Los particulares han descubierto su interés por las actividades espaciales y son clientes interesados para los proveedores de servicios espaciales gubernamentales y comerciales. El derecho espacial tradicional, incluido el Acuerdo sobre el salvamento y la devolución de astronautas y objetos lanzados al espacio exterior, tiene que adaptarse a esta nueva situación. Si basta con una mera interpretación del tratado o se necesitan nuevos textos o enmiendas es algo que todavía se discute en el mundo académico y en la práctica. Se trata, en particular, de los redescubiertos vuelos suborbitales que se ofrecen a los particulares interesados que quieren experimentar unos minutos de ingravidez o microgravedad. Técnicamente, estos vuelos se describen como vuelos a alturas muy elevadas que no alcanzan la órbita terrestre. La respuesta a si estas actividades son “actividades espaciales” desde el punto de vista legal o si más bien deben estar cubiertas por el derecho aéreo nacional e internacional es diferente según los estados. Sin embargo, también hay iniciativas en curso, principalmente en el ámbito académico, que consideran el desarrollo de un régimen completamente nuevo o, al menos, una modificación significativa de los tratados existentes, incluido el Acuerdo sobre el salvamento y la devolución de astronautas y objetos lanzados al espacio exterior, para la regulación de los vuelos suborbitales. Queda por ver si esta iniciativa será asumida por los Estados en la práctica.