Por un lado la Casa de Habsburgo, Austria, sus aliados mayoritariamente católicos, el Sacro Imperio Romano Germánico y España (también Habsburgo), por otro la católica Francia, los príncipes protestantes del Imperio, las Provincias Unidas y Suecia.

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