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Genocidio Guatemalteco

En los años comprendidos entre 1960 y 1996, Guatemala fue devastada por repetidas olas de insurgencia y guerra de contraguerrilla. La insurgencia comenzó en 1960 cuando un pequeño grupo de oficiales militares dio un golpe de Estado contra el régimen guatemalteco. Aunque el golpe fracasó, sus organizadores escaparon a la captura, organizaron una pequeña fuerza guerrillera y prometieron derrocar al gobierno. Setenta y cinco mil personas, casi todos civiles, fueron masacrados en dieciocho meses, la mayoría en los primeros ocho meses de la campaña. En el área de mayor actividad guerrillera, conocida como el Triángulo Ixil, aproximadamente un tercio de la población local puede haber sido asesinada. A pesar de la violencia masiva asociada a la campaña, la brutalidad del ejército guatemalteco no fue principalmente el resultado de líderes sedientos de sangre, tropas indisciplinadas o el racismo dirigido contra los partidarios indígenas de la guerrilla. El 28 de enero de 2013, un juez de Guatemala ordenó que el que había sido presidente del país en 1982-83, el general José Efraín Ríos Montt, fuera juzgado por genocidio. Es el primer ex jefe de Estado juzgado por genocidio en América. Su sucesor en la presidencia de Guatemala, el general Óscar Mejía, también había sido acusado de genocidio, pero entonces se le consideró no apto para el juicio. El 19 de marzo de 2013, el tribunal comenzó a juzgar el caso contra Ríos Montt, es decir, que cometió genocidio contra Maya Ixil mientras ocupaba el cargo entre marzo de 1982 y agosto de 1983.

Prevención del Genocidio

El estudio del genocidio, mientras que enfatiza la aterradora facilidad con la que se puede llevar a cabo una matanza masiva, también sugiere que, en la práctica, los problemas de prevención o limitación de esta violencia serán diferentes, y al menos en algunos aspectos menos desalentadores de lo que otras teorías podrían llevar a esperar. Todo esto sugiere dos grandes implicaciones para la intervención para prevenir o limitar las matanzas masivas. Los fracasos de la prevención han dado lugar a nuevos esfuerzos para crear un régimen de prevención internacional más sólido, basado en la norma de la “Responsabilidad de Proteger”, y en innovaciones institucionales como la oficina de un Asesor Especial del Secretario General de las Naciones Unidas. Los estudiosos también han empezado a preguntarse qué características de una sociedad, así como qué estrategias articuladas con mucha antelación al momento en que podría considerarse una intervención armada, podrían funcionar también para prevenir el genocidio.

Castigo Colectivo

Por castigo colectivo, los redactores de los Convenios de Ginebra tenían en mente los asesinatos por represalia de la Primera y Segunda Guerra Mundial. En la Primera Guerra Mundial, los alemanes ejecutaron a aldeanos belgas en represalia masiva por la actividad de la resistencia. En la Segunda Guerra Mundial, los nazis llevaron a cabo una forma de castigo colectivo para reprimir la resistencia. Pueblos, ciudades o distritos enteros fueron considerados responsables de cualquier actividad de resistencia que tuviera lugar en ellos. Las convenciones, para contrarrestar esto, reiteraron el principio de la responsabilidad individual. El Comentario del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) a las convenciones afirma que las partes de un conflicto a menudo recurren a “medidas intimidatorias para aterrorizar a la población” con la esperanza de prevenir actos hostiles, pero tales prácticas “golpean por igual a culpables e inocentes. Se oponen a todos los principios basados en la humanidad y la justicia”. El derecho de los conflictos armados aplica protecciones similares a un conflicto interno. El artículo común 3 de los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 exige juicios justos para todos los individuos antes de los castigos; y el Protocolo Adicional II de 1977 prohíbe explícitamente los castigos colectivos.

Conflicto Armado Interno

Este texto se ocupa del conflicto armado interno. Un conflicto armado interno (o “no internacional”) se refiere a una situación de violencia que implica enfrentamientos armados prolongados entre las fuerzas gubernamentales y uno o varios grupos armados organizados, o entre estos mismos grupos, que surgen en el territorio de un Estado. La división de la sociedad mundial en nacional e internacional es arbitraria, pero es una división a la que se aferra gran parte del derecho internacional humanitario. Dado que las leyes tradicionales de la guerra -y las leyes de los crímenes de guerra- sólo se referían a conflictos entre Estados, los Estados que se acusaban mutuamente de violarlas o de cometer crímenes de guerra necesitaban caracterizar un conflicto como verdaderamente internacional y no interno. Así, los Convenios de Ginebra y el Protocolo Adicional I abordan en casi todos sus aspectos únicamente los conflictos internacionales. El Tribunal de Yugoslavia ha interpretado su estatuto para permitir la jurisdicción sobre violaciones graves del artículo 3 común y otras violaciones graves de las leyes y costumbres de la guerra en conflictos internos; y el estatuto de la Corte Penal Internacional prevé específicamente la criminalidad sobre muchos actos cometidos en conflictos internos. El artículo 3, cuyo texto se repite en los cuatro Convenios de Ginebra, es la única parte de los convenios que se aplica explícitamente a los conflictos armados internos. Se le ha llamado un “tratado en miniatura”, y establece las protecciones mínimas y las normas de conducta a las que deben adherirse el Estado y sus oponentes armados. Las protecciones que detalla son el núcleo del derecho internacional humanitario. El Protocolo Adicional II de 1977 también cubre los conflictos armados internos, pero está menos aceptado entre los Estados que los Convenios de 1949.

Defensa Civil

La defensa civil consiste en un conjunto de medidas que se deben prever y de actividades que se deben desplegar para hacer frente a situaciones de peligro provocadas por situaciones tales como las calamidades de origen natural y las crisis nacionales. La defensa civil en casos de emergencia, consiste en actos realizados por la población militar, en el frente interior de un país, ya sea individualmente o en grupos organizados. Si las organizaciones civiles de defensa civil, su personal, sus edificios, sus refugios y su material son utilizados para perjudicar al enemigo, su protección cesa. Pero la organización de la defensa civil bajo la dirección de las autoridades militares, la cooperación con los militares en las tareas de defensa civil y la organización según las líneas militares no constituyen “actos perjudiciales para el enemigo”. En esta plataforma, los conceptos y temas relacionados con defensa civil incluyen los siguientes: Toques de queda, Mantenimiento del orden público, Policía, Participación ciudadana, Comunicaciones de emergencia, Delitos contra la seguridad nacional, Fuerzas armadas. Defensa Civil, en esta plataforma global, en general, hace referencia o se utiliza para programas y medidas preventivas para proteger a las poblaciones civiles del daño provocado por guerras y desastres.

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