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Códigos de los Sistemas de Derecho Civil

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Códigos de los Sistemas de Derecho Civil

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre los Códigos de los Sistemas de Derecho Civil. Puede interesar también el contenido de los Principios de Derecho Europeo de la Responsabilidad Civil, y acerca de los códigos civiles en general. También se puede examinar:

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Visualización Jerárquica de Derecho Privado Europeo

El Sistema de Derecho Civil

Los sistemas de derecho civil, también llamados sistemas jurídicos continentales o romano-germánicos, se encuentran en todos los continentes y cubren alrededor del 60% del mundo. Se basan en conceptos, categorías y reglas derivadas del derecho romano, con cierta influencia del derecho canónico, a veces complementado o modificado en gran medida por las costumbres o la cultura local. La tradición del derecho civil, aunque secularizada a lo largo de los siglos y centrada más en la libertad individual, promueve la cooperación entre los seres humanos.

En su sentido técnico y estrecho, las palabras derecho civil describen el derecho que pertenece a las personas, cosas y relaciones que se desarrollan entre ellas, excluyendo no solo el derecho penal sino también el derecho mercantil, el derecho laboral, etc. La codificación tuvo lugar en la mayoría de los países de derecho civil, siendo el Código Civil francés y el BGB alemán los códigos civiles más influyentes.

Qué es el sistema de derecho civil:

  • Un sistema exhaustivo de normas y principios que suele estar organizado en códigos y de fácil acceso para los ciudadanos y los juristas.
  • Un sistema bien organizado que favorece la cooperación, el orden y la previsibilidad, basado en una taxonomía lógica y dinámica desarrollada a partir del derecho romano y reflejada en la estructura de los códigos.
  • Un sistema adaptable, con códigos civiles que eviten el exceso de detalle y que contengan cláusulas generales que permitan la adaptación al cambio.
  • Un sistema principalmente legislativo, pero que deja espacio para que el poder judicial ajuste las reglas al cambio social y a las nuevas necesidades, a través de la interpretación y la jurisprudencia creativa.

Algunas de las características más destacadas del sistema de derecho civil:

  • Expresión clara de los derechos y deberes, para que los remedios sean evidentes.
  • Simplicidad y accesibilidad para el ciudadano, al menos en las jurisdicciones en las que está codificado.
  • Revelación anticipada de las reglas, silencio en el código a ser llenado con base en la equidad, los principios generales y el espíritu de la ley.
  • Doctrina académica ampliamente desarrollada y, hasta cierto punto, transnacional, que inspira al poder legislativo y al poder judicial.

Las jurisdicciones con sistema de derecho civil se encuentran:

  • En Europa continental, donde la mayoría de las jurisdicciones tienen códigos civiles.Entre las Líneas En Gran Bretaña, Escocia ha conservado una forma no codificada del derecho civil. Incluso cuando tienen códigos civiles, los países escandinavos no son considerados como jurisdicciones de derecho civil.
  • En Norteamérica, los códigos civiles se encuentran en Louisiana y Quebec.
  • En América Central y del Sur, casi todos los países tienen códigos civiles.
  • En Asia, muchos países han recibido la ley civil y tienen códigos civiles, como Indonesia, Japón, Kirguistán y Líbano.
  • Los países de África que una vez fueron colonizados por naciones de Europa continental han mantenido muchos aspectos de las tradiciones del derecho civil. El Código Civil de Egipto tiene una influencia significativa en África y Oriente Medio, mientras que la ley romano-holandesa aplicada en Sudáfrica nunca fue codificada.
  • En algunas islas del Pacífico, especialmente en los territorios franceses de Nueva Caledonia o Tahití, se encuentran algunos restos de las tradiciones del derecho civil.
  • En jurisdicciones mixtas, principalmente en América, África y Asia, pero también en Europa, el derecho civil coexiste con otras tradiciones jurídicas como el common law, el derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) o el derecho islámico.

Investigación Jurídica: Localización de Códigos del Sistema de Derecho Civil

Una de las preguntas más frecuentes de las investigaciones de derecho extranjero y derecho comparado es cómo encontrar el código civil de un país. Un investigador puede no saber que necesita un código civil, pero a menudo lo sabe. Un código civil es la clave para acceder a todos los tipos de derecho privado en muchas jurisdicciones de derecho civil. El Código Napoleón o Código civil de los franceses (1804), un código civil suele contener leyes relativas al estado civil, los contratos, los agravios, los “delitos”, las “obligaciones”, los bienes muebles e inmuebles, la herencia y la sucesión, el matrimonio, el divorcio, la familia, los padres y los hijos, el derecho internacional privado (conflicto de leyes/elección de la ley). Véase, por ejemplo, el Código Civil de Quebec, en cuya disposición preliminar se establece de manera general el contenido de los códigos civiles, en que se establece que el Código Civil de Québec, en armonía con la Carta de los derechos humanos y las libertades (capítulo C-12) y los principios generales del derecho, rige las personas, las relaciones entre las personas y los bienes.

El Código Civil comprende un conjunto de normas que, en todas las materias comprendidas en la letra, el espíritu o el objeto de sus disposiciones, establece el jus commune, de manera expresa o implícita.Entre las Líneas En estos asuntos, el Código es el fundamento de todas las demás leyes, aunque otras leyes pueden complementar el Código o hacer excepciones a él.

Y, de hecho, el índice del Código Civil de Québec también es bastante similar al de la mayoría de los códigos civiles (con excepción de las normas sobre pruebas). Ver también los códigos civiles de Louisiana y Francia.Entre las Líneas En los últimos años, algunos países han separado algunos componentes de sus códigos civiles, por lo que encontrará países con códigos de obligaciones y contratos separados, códigos de familia, códigos de la infancia, etc., o actos legislativos relacionados. Debido a la variedad de procesos de codificación y reformas, es bueno saber cómo localizar eficientemente los códigos civiles o las leyes contenidas en ellos.

Puntos de partida

Las Guías de Derecho Extranjero de Lawi es una gran fuente para encontrar citas para imprimir versiones y enlaces a los textos en línea de los códigos civiles. Tiene citas de fuentes legislativas primarias de unos 190 países. Puede encontrar el código civil de un país buscando en “Países” o en “Leyes por temas”, y luego Código Civil. Puede realizar una búsqueda general de palabras clave en la barra de búsqueda. O, si está buscando un tipo específico de ley que normalmente estaría en un código civil, puede buscarlo en “Leyes por tema”. Si busca un derecho de daños en un país, “Obligaciones y agravios” le dará citas. Si lo que busca es la ley de tierras o propiedades, puede encontrarla en “Construcción, Desarrollo, Planificación y Propiedad”. Para mayor información sobre cómo buscar en la Guía de Derecho Extranjero, consulte el tutorial de las guías.

Las herramientas de búsqueda son catálogos de bibliotecas. [rtbs name=”biblioteconomia”]Bases de datos agregadas, o instrumentos colectivos o megacatálogos como AMICUS, SUDOC, COPAC, RERO, REBIUN, Trove, WorldCat y el Catálogo Virtual de Karlsruhe son muy útiles para identificar códigos civiles extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y qué bibliotecas tienen existencias impresas o qué versiones electrónicas están disponibles. Para las bibliotecas que utilizan los encabezamientos temáticos de la Biblioteca del Congreso, los códigos civiles se encuentran en “Civil law-[country]”. Puede realizar una búsqueda alfabética de títulos o una búsqueda por palabras clave para el nombre del código civil del país en el idioma original o en la lengua vernácula. Google Translate puede ayudar allí, o puedes usar uno de mis recursos favoritos, el IATE (InterActive Terminology for Europe, anteriormente Eurodicautom). Si escribes un “código civil” con el inglés como lengua de origen, puedes elegir otros 24 idiomas de destino para que te lo traduzcan. Si elige DE (alemán) como idioma de destino, entonces descubrirá que el “código civil” en alemán se llama “Bürgerliches Gesetzbuch” (Bürgerliches Gesetzbuch). Tanto la Guía de Derecho Extranjero como GlobaLex enumeran también los títulos en lengua vernácula de los códigos civiles. Hubo un maravilloso explorador de “Códigos Civiles en la Web” (Allison Sheffield comp., Vicenç Feliú ed.) que desafortunadamente fue actualizado por última vez en noviembre de 2007.

Fuentes de texto completo

Puede pasar por alto las herramientas de búsqueda y sumergirse directamente en las fuentes de texto completo de los códigos civiles extranjeros. He descubierto que el sitio WIPO Lex de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual es la mejor fuente de códigos civiles en lengua vernácula y en traducción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). WIPO Lex también indica las fechas de los códigos – “modificado a XXXX”. Véase, por ejemplo, el código civil de Rusia.

Afortunadamente, la OMPI decidió añadir códigos civiles completos como leyes relacionadas con la propiedad intelectual. (WIPO Lex también tiene interfaces multilingües (árabe, chino, español, francés, inglés y ruso)). La base de datos LandWise del Landesa Center for Women’s Land Rights parece tener los mismos códigos civiles que la OMPI Lex, por lo que también puede consultarse en ella. Debido a que los códigos civiles también incluyen leyes de nacionalidad y ciudadanía, la base de datos RefWorld del ACNUR (Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados) también incluye códigos civiles extranjeros. La Red de Derecho de Familia e Infancia del Departamento de Derecho Internacional de la Organización de los Estados Americanos tiene códigos civiles de los Estados miembros de la OEA, así como códigos de familia separados. La armonización/unificación de los códigos civiles y otros proyectos para hacer más uniforme el contenido de los códigos civiles a menudo darán lugar a compilaciones o colecciones de códigos civiles extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) o subsecciones de los mismos.

También hay algunas fuentes no gubernamentales de códigos civiles. Por ejemplo, este sitio de Derecho Civil Europeo tiene códigos civiles. Sea cuidadoso cuando utilice fuentes no gubernamentales o no oficiales de los códigos civiles. Revise las fuentes originales y las fechas de los códigos civiles que encuentre. Y busque las declaraciones de la autoridad de los códigos civiles. Asegúrese de que los códigos civiles que encuentre estén vigentes. Creo que puedes usar Google para buscar códigos civiles en todas estas bases de datos y sitios web. Un problema con estas fuentes es que los códigos civiles pueden no ser las versiones más recientes.

Los códigos civiles actuales suelen estar disponibles en los sitios web del gobierno (legislaturas/parlamentos, portal del Presidente o del gobierno, Ministerio de Justicia, cualquier ministerio o departamento que se ocupe de un tema relacionado con el código civil), por lo que puede utilizar un motor de búsqueda en Internet para localizarlos. Con Google, un sitio: limitación de búsqueda por dominio de país y un formulario corto para “gov” en el idioma del país ayuda. Los nuevos códigos civiles o sus enmiendas suelen publicarse en los boletines oficiales de los países, por lo que también se pueden consultar. Varios sitios tienen enlaces centralizados con los boletines oficiales de derecho de la Universidad de Michigan (algunos de ellos antiguos) y FLARE (países europeos; véase también el Foro Europeo de Boletines Oficiales). Los códigos civiles también se encuentran en las bases de datos jurídicos de los países y en los Institutos de Información Jurídica (LIIs) del Movimiento de Libre Acceso al Derecho (FALM) para las jurisdicciones de derecho civil.

Si su proyecto implica una búsqueda de códigos civiles para múltiples jurisdicciones, la base de datos de suscripciones vLex cubre más de 13 países y es una buena fuente. LLMC-Digital and the Making of Modern Law: Fuentes primarias extranjeras: Los años 1600-1970 tienen códigos civiles históricos (al igual que las colecciones/bibliotecas digitales gratuitas). También hay bases de datos de leyes regionales como NatLaw World (anteriormente InterAm para la legislación de las Américas), Droit-Afrique (24 países francófonos de África), Arab Laws Online, y las leyes de Oriente Medio (la parte del mundo que abarca el suroeste de Asia y el norte de África, extendiéndose desde Turquía hasta el norte de África y al este hasta Irán) de CIMELS. Recientemente me enteré de la legislación de la CEI (Comunidad de Estados Independientes), LexInteramericana y las bases de datos de suscripción de Aseanlex que pueden contener códigos civiles. Las bibliotecas como Harvard, Yale, l’Institut suisse de droit compare (ISDC) y la Law Library of Congress a veces obtienen los códigos civiles más recientes en forma impresa (ver Código Civil del Estado de Eritrea 2015, por ejemplo), pero es posible que sus existencias no se reflejen en WorldCat debido a que el código civil recibido recientemente no está completamente catalogado, por lo tanto, asegúrese de revisar los catálogos de las bibliotecas que podrían tener un código civil actual directamente.

No olvide que las secciones de los códigos civiles también están disponibles en fuentes temáticas especializadas. Por ejemplo, las leyes de propiedad pueden estar en compilaciones de derecho comercial o resumidas en bases de datos especializadas como IMMOLEX de CEPI-CEI.

Revisor: Lawrence

Ejemplo: el código civil de los Países Bajos

El Burgerlijk Wetboek (BW) es el código civil de los Países Bajos y sus antiguas colonias Aruba y las Antillas Neerlandesas (San Martín y Curaçao).

1. Historia y desarrollo del Burgerlijk Wetboek
a) El derecho civil en los Países Bajos hasta 1838
El Burgerlijk Wetboek entró en vigor por primera vez el 1 de octubre de 1838. Su redacción final se vio muy influida por la cambiante historia política de los Países Bajos a finales del siglo XVIII y principios del XIX. Hasta finales del siglo XVIII, las siete provincias de los Países Bajos no formaban un Estado centralizado, sino que estaban unidas en la Confederación de los Países Bajos Unidos. Esto cambió en el transcurso de la Revolución Francesa. En 1795 se fundó la República Bátava y las siete provincias se unieron en un estado centralizado. Junto con la nueva nación, surgió la necesidad de una codificación exhaustiva del derecho. Por ello, el artículo 28 de la Constitución de 1798 instituyó una comisión jurídica para la formulación de un código civil para los Países Bajos. En ese momento, el derecho civil de los Países Bajos consistía en el llamado oud-vaderlands recht, una mezcla del derecho consuetudinario de las distintas provincias y del derecho romano. Aunque nominalmente subsidiario, el derecho romano era de gran importancia para la práctica jurídica, ya que era el derecho que se enseñaba en las universidades (véase Derecho romano-neerlandés). Sin embargo, antes de que la comisión jurídica pudiera presentar un proyecto, la República Bátava se convirtió en el Reino de los Países Bajos bajo el reinado de Luis Bonaparte, hermano de Napoleón Bonaparte, en 1806. Éste continuó el trabajo sobre el código civil y asignó la tarea a Johannes van der Linden, un abogado de Ámsterdam. Van der Linden tenía fama de experto del recht oud-vaderlands. Presentó un borrador, pero, antes de que pudiera convertirse en ley, Napoleón insistió en introducir las leyes francesas en el Reino de los Países Bajos. El 1 de mayo de 1809 entró en vigor el Wet Napoleon ingerigt voor het Koningrijk Holland, una versión ligeramente modificada del Código civil. Aunque el Código civil fue la base principal de la nueva ley, algunos conceptos del borrador de van der Linden encontraron su lugar en el nuevo código. Un ejemplo destacado es la transferencia de propiedad. Mientras que bajo el Código civil, el contrato en sí era suficiente, bajo el Wet Napoleón era necesario un acto separado de transferencia, un requisito que tiene su origen en el derecho romano. Sin embargo, el reinado del Napoleón Húmedo no duró mucho. En 1811, tras la anexión de los Países Bajos, se introdujo el Código civil.

Tras la liberación de 1813, el Código civil se mantuvo por el momento, pero el proceso de codificación continuó. En 1814, Johan Melchior Kemper recibió el encargo de formular un nuevo proyecto. Kemper se concentró en el recht oud-vaderlands. Su intención era desvincular el nuevo Código Civil de los Países Bajos del derecho francés. Sin embargo, cuando finalmente presentó su proyecto en 1816, la situación política había vuelto a cambiar de tal forma que impidió que su proyecto se convirtiera en ley. En el transcurso del Congreso de Viena, los Países Bajos del norte se unieron con los Países Bajos del sur (Bélgica). Los juristas belgas que asistieron a las consultas finales sobre el proyecto de Kemper se opusieron a un proyecto que estaba tan fuertemente influenciado por el derecho de los Países Bajos del norte. Otro proyecto de Kemper, que intentó tener en cuenta estas objeciones y fue presentado en 1820, tampoco obtuvo la mayoría necesaria. Esto se debió, entre otras cosas, a que ahora incluso entre los juristas del norte de los Países Bajos el apoyo al Código civil se había hecho más fuerte. Se creó una nueva comisión de derecho, bajo la presidencia de Pierre Thomas Nicolai, presidente del tribunal de justicia de Lüttich. Nicolai, firme partidario del Código civil, presentó su proyecto en 1829. Sin embargo, antes de que pudiera entrar en vigor, se produjo otro cambio dramático en la situación política: la separación de Bélgica de los Países Bajos en 1830. Los juristas de los Países Bajos, encargados ahora de completar la codificación, se opusieron de nuevo a un proyecto muy influido por el derecho francés. Por lo tanto, no fue hasta 1838 cuando el Burgerlijk Wetboek pudo entrar finalmente en vigor. Mientras tanto, una nueva comisión se había propuesto depurar el borrador de Nicolai de la influencia francesa. Sin embargo, los cambios aplicados al borrador de Nicolai siguieron siendo muy pequeños. Como resultado, el BW que entró en vigor en 1838 seguía basándose en gran medida en el Código civil que había sido la base del trabajo de Nicolai.

b) La reforma legislativa bajo Eduard Maurits Meijers
Desde su entrada en vigor, el BW fue muy criticado tanto por su contenido como por su estructura sistemática. Sin embargo, fracasaron varios intentos de iniciar una amplia reforma legal. A excepción de los contratos de servicios personales, el derecho laboral y el derecho de arrendamiento, sólo se impusieron pequeños cambios al código original. Sin embargo, los cambios en la sociedad y las influencias de otras codificaciones que habían entrado en vigor después del Código civil, como el Bürgerliches Gesetzbuch (BGB) y el Allgemeines Bürgerliches Gesetzbuch (ABGB), se reflejaron en la jurisprudencia de los tribunales neerlandeses. El resultado fue una separación lenta pero constante entre el derecho en la práctica y el derecho escrito tal y como lo establecía el BW. Por ello, en 1947 se encargó a Eduard Maurits Meijers, profesor de derecho de Leiden, la reforma completa del código civil vigente.

Meijers fue uno de los juristas más distinguidos de los Países Bajos. Su bibliografía comprende más de 400 artículos y 800 anotaciones. Además del derecho privado, sus intereses se centraban principalmente en el campo de la historia jurídica. Al principio de su carrera, Meijers ya se había ocupado de la reforma del BW. Por lo tanto, para su trabajo podía basarse en exhaustivos estudios de derecho comparado y en datos empíricos. Su mandato comprendía la tarea de evaluar el derecho en la práctica, sistematizar el derecho existente y adaptarlo a los cambios de la sociedad que se habían producido entretanto. El borrador de Meijers para el nuevo BW preveía nueve libros: Libro 1 Derecho de las Personas y Derecho de Familia; Libro 2 Derecho de Sociedades y Derecho de las Personas Jurídicas; Libro 3 Parte General del Derecho Patrimonial; Libro 4 Sucesiones; Libro 5 Derechos Reales; Libro 6 Parte General del Derecho de Obligaciones; Libro 7 Contratos Específicos; Libro 8 Derecho del Transporte; y Libro 9 Propiedad Intelectual. Además, todo el código debía ir precedido de una introducción que contuviera los principios más importantes del derecho. Meijers presentó un borrador completo para los cuatro primeros libros antes de morir en 1954, dejando sólo borradores preliminares y notas para los cinco libros siguientes.

Tras su muerte, varias comisiones de derecho intentaron terminar su obra. Los problemas de coordinación de los miembros de los distintos grupos y los debates en curso sobre algunos temas jurídicos controvertidos, por ejemplo en el campo del derecho de sucesiones, provocaron -junto con la enorme cantidad de trabajo- un retraso considerable en el proceso de codificación. No obstante, existía una gran demanda de reforma legislativa en algunos ámbitos, como el derecho de familia. Así pues, se decidió que, en lugar de esperar a que se completara todo el código, se promulgaran sus libros en el orden de su finalización. La primera parte del código, el Libro 1, entró en vigor en 1970; los Libros 2 y 8 le siguieron en los años 1976 y 1991, respectivamente, y el 1 de enero de 1992 entró en vigor la mayor parte del nuevo código civil, los Libros 3, 5, 6 y 7. Por lo tanto, el año 1992 se denomina a menudo, aunque de forma ligeramente inexacta, el año de la nueva codificación. Aunque había transcurrido un periodo de tiempo considerable entre los primeros borradores y su promulgación, los Libros 3 y 5 siguen basándose en gran medida en el borrador de Meijers. El último Libro que ha entrado en vigor, hasta el momento, es el Libro 4 el 1 de enero de 2003. Debido a que el ámbito del derecho de propiedad intelectual se ha regulado en gran medida a nivel internacional, los trabajos sobre el Libro 9 quedaron en suspenso. Sin embargo, el Parlamento neerlandés ha adoptado recientemente un Libro 10, que comprende las normas de Derecho internacional privado (DIPr) (véase Staatsblad 2011, 272).

2. Sistema y contenido del nuevo Burgerlijk Wetboek
Los libros 1, 2 y 5 a 8 conservan parcialmente la estructura sistemática del antiguo BW que había sido adoptada del Código civil (persones-res-actiones). El derecho de familia y el derecho de las personas físicas siguen formando el Libro 1 del BW. El derecho de sociedades, es decir, el derecho de las personas jurídicas, encontró su lugar en el Libro 2. Los Libros 5 a 8 regulan el derecho de la propiedad y de las obligaciones. Sin embargo, las normas procesales que formaban el antiguo Libro 4 se han suprimido del Burgerlijk Wetboek y ahora se regulan exclusivamente en el Wetboek van Burgerlijke Rechtsvordering (Código de Enjuiciamiento Civil). El derecho de sucesiones, antes regulado como parte del derecho de la propiedad, forma ahora el Libro 4. El Libro 3 introduce por primera vez una parte general del derecho patrimonial en el derecho de los Países Bajos.

El BW contiene ahora todo el derecho privado sustantivo. Siguiendo el ejemplo del Codice civile y del Código Civil suizo (ZGB), no existe separación entre el derecho mercantil y el derecho privado en general. El antiguo Wetboek van Koophandel (Código de Comercio) se incorporó en gran medida al BW y, como ya se ha mencionado, el derecho de sociedades también encontró su lugar en el BW. Junto con la incorporación del derecho mercantil, se ha establecido un concepto de derecho del consumidor, que comprende un conjunto de normas especiales relativas a las transacciones entre empresas y consumidores. El concepto integrador del Burgerlijk Wetboek supone también la incorporación al BW de las directivas de la UE en el ámbito del derecho privado. La directiva sobre viajes combinados (Dir 1990/314), por ejemplo, constituyó la base de los arts. 7:500 y ss. Las directivas que entraron en vigor después de la promulgación del BW también se han integrado en el BW, por ejemplo, la directiva sobre cláusulas abusivas (Dir 1993/13) en los Arts 6:231 y ss BW, la directiva sobre la venta de bienes de consumo (Dir 1999/44) en los Arts 7:6 y ss BW y la directiva sobre publicidad engañosa (Dir 2006/114) en los Arts 6:194-196 BW.

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Con el nuevo Burgerlijk Wetboek, la importancia de las cláusulas generales de gran alcance ha aumentado considerablemente. Un ejemplo destacado es la extensión del principio de buena fe (redelijkheid en billigheid) a todo el código, por ejemplo en los Arts 3:12, 3:13, 6:2, 6:238, 6:216 BW. El principio de buena fe debe respetarse tanto en el proceso de formación de un contrato como en el curso de su interpretación y complementación. El principio de buena fe también cumple una función restrictiva, y permite al juez incluso apartarse de las normas jurídicas obligatorias si ello es necesario para lograr un resultado justo. El ámbito de aplicación de la noción de buena fe se ha ampliado del derecho de los contratos a todos los demás campos del derecho, como el derecho de familia. El poder discrecional del juez también se ha extendido a otros ámbitos. Según los arts. 3:53, 54 y 6:230 BW, puede limitar las consecuencias de la anulación (art. 3:53(2)), y el art. 6:109 BW le permite reducir la cuantía de los daños.

El derecho de daños (derecho de daños/delitos) también ha experimentado importantes cambios, dando prioridad a los intereses de la parte perjudicada. Junto a una cláusula general sobre la responsabilidad basada en la culpa, se pueden encontrar normas de gran alcance sobre la responsabilidad objetiva, que abarcan la responsabilidad de determinados tipos de personas (niños, auxiliares y agentes), así como de objetos (objetos defectuosos o peligrosos, animales, minas o vertederos). Por otro lado, se remite al causante del daño a la disponibilidad de un seguro de responsabilidad civil.

Otra característica importante del nuevo código civil es la protección de los intereses de (terceros) que actúen de buena fe. En comparación con el BW de 1838, la protección del comprador de bienes a un no propietario se ha ampliado considerablemente, véase el Art 3:86 BW. En cambio, se han reducido las posibilidades de anulación de las declaraciones de voluntad por error.

Otras novedades del nuevo Burgerlijk Wetboek son la introducción de una doctrina general sobre el enriquecimiento injustificado, hasta ahora desconocida en el Derecho privado neerlandés, y la introducción de la gestión de asuntos ajenos sin mandato (negotiorum gestio).

3. Los libros del Burgerlijk Wetboek en detalle
El Libro 1, que contiene disposiciones relativas al derecho de las personas y al derecho de familia, ya ha sido enmendado varias veces desde su promulgación original para adaptarse a los cambios de la sociedad. Dichas enmiendas también han tenido en cuenta las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que se ha mostrado especialmente activo en el ámbito del derecho de familia en los últimos años. Se han reforzado los derechos de los hijos ilegítimos, así como los de las mujeres. Los Países Bajos fueron uno de los primeros países en introducir la posibilidad de una unión registrada tanto para parejas homosexuales como heterosexuales. Desde 2001, el matrimonio también está abierto a las parejas homosexuales. El Libro 2 contiene disposiciones generales relativas al derecho de las personas jurídicas y al derecho de sociedades en general, así como disposiciones relativas a las diferentes formas de personas jurídicas: asociaciones, cooperativas y mutualidades, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y fundaciones.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Con el Libro 3, se ha introducido en el Burgerlijk Wetboek una parte general sobre derecho patrimonial. Comprende disposiciones generales relativas a los negocios jurídicos, la representación y sobre la ejecución de los derechos. El Libro 3 también regula la adquisición y la pérdida de bienes, la posesión y la detención, la administración fiduciaria de bienes ajenos, el usufructo y los derechos de prenda e hipoteca. Estas disposiciones son aplicables independientemente del tipo de propiedad de que se trate. Se aplican tanto a los objetos físicos como a los derechos. El Libro 5 aborda los derechos reales. Contiene disposiciones que se refieren exclusivamente a los objetos físicos (bienes muebles e inmuebles), como los derechos de piso, los derechos de vecindad, las servidumbres, el arrendamiento y el derecho de superficie.

El derecho de sucesiones no sólo se trasladó a un libro aparte, el Libro 4, sino que también sufrió cambios considerables, especialmente en lo relativo a las normas de sucesión intestada. Los derechos del cónyuge superviviente se ampliaron considerablemente. En consonancia con la tradición jurídica continental, el BW sigue reconociendo una porción obligatoria a los hijos desheredados, pero sus derechos se han reducido de herederos forzosos a una mera reclamación monetaria.

El Libro 6 contiene una parte general del derecho de obligaciones; en él encontramos, entre otras cosas, las normas sobre formación de contratos, cláusulas contractuales tipo, cumplimiento de contratos, derecho de daños, enriquecimiento injusto y negotiorum gestio. El derecho de los contratos específicos se establece en el Libro 7. Dado que aún no se han reformado todos los tipos de contratos, el Libro 7A aún contiene las disposiciones del antiguo código, por ejemplo, sobre las ventas a plazos, las asociaciones, los préstamos de uso y para bienes fungibles, las rentas vitalicias o perpetuas y los contratos de azar.

De acuerdo con el concepto de un código uniforme, el derecho de transporte ha sido eliminado del Wetboek van Koophandel para formar el nuevo Libro 8 del BW. En gran medida, sus disposiciones aplican los tratados internacionales en ese ámbito.

El nuevo Libro 10 contendrá por primera vez una codificación completa de las normas de derecho internacional privado. Hasta ahora, el Derecho internacional privado neerlandés se rige por una serie de estatutos, convenios internacionales y decisiones del Alto Tribunal. El Libro 10 consta de 15 capítulos, que contienen una parte general y el Derecho internacional privado de los nombres, el matrimonio, las parejas de hecho registradas, la filiación, la adopción y otras áreas del Derecho de familia, así como el Derecho de sociedades, la agencia, el Derecho de propiedad, el fideicomiso, la sucesión, el Derecho de obligaciones (contractuales y extracontractuales) y el Derecho marítimo y del transporte aéreo.

4. El Burgerlijk Wetboek en el contexto de las codificaciones europeas de derecho privado
El BW que entró en vigor en 1838 no era en gran medida más que una traducción del Código civil. Después de todo, el proyecto Nicolai, que había constituido su base, había copiado muchas partes del Code civil francés. En consecuencia, la jurisprudencia neerlandesa del siglo XIX también se situaba en la tradición del derecho francés. En algunos ámbitos, las normas se interpretaban incluso de forma más estricta que en la madre patria, Francia. Mientras que, por ejemplo, el artículo 1384 del derecho francés evolucionó hacia una cláusula general de responsabilidad objetiva, su homólogo en el BW no sufrió esta transición. Lo mismo ocurre con la ley del enriquecimiento injustificado. Mientras que en Francia los tribunales desarrollaron una doctrina general del enriquecimiento injustificado, la jurisprudencia neerlandesa se mostró reacia a seguir su ejemplo. A pesar de algunas diferencias del BW y del Code civil, especialmente en los ámbitos del derecho de familia y del derecho de sucesiones que tenían sus raíces en el oud-vaderlands recht, el derecho privado de los Países Bajos formaba parte, por tanto, de la familia jurídica francesa.

Sin embargo, ya a finales del siglo XIX, las influencias de otros sistemas jurídicos se hicieron más fuertes. Las nuevas codificaciones de Alemania (BGB) y Suiza (ZGB) despertaron el interés de la jurisprudencia neerlandesa. A partir de principios del siglo XX, se puede distinguir claramente una influencia creciente de la jurisprudencia alemana en las sentencias de los tribunales neerlandeses. Esto es especialmente cierto en el caso del derecho de daños, donde, por ejemplo, se recibió la noción alemana del “ámbito de protección” (Normzwecklehre). El artículo 2014 BW se desarrolló, bajo influencia alemana (§ 932 BGB), en una norma general de adquisición de buena fe. El nuevo BW codificó estos desarrollos (por ejemplo, el art. 6:163 BW). Los trabajos preliminares de Meijers también estuvieron muy influidos por la jurisprudencia alemana, especialmente por el pandectismo, es decir, la doctrina del derecho privado del siglo XIX basada en el derecho romano. Si se observan los estudios comparativos de Meijers que sirvieron de base para sus borradores, se encuentran más referencias al derecho alemán y suizo que al francés o italiano.

La influencia del pandectismo y del derecho alemán también se hace visible en el esquema del nuevo BW. En efecto, la parte general del derecho patrimonial del Libro 3 puede remontarse a la parte general del BGB. Aunque el Libro 3 se limita a los derechos patrimoniales y no se refiere al derecho de familia ni al derecho de sucesiones, como ocurre en el BGB, las disposiciones de referencia (schakelbepalingen) amplían el ámbito de aplicación de muchas de sus normas (por ejemplo, sobre representación, error y prescripción) a otras áreas del derecho. Esta técnica también se emplea en el ZGB suizo (art. 7), el art. 1324 del Codice civile y el art. 876 del ABGB. Otro ejemplo destacado del Derecho alemán que se ha colado en el BW es el Derecho de cláusulas contractuales tipo, que se ha copiado casi palabra por palabra de la antigua Ley alemana de cláusulas contractuales tipo (AGBG).

Aunque el derecho privado neerlandés, en principio, se mantiene en la tradición de los sistemas civiles continentales, también hay rastros de una influencia del common law angloamericano. Así, el nuevo código deja un margen considerable a la discrecionalidad judicial que, sin embargo, también está en consonancia con la evolución de la jurisprudencia neerlandesa desde principios del siglo XX. En la ley del error encontramos cierta influencia de las doctrinas inglesas de la influencia indebida (Art 3:44 BW) y la tergiversación (Art 6:228 BW). También se ha recibido la noción de incumplimiento anticipado (Art 6:80 BW), y las disposiciones sobre responsabilidad vicaria tienen mucho en común con su equivalente inglés.

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Por último, el Burgerlijk Wetboek también ha tenido en cuenta la evolución de los recientes proyectos de armonización europeos e internacionales. El nuevo derecho de compraventa, por ejemplo, se ha inspirado en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

Por tanto, el Burgerlijk Wetboek se ha separado claramente de sus raíces francesas. Sin embargo, no puede adscribirse a otra de las familias tradicionales del derecho. Una gran cantidad de doctrinas jurídicas alemanas se han introducido en el BW, pero también se han adoptado muchas nociones de otros sistemas jurídicos y de proyectos de unificación internacional. Por último, pero no por ello menos importante, la separación del sistema francés no es completa. Las raíces francesas siguen siendo claramente perceptibles.

Por ello, el Burgerlijk Wetboek ha sido descrito como una manifestación de un nuevo ius commune europeo. Se trata de una codificación única, resultado de una exhaustiva investigación comparativa y de la adopción del “mejor” derecho de muchos sistemas jurídicos diferentes. El amplio debate sobre las numerosas doctrinas jurídicas disponibles ha dado como resultado una de las codificaciones más modernas de Europa. A su vez, el BW se ha convertido ya en un modelo para los proyectos de unificación a nivel europeo (Código Civil Europeo) y para otras codificaciones. Gracias a los asesores neerlandeses, el Burgerlijk Wetboek ha influido considerablemente en el nuevo Código Civil ruso y en el código modelo de la Comunidad de Estados Independientes (CEI).

Revisor de hechos: Schmidt

▷Derecho Comparado y Códigos de los Sistemas de Derecho Civil

Derecho Comparado y Códigos de los Sistemas de Derecho Civil

El derecho comparado es un tema habitual de investigación y enseñanza en muchas universidades de todo el mundo, y el siglo XXI ha sido calificado acertadamente como “la era del derecho comparado”. Este recurso ofrece un estudio crítico amplio y diverso del derecho comparado a principios del siglo XXI. Resume y evalúa una disciplina consagrada por el tiempo pero no fácilmente comprensible en todas sus dimensiones. En la actual era de la globalización, esta disciplina es más relevante que nunca, tanto en el plano académico como en el práctico. En resumen, este recurso presenta una perspectiva verdaderamente global del derecho comparado en la actualidad, incluyendo a Códigos de los Sistemas de Derecho Civil.
Se divide en varias secciones principales:

Por Países

Se examina cómo se ha desarrollado el derecho comparado y en qué situación se encuentra actualmente en diversas partes del mundo. Esto incluye no sólo las jurisdicciones modelo tradicionales, como Francia, Alemania y Estados Unidos, sino también otras regiones como Europa del Este, Asia Oriental y América Latina.

▷Métodos del Derecho Comparado y Códigos de los Sistemas de Derecho Civil

Métodos y Objetivos

Se analiza los principales enfoques del derecho comparado: sus métodos, objetivos y su relación con otros campos, como la historia jurídica, la economía y la lingüística. Derecho extranjero Derecho supranacional Derecho transnacional Historia del sistema de derecho civil Comparación jurídica Comparatismo jurídico Método comparativo Legislación comparada Pluralismo jurídico Justicia penal comparada Lista de sistemas jurídicos nacionales Estado de derecho Derecho religioso comparado Jurisprudencia etnológica Métodos de derecho comparado Familias jurídicas Comparaciones geográficas del derecho Temas centrales del derecho comparado Derecho comparado más allá del Estado Análisis económico del derecho Familias jurídicas comparadas Tradiciones jurídicas comparadas Trasplantes jurídicos Sistemas jurídicos mixtos Sistemas jurídicos nacionales Europeización del Derecho Privado

Áreas Temáticas

Se aborda la situación de los estudios comparados en más de una docena de áreas temáticas, incluidas las principales categorías del derecho privado, económico, público y penal: Derecho agrario comparado Derecho civil comparado Derecho constitucional comparado Derecho laboral comparado Derecho eclesiástico comparado Derecho parlamentario comparado Derecho penal comparado Derecho privado comparado Derecho procesal comparado Derecho público comparado Derecho contractual comparado Derecho de compraventa comparado Enriquecimiento injustificado en perspectiva comparada Derecho comparado de daños Derecho comparado de la propiedad Derecho comparado de sucesiones Derecho de familia comparado Derecho de sociedades comparado Derecho Comparado de la Competencia Derecho Comparado de los Derechos Humanos Derecho Administrativo Comparado Procedimiento Civil Comparado
Hay más información sobre derecho comparado y Códigos de los Sistemas de Derecho Civil:
▷Derecho Comparado y Códigos de los Sistemas de Derecho Civil

Derecho Constitucional Comparado

Derecho Constitucional Comparado General

Incluye los siguientes temas:
  • Libertad religiosa en el Estado liberal
  • Libertad de expresión en el Derecho Constitucional Comparado
  • Cultura en el Derecho Constitucional Comparado
  • Religión en el Derecho Constitucional Comparado
  • Constitucionalismo comparado
  • Interpretación de las Constituciones
  • Constitucionalismo tribal
  • Democracia constitucional en crisis
  • El Renacimiento del Derecho Constitucional Comparado
  • Enmiendas constitucionales inconstitucionales

Ideas

Incluye los siguientes temas:
  • Constituciones y constitucionalismo
  • Constituciones del mundo
  • Estado de Derecho
  • Democracia
  • Concepciones del Estado
  • Derechos y libertades como conceptos
  • Las constituciones y la división público/privado
  • Neutralidad del Estado
  • La Constitución y la justicia
  • Soberanía
  • La dignidad humana en los ordenamientos constitucionales modernos
  • Autonomía humana en los ordenamientos constitucionales modernos
  • El género en las constituciones

Proceso Constitucional

Incluye los siguientes temas:
  • El proceso constituyente
  • Sustancia de la elaboración de la Constitución
  • Estados de excepción
  • Poderes de guerra
  • Secesión
  • Autodeterminación
  • Referéndum
  • Elecciones

Arquitectura

Incluye los siguientes temas:
  • Estructuración horizontal de la Constitución
  • Teoría del federalismo
  • Derecho del federalismo
  • Política del federalismo
  • Ordenación interna en el Estado unitario
  • Presidencialismo
  • Parlamentarismo
  • El Estado regulador

Significados

Incluye los siguientes temas:
  • Interpretación constitucional
  • Proporcionalidad
  • Identidad constitucional
  • Valores constitucionales
  • Principios constitucionales

Instituciones

Incluye los siguientes temas:
  • Garantizar la eficacia constitucional
  • Tribunales constitucionales
  • La independencia judicial como virtud constitucional
  • El Poder Judicial
  • Los partidos políticos en la Constitución

Derechos

Incluye los siguientes temas:
  • Libertad de expresión
  • Libertad de Religión
  • El Debido Proceso
  • Derechos Asociativos (Los Derechos a las Libertades de Petición, Reunión y Asociación)
  • Privacidad
  • Igualdad
  • Ciudadanía
  • Derechos socioeconómicos
  • Derechos Económicos

Derechos superpuestos

Incluye los siguientes temas:
  • La constitucionalización del aborto
  • La orientación sexual en el derecho constitucional comparado
  • Los derechos de grupo en el derecho constitucional comparado
  • Acción afirmativa
  • La bioética en el Derecho Constitucional
  • Los derechos fundamentales en el Derecho Constitucional

Derecho Constitucional Comparado por Regiones

África

Incluye los siguientes temas:
  • Adjudicación constitucional en África
  • Separación de poderes en el constitucionalismo africano

América

Incluye los siguientes temas:
  • Derecho Constitucional en Norteamérica
  • Constitucionalismo latinoamericano y su evolución
  • Derecho Constitucional en Sudamérica

Asia

Incluye los siguientes temas:
  • Los derechos de las minorías en Asia
  • Conflictos constitucionales en Asia

Europa

Incluye los siguientes temas:
  • La justicia constitucional europea
  • Impacto del CEDH en los sistemas jurídicos nacionales
  • Constitucionalismo en Europa
  • Historia constitucional europea

Oriente Próximo

Incluye los siguientes temas:
  • Derechos de las minorías en Oriente Medio
  • Constitucionalismo en los países islámicos

Oceanía

Incluye los siguientes temas:
  • Los derechos de las minorías en la región del Pacífico
  • Constitucionalismo en Oceanía

Recursos

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En Inglés

Véase También

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8 comentarios en «Códigos de los Sistemas de Derecho Civil»

  1. Traducciones: Como mencioné anteriormente en otro comentario, puede localizar los códigos civiles traducidos a diferentes idiomas utilizando WIPO Lex. La Guía de Derecho Extranjero y GlobaLex también incluyen una lista de traducciones (generalmente en inglés). Los catálogos de las bibliotecas tendrán traducciones. También puede realizar búsquedas de traducciones en Google, utilizando el idioma en el que desea que se traduzca el código civil, y el nombre del país o el adjetivo suelen ser la solución. Es posible que alguien ya haya citado una traducción, por lo que puede realizar búsquedas de texto completo en las bases de datos de revistas o libros. Mis favoritos son Westlaw, HeinOnline, JSTOR, Google Books, HathiTrust y Gallica. Pero, si sé que estoy buscando un código civil en traducción al español, busco citas o textos en fuentes de texto completo en línea en español o castellano. A veces hay traducciones extrañas en una base de datos, como, por ejemplo, el Código Civil Mexicano Anotado (Jorge A. Vargas trans.) está en línea en Westlaw. Finalmente, en caso de duda o si todo lo demás falla, ¡pregúntele a un bibliotecario de derecho extranjero o a un especialista en derecho extranjero!

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  2. La FLG fue originalmente llamada Ley Extranjera: Fuentes Actuales de Códigos y Legislación Básica para las Jurisdicciones del Mundo, por lo que es una herramienta especialmente diseñada para este fin de investigación.

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