Escuelas Jurídicas Islámicas
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Escuelas legales
El término árabe para la escuela legal es madhhab (plural madhahib), que significa camino o senda (tariqa). También se utiliza para significar una doctrina o creencia (muʿtaqad). La historia de las escuelas jurídicas se remonta a los primeros esfuerzos por comprender y aplicar el shariʿa, que representa el conjunto de la ley revelada del islam. Shariʿa se basa en las dos fuentes fundamentales del Islam: Qurʾan y la tradición profética, o sunna, que comprende las declaraciones, acciones y aprobaciones tácitas del Profeta. Los esfuerzos por comprender la shariʿa, tal como se elaboran en la ciencia del fiqh (que literalmente significa “comprensión”), tienen por objeto enunciar normas prácticas sobre la base de las directrices morales y jurídicas generales de la shariʿa. La distinción entre shariʿa y el fiqh es bastante significativa, especialmente porque ambos se suelen mezclar bajo términos ingleses comunes, como la ley o la jurisprudencia islámicas. También hay que hacer otra distinción importante entre el fiqh como ciencia del derecho sustantivo real y el usul al-fiqh como ciencia de la metodología jurídica, que en ocasiones se traduce también como derecho islámico.
Detalles
Las escuelas jurídicas denotan diferentes enfoques para el desarrollo del fiqh, especialmente los desarrollados por distinguidos estudiosos que, sobre la base de métodos distintivos, pudieron elaborar un amplio cuerpo de literatura que abarca el amplio alcance de shariʿa y que, con el tiempo, fueron reconocidos como los fundadores y epónimos de estas escuelas particulares. La distinción entre shariʿa y fiqh también es útil para explicar la diversidad y el pluralismo en la tradición jurídica islámica. Si bien todas las escuelas comparten una creencia común en un shariʿa ideal y divino, no están de acuerdo en su correcta comprensión y articulación en la forma de las reglas construidas, o ahkam (hukm singular), en la disciplina del fiqh. Esta diversidad y pluralismo se ha visto tradicionalmente de forma positiva y se ha reconocido como un signo de la misericordia divina porque permite una gran flexibilidad y capacidad de ajuste.
En la erudición occidental, el debate gira en torno a la evolución y el desarrollo temprano de las escuelas de derecho, en particular en los siglos VIII y IX de la era cristiana. Se pueden distinguir dos puntos de vista principales. La primera, promovida por Joseph Schacht, remonta el surgimiento de las conocidas escuelas jurídicas a las primeras actividades académicas en importantes centros regionales de Iraq, el Hiyaz y Siria, como La Meca, Medina, Basora y Kufa, que fueron testigos del surgimiento de lo que él denomina “antiguas escuelas de derecho” durante el siglo VIII de nuestra era. Según este punto de vista, fue la práctica jurídica en estos centros regionales en general, y en los de Iraq en particular, más que los principios jurídicos normativos, lo que dio forma e influyó en las doctrinas jurídicas de estas antiguas escuelas antes del surgimiento y desarrollo de las posteriores escuelas personales (Schacht 1964).
Pormenores
Por el contrario, Wael B. Hallaq argumenta que las escuelas jurídicas siempre han sido personales en el sentido de que comenzaron y se desarrollaron en términos de asociación con las doctrinas jurídicas de determinados juristas prominentes. Para Hallaq, las referencias en las fuentes a la ubicación geográfica de las primeras escuelas no denotan necesariamente ninguna implicación doctrinal. Simplemente se refieren a los lugares en los que estos investigadores académicos vivieron y desarrollaron sus obras. Según el primer punto de vista, las escuelas jurídicas sufrieron una importante transformación de escuelas regionales a escuelas personales. Según la segunda, la mayor transformación, a largo plazo, fue de las escuelas personales a las doctrinales (Hallaq 2001) (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Algunos estudiosos tratan de conciliar estas dos opiniones haciendo hincapié en los elementos compartidos de estas dos opiniones y sugiriendo una síntesis que combina la tesis de Schacht (y otras siguiendo su paradigma, como Christopher Melchert [1997]) por un lado, y la antítesis de Hallaq por el otro. Según esta visión sintética, además de los rasgos distintivos de cada punto de vista, ambos subrayan la capacidad de las escuelas jurídicas de éxito para equilibrar los elementos racionales y tradicionalistas en sus metodologías.
Otros Elementos
Además, el éxito de esas escuelas jurídicas se debió en gran medida a los esfuerzos sostenidos no sólo de los fundadores reconocidos, sino también de sus seguidores inmediatos y extendidos (Powers 2014).
La escuela jurídica (madhhab) es uno de los rasgos distintivos de la tradición jurídica islámica.
Puntualización
Sin embargo, la importancia histórica de esta institución no se limita a la tradición jurídica porque sus dimensiones doctrinales y sociales revelan el papel central que ha desempeñado en el curso de la historia intelectual islámica. El desarrollo temprano de la escuela jurídica puede atribuirse al ejercicio del pensamiento jurídico independiente, que se asocia con términos como ifta’ e ijtihad. Durante su vida, el profeta Mahoma, como receptor de la revelación divina, representó la máxima autoridad y fuente de orientación en todos los asuntos a los que se enfrentaba la naciente comunidad musulmana (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Aunque consultó con sus compañeros sobre cuestiones relativas a los asuntos mundanos, los asuntos religiosos se decidían exclusivamente sobre la base de la inspiración divina.
Después de la muerte del Profeta en 11/632, sus Compañeros sirvieron como maestros del código legal y moral del Islam. Un pequeño número de los compañeros fueron reconocidos por sus profundos conocimientos en materia de derecho y legislación, y sus opiniones se transmitieron a las generaciones siguientes. Entre este grupo destacan las siguientes figuras: el segundo califa, ʿUmar ibn al-Khattab (m. 23/644); el cuarto califa, ʿAli ibn Abi Talib (m. 41/661); ʿAbdallah ibn Masʿud (m. 32/652); ʿAʾisha (m. 58/678), la esposa del Profeta; Zayd ibn Thabit (m. 45/665);
ʿAbdallah ibn ʿAbbas (d. 68/687); y ʿAbdallah ibn ʿUmar (d. 73/693). Según el jurista hanbali Ibn Qayyim al-Jawziyya (m. 751/1350), el número total de compañeros cuyos dictámenes jurídicos se documentaron es de unos 130. El número de opiniones atribuidas a cada uno de ellos varía desde una sola opinión hasta un considerable cuerpo de literatura, como es el caso de las figuras prominentes mencionadas anteriormente (Ibn Qayyim al-Jawziyya 2002).
Cuando los Compañeros comenzaron a viajar fuera de Medina, también transmitieron sus conocimientos sobre shariʿa a sus discípulos en las diferentes regiones. Durante este primer período algunas ciudades ganaron considerable fama como importantes centros de instrucción y educación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Entre ellas se encuentran las dos ciudades de La Meca y Medina en el Hiyaz y las dos ciudades de Basora y Kufa en Irak. Según las fuentes tradicionales, el conocimiento transmitido en estos centros puede ser rastreado a un número de prominentes compañeros. Por ejemplo, el conocimiento de Medina se remonta a los dos Compañeros Zayd ibn Thabit y ʿAbdallah ibn ʿUmar; el conocimiento de La Meca se remonta a ʿAbdallah ibn ʿAbbas; y el conocimiento del Iraq se remonta a ʿAbdallah ibn Masʿud (Ibn Qayyim al-Jawziyya 2002).Entre las Líneas En cuanto a la metodología, los investigadores académicos del Hijaz pasaron a ser conocidos como los tradicionalistas (ahl al-hadith) por su énfasis en la recopilación y verificación de las tradiciones proféticas. Los investigadores académicos del Iraq, en cambio, se conocieron como los racionalistas (ahl al-ray, que significa literalmente “gente de opinión”) por su énfasis en el razonamiento independiente. Mientras que los centros del Hijaz e Irak siguieron siendo importantes para el aprendizaje y la educación religiosa, otras ciudades de Siria, Egipto, Yemen, Transoxiana, África del Norte y Andalucía emergieron gradualmente y compitieron con los primeros centros del Hijaz e Irak.
Las primeras escuelas jurídicas surgieron independientemente de la autoridad política de los círculos de estudio informales de prominentes figuras eruditas. Con el tiempo, las escuelas jurídicas desarrollaron vínculos con la autoridad política principalmente a través de instituciones como la judicatura, así como varios otros tipos de cargos políticos. Con el desarrollo de las instituciones educativas oficiales, especialmente las facultades de derecho (madrasas), la escuela de derecho se consolidó aún más y adquirió una identidad más corporativa (Makdisi 1981).
Por mucho que el surgimiento y la evolución de la escuela jurídica se asociara al ejercicio del ijtihad, su desarrollo histórico y su transformación sucesiva siguieron vinculados a este concepto fundamental en la tradición jurídica islámica. Después del primer período de formación y tras la consolidación de las principales escuelas jurídicas, el ejercicio del ijtihad siguió influyendo en el desarrollo posterior de estas escuelas (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). A su debido tiempo, el ejercicio del ijtihad en sí mismo se había concebido en gran medida en el marco de la escuela jurídica establecida. Como el rango de un muyahid absoluto -un jurista que puede ejercer un razonamiento jurídico original e independiente en todas las esferas del derecho- se hizo prácticamente inviable, la forma definitiva de ijtihad se emprendió dentro de los límites de una sola escuela jurídica (muyahid fi al-madhhab). Con el tiempo, como señala Ibn Jaldún (d. 808/1406) en su famosa Muqaddima, el paradigma (un conjunto de principios, doctrinas y teorías relacionadas que ayudan a estructurar el proceso de investigación intelectual) dominante del pensamiento y la práctica jurídicos en el mundo musulmán se había caracterizado en gran medida por la imitación o el seguimiento (taqlid) de una de las escuelas jurídicas reconocidas (Ibn Jaldún 1967).
Puntualización
Sin embargo, este paradigma (un conjunto de principios, doctrinas y teorías relacionadas que ayudan a estructurar el proceso de investigación intelectual) de taqlid fue impugnado ocasionalmente por varios juristas prominentes, como señala Jalal al-Din al-Suyuti (m. 911/1505) en su tratado sobre este tema (al-Suyuti [1988]). Como revelan los estudios recientes, aparte de estas reivindicaciones individuales y dispares del derecho a la ijtihad por parte de varios juristas de alto rango, la práctica de la taqlida no estaba totalmente desprovista de ingenio y pensamiento original (Hallaq 1984). La continua potencia y prominencia del ijtihad se ha sostenido por su incorporación a la teoría jurídica dominante. Esto queda ilustrado por el hecho de que los manuales estándar de usul al-fiqh suelen incluir una sección considerable sobre la ijtihad y sus directrices, que a menudo se enmarca a la luz de una presunta estructura basada en el madhhab (Weiss 2005).
LAS PRINCIPALES ESCUELAS Y SU METODOLOGÍA
De las muchas escuelas que se conocieron durante el período formativo del Islam que abarcó sus tres primeros siglos, sólo unas pocas pudieron sobrevivir y desarrollarse como instituciones legales de pleno derecho. Se estima que alrededor de 500 escuelas legales habían desaparecido a principios del siglo IX EC, y el número continuó disminuyendo hasta llegar a cuatro escuelas principales. Llamadas así por sus epónimos fundacionales, son las escuelas de Abu Hanifa (m. 150/767), Malik ibn Anas (m. 179/795), Muhammad ibn Idris al-Shafiʿi (m. 204/820), e Ibn Hanbal (m. 241/855). La historia de estas destacadas escuelas jurídicas durante el período de formación suele remontarse a las dos primeras escuelas regionales: los tradicionalistas en el Hiyaz y los racionalistas en el Iraq. Las fuentes concuerdan en que la primera se conservó en la escuela Maliki de Malik ibn Anas, mientras que la segunda se conservó en la escuela Hanafi, tal como la desarrollaron Abu Hanifa y varios de sus discípulos y seguidores, como Abu Yusuf (m. 182/798) y Muhammad al-Shaybani (m. 189/804). Mientras tanto, si bien la escuela Shafiʿi se identifica tanto con los tradicionalistas como con los racionalistas, la escuela Hanbali está clasificada como una escuela legal que surgió de la primera escuela ahl al-hadith, como la escuela Maliki, o como una escuela puramente tradicionalista que no adquirió una identidad legal, al menos durante su primer período de formación (Shahrastānī 1984; Makdisi 1981).
Aparte de varias escuelas desaparecidas y de minorías, como las que llevan el nombre de Muhammad ibn Jarir al-Tabari (m. 310/923), al-Awzaʿi (m. 157/774), Sufyan al-Thawri (m. 161/777) y al-Layth ibn Sapd (m. 175/791), así como la escuela literaria (Zahiri) de Dawud ibn ʿAli al-Isfahani (m. 270/883) y su posterior seguidor Ibn Hazm (m. 456/1064), las cuatro escuelas de Abu Hanifa, Malik, al-Shafiʿi, e Ibn Hanbal han seguido siendo las escuelas jurídicas dominantes en el mundo sunita del Islam. La consolidación constante y acumulativa de estas cuatro escuelas en el mundo sunita culminó hacia finales del siglo XIII de la era común cuando el nombramiento para el cargo de juez, tanto en Bagdad como en El Cairo, se limitó a los adherentes de estas escuelas (Makdisi 1981).
Varios factores metodológicos e históricos contribuyeron a la supervivencia de estas cuatro escuelas. Entre estos factores se encuentra la capacidad de estas escuelas, en sus fases de madurez, para lograr un equilibrio entre las formas extremas de literalidad y racionalismo, que Hallaq (2009) describe como la gran síntesis racionalista-tradicionalista. También incluyen la capacidad de estas escuelas para inspirar y movilizar a las sucesivas generaciones de discípulos y seguidores con un firme compromiso con el cuerpo sistemático y exhaustivo de derecho sustantivo (fiqh) que formularon las figuras fundadoras de estas escuelas. Estas generaciones sucesivas de investigadores académicos desempeñaron un papel fundamental en el desarrollo del carácter doctrinal de las escuelas supervivientes (Hallaq 2009). Sus comentarios, además de los diversos tipos de géneros jurídicos que desarrollaron, aseguraron la continua vigencia y adaptabilidad del corpus jurídico de sus escuelas. Esos esfuerzos habían contribuido, a su vez, a la cristalización de un carácter y una identidad distintos para cada una de las escuelas. Con el surgimiento y la expansión de las facultades de derecho en todo el mundo musulmán, con la ayuda de un importante apoyo de donaciones caritativas (awqaf), los planes de estudio estándar que incorporaban textos jurídicos captaron y representaron la evolución de las doctrinas de estas escuelas. Esta evolución ha quedado subsumida en toda la gama de significados que el término madhhab adquirió con el tiempo, que incluyen no sólo la doctrina jurídica de una escuela sobre una cuestión particular sino también la opinión ponderada de un destacado jurista que se considera autorizado dentro de su escuela.
Puntualización
Sin embargo, el sentido más amplio del término denota la dimensión corporativa de la institución, que incluye a todos los juristas que siguen la doctrina jurídica colectiva de una escuela que tiene sus raíces en una reconocida figura fundadora (Hallaq 2009).
Escuela Hanafi.Entre las Líneas En la tradición suní (véase más sobre los suníes o sunitas islámicos, las Escuelas de Derecho Sunnī (y las extintas), y las diferencias entre suníes y chiíes (o chiitas); pues el sunismo y el chiismo son dos ramas del Islam),
la escuela Hanafi fue la más antigua de las cuatro escuelas que sobrevivieron y se la considera, como ya se ha señalado, la principal heredera de la primera escuela de ahl al-raʾy en el Iraq (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Abu Hanifa creció en el seno de una familia conocida por su participación en el comercio, pero también desarrolló diversos intereses académicos, que se inspiraron en la vibrante atmósfera intelectual de Kufa, donde nació (en 80/699) y pasó la mayor parte de su vida. Tras su participación inicial en los debates teológicos contemporáneos, pronto dedicó sus energías al estudio del derecho sustantivo (fiqh) bajo la dirección de su principal maestro, Hammad ibn Abi Sulayman (m. 120/738), con quien estudió durante dieciocho años hasta la muerte de éste. Ibn Abi Sulayman remonta sus conocimientos a los dos Compañeros ʿAbdallah ibn ʿUmar y ʿAli ibn Abi Talib a través de varios sucesores prominentes, como Ibrahim al-Nakhaʿi (d. c. 95/713), ʿAlqama ibn Qays (d. 62/681), y al-Shaʿbi (d. después del 100/718) (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Abu Hanifa asumió el cargo de Ibn Abi Sulayman en su círculo de estudios a la edad de cuarenta años, utilizando sus dones individuales, los conocimientos que había acumulado a lo largo de los años y también sus diversas experiencias de la vida real en general y en las transacciones comerciales en particular, ya que seguía ganándose la vida mediante la participación directa en el comercio.
En lo que respecta a la metodología, Abu Hanifa se basó en el rico legado racional de la escuela de Iraq, que se manifiesta en su uso de la analogía (qiyas) y la preferencia jurídica (istihsan). También es evidente en su relación con sus discípulos inmediatos, que se caracterizó por el diálogo y el debate libres (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Abu Hanifa no dejó grandes obras escritas, excepto varios tratados sobre temas teológicos o de ética general. Su pensamiento jurídico fue captado y documentado por sus estudiantes, especialmente Abu Yusuf y al-Shaybani, que llegaron a ser conocidos como los dos compañeros. El corpus jurídico de la escuela de Hanafi se basa en las obras fundamentales de estos dos juristas, en particular los seis libros, conocidos como zahir al-riwaya, que fueron compuestos por al-Shaybani. La escuela de Hanafi ha seguido siendo influyente tanto en lo que respecta al número de seguidores como a la distribución geográfica. Esto ha sido en gran medida el resultado de la adopción de su doctrina en todo el califato abasí y más tarde durante el Imperio Otomano. La escuela de Hanafi fue la escuela oficial en todas las zonas que estuvieron bajo la influencia de estas dos dinastías, y en muchos casos también sobrevivió a su reinado político (Ibn Jaldún 1967; Abū Zahrah [1963?]).
Escuela Maliki. La escuela Maliki se remonta a su figura fundadora, Malik ibn Anas (m. 179/795), conocido como el Imán de Medina (o el Imán de la Morada de la Emigración), donde nació (en 93/711) de ascendencia yemenita y donde también pasó la mayor parte de su vida. Creció en una familia culta conocida por su participación en la transmisión de informes proféticos, incluyendo el trabajo de su hermano, padre y abuelo. Malik estudió con más de 100 eruditos, incluidos algunos de los más destacados investigadores académicos de Medina, como Rabiʿa (m. 136/753), quien, a diferencia de la mayoría de los investigadores académicos de Medina, era conocido por su tendencia al racionalismo; ʿAbd al-Rahman ibn Hurmuz (m. 117/735), con quien Malik estudió durante trece años; Nafiʿ (m. 117/735), el esclavo liberado del Compañero ʿAbdallah ibn ʿUmar; e Ibn Shihab al-Zuhri (m. 124/741), el transmisor de Saʿid ibn al-Musayyab (m. 94/712) y muchos otros sucesores.
En cuanto a la metodología, las fuentes clásicas indican que la jurisprudencia de Malik combina los enfoques racionalista y tradicionalista, aunque se le conoce por desalentar las cuestiones presuntas o hipotéticas, a diferencia de los juristas del Iraq. Uno de los rasgos distintivos del método jurisprudencial de Malik es su confianza en la práctica (ʿamal) del pueblo de Medina, derivada de su importancia histórica y simbólica como lugar donde el Profeta pasó los últimos diez años de su vida y donde shariʿa se aplicó en la naciente comunidad musulmana. Para él, una práctica establecida entre los habitantes de Medina debe estar enraizada en el ejemplo del Profeta, ya sea explícita o implícitamente por medio de la aprobación tácita. La principal obra existente de Malik, al-Muwatta’, que se describe como el libro más auténtico después del Qurʾan, se considera no sólo el texto principal de la escuela de Maliki sino la primera documentación sistemática de la sunna del Profeta. Consiste en informes proféticos así como informes de los Compañeros y los sucesores, clasificados según temas legales generales. Representa su doctrina legal y opiniones sobre la base de informes proféticos auténticos y las opiniones de los prominentes Compañeros y Sucesores.
La escuela de Maliki creció con el tiempo a medida que se extendía fuera de Arabia, en particular en Egipto, el norte de África y Andalucía. Con esta expansión, la atención inicial prestada a la práctica de los habitantes de Medina se desarrolló aún más para acomodar las necesidades emergentes sobre la base de las costumbres comunes en las regiones donde la doctrina jurídica de la escuela estaba en práctica. Esto, a su vez, reforzó el carácter dinámico de la escuela y le permitió ajustarse a las circunstancias cambiantes de tiempo y lugar (Ibn Jaldún 1967; Abū Zahrah [1963?]).
Shafiʿi Escuela. El fundador epónimo de la escuela Shafiʿi, Muhammad ibn Idris al-Shafiʿi nació en 150/767 en Gaza, Palestina, en el seno de una familia que se remonta a la familia del Profeta. Su padre murió cuando era un niño y su madre lo envió a la Meca para estar cerca de la familia de su padre (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Al crecer como huérfano, sufrió la pobreza y los recursos limitados, pero se sintió atraído por la búsqueda del conocimiento. Se destacó como estudiante, y sus maestros reconocieron sus extraordinarias habilidades y dedicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto) (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). A la edad de veinte años, estaba calificado para emitir fatwas, pero se mudó a Medina para conocer y estudiar con Malik ibn Anas. Después de pasar nueve años estudiando con Malik, se trasladó al Yemen y luego al Iraq, donde conoció al compañero de Abu Hanifa, Muhammad al-Shaybani. Este último también era estudiante de Malik, y conoció a al-Shafiʿi cuando estuvo en Medina estudiando con Malik durante tres años (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Al estudiar tanto con Malik como con al-Shaybani, al-Shafiʿi pudo recurrir a los métodos de las escuelas de Medina y de Iraq.
Después de este período de estudio con al-Shaybani, al-Shafiʿi desarrolló su propia doctrina jurídica independiente, así como el método que adoptó en el proceso. Este último se materializó en su famoso tratado conocido como al-Risala, que se considera el primer trabajo sistemático de teoría jurídica.Entre las Líneas En este trabajo, al-Shafiʿi consolidó el estatus de la sunna en el proceso de derivación legal junto con el Qurʾan, el consenso y la analogía, los cuatro considerados como las principales fuentes legales. Destacó la importancia y la precedencia de Qurʾan y la sunna como fuentes primarias y limitó el alcance del ijtihad al razonamiento analógico a fin de mantenerlo dentro de los límites de las fuentes primarias. Por ello, impugnó la noción de istihsan tal como la habían elaborado tanto Abu Hanifa como Malik, alegando que el istihsan abre la puerta a un juicio arbitrario en la ley, que, en su opinión, debería ser más bien fiel a las fuentes primarias y estar vinculado a ellas.
Después de varias estancias en La Meca y Bagdad, finalmente se trasladó a Egipto, donde pasó la última parte de su vida y donde también murió (en 204/820). Tras su traslado a Egipto en 199/814, revisó muchos de sus dictámenes jurídicos, que pasaron a conocerse como su nueva doctrina jurídica, en contraste con la antigua doctrina, que había desarrollado anteriormente en Bagdad. Los viajes y el compromiso de Al-Shafiʿi con los prominentes investigadores académicos de su época contribuyeron a la circulación de sus opiniones. Tenía muchos discípulos, en particular en Bagdad y Egipto, que siguieron desarrollando y difundiendo su doctrina jurídica en diferentes partes del mundo musulmán, especialmente en el Yemen, Transoxiana y el sudeste asiático (Ibn Jaldún 1967; Abū Zahrah [1963?]).
Escuela de Hanbali. El epónimo de la escuela Hanbali, Ibn Hanbal, nació (en 164/780) y creció en Bagdad, que era entonces la sede del Imperio Abasí y un importante destino educativo y cultural (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Al igual que en al-Shafiʿi, el padre de Ibn Hanbal murió cuando era un niño, y creció al cuidado de su madre y otros miembros de la familia, que lo alentaron a estudiar y perseguir el conocimiento desde su infancia. Se concentró en las ciencias del hadiz, pero también estudió el fiqh con el compañero de Abu Hanifa, Abu Yusuf. Su búsqueda del hadiz requirió extensos viajes, que le permitieron conocer a muchos de los prominentes investigadores académicos de su época, como al-Shafiʿi, a quien conoció por primera vez en La Meca. Ibn Hanbal compiló una de las primeras y más grandes colecciones de hadices, al-Musnad, que clasificó según los nombres de los transmisores de hadices. No documentó sus opiniones legales, y se informa que prohibió a sus estudiantes escribir cualquier otra cosa que no fuera la Qurʾan y la sunna del Profeta, que él veía como las únicas fuentes válidas para un conocimiento sólido de la religión.
El enfoque conservador de Ibn Hanbal no estaba en armonía con la creciente teología racionalista de Muʿtazili, que también era apoyada por el califa abasí al-Maʾmun (r. 198/813-218/833). Cuando este último, en 218/833, trató de hacer cumplir algunos de los principios de Muʿtazili mediante una inquisición (mihna), Ibn Hanbal se negó a reconocer el credo de Muʿtazili, especialmente la noción de la creación de la Qurʾan. La actitud audaz de Ibn Hanbal y el desafío abierto a al-Maʾmun le valieron la reputación de ser partidario de la tradición, y muchos investigadores señalan esta actitud como un importante punto de inflexión en el curso de toda la tradición islámica. Como se ha señalado anteriormente, mientras que algunos historiadores musulmanes (por ejemplo, al-Tabari e Ibn Qutayba) consideran a Ibn Hanbal un erudito sólo de la hadiz (muhaddith), muchos otros lo consideran un jurista textualista cuya metodología se limita a las fuentes fundacionales, así como al ejemplo de los piadosos predecesores (Salaf).
Tras la muerte de Ibn Hanbal en 241/855, sus opiniones jurídicas se transmitieron a través de sus alumnos, especialmente a través de sus propios hijos Salih (m. 266/880) y ʿAbdallah (m. 290/903). Si bien la escuela de Hanbali hace hincapié en la centralidad de las fuentes fundacionales, también reconoce la necesidad de la ijtihad, que permitió que la doctrina de la escuela evolucionara y se expandiera con el tiempo.Entre las Líneas En comparación con las otras tres escuelas, la escuela Hanbali ha sido la menos influyente en términos de seguimiento. Esto ha sido en gran medida el resultado de varios factores, entre ellos la precedencia y la popularidad de las otras escuelas, el hecho de que la mayoría de los jueces del mundo musulmán pertenezcan a las otras escuelas y la percepción general de que la escuela es más rígida. Esta situación cambió en el siglo XVIII, cuando Muhammad ibn ʿAbd al-Wahhab (d. 1206/1792) adoptó oficialmente la escuela Hanbali como la escuela jurídica oficial del emergente Estado saudita.
Shiʿa Escuelas.Entre las Líneas En la tradición de Shiʿa surgieron varias escuelas jurídicas importantes, que se remontan a los primeros decenios de la historia islámica con el surgimiento del propio término Shiʿa (que significa literalmente “partidarios” o “asociados”), que se refiere a los asociados de ʿAli o de la familia del Profeta en general. Tras el martirio de Husayn ibn ʿAli (d. 60/680), muchos de los descendientes de la familia del Profeta se dedicaron a la adquisición y difusión de conocimientos, lo que se consideró una actividad más valiosa que los intrincados caminos de la política, aunque no fueron del todo pasivos (véase más en esta plataforma general) ante las injustas políticas del dominio omeya. Muchos de ellos sobresalieron y desarrollaron escuelas legales sistemáticas, que fueron adoptadas y llevadas adelante por sus discípulos.
La primera de estas escuelas Shiʿa se remonta al Imán Zayd ibn ʿAli (d. 122/740), que era conocido no sólo por sus profundos conocimientos sino también por su valentía en su oposición a los gobernantes omeyas.Entre las Líneas En lo que respecta a su legado jurídico, sus opiniones fueron transmitidas por sus numerosos estudiantes tanto en Medina como en todas las ciudades del Iraq. Estas opiniones se registraron en una importante obra conocida como al-Majmuʿ. Tras la muerte de Zayd, su doctrina jurídica siguió evolucionando a través de sus alumnos gracias a su flexibilidad y al mayor papel que asigna a la razón, lo que se atribuye a la proximidad de la escuela Zayd a las opiniones de la Muʿtazilites.Entre las Líneas En general, la escuela zaydí, que históricamente ha mantenido una fuerte presencia en el Yemen, se considera la más cercana a las demás escuelas suníes (véase más sobre los suníes o sunitas (véase más sobre los suníes o sunitas islámicos, las Escuelas de Derecho Sunnī (y las extintas), y las diferencias entre suníes y chiíes (o chiitas); pues el sunismo y el chiismo son dos ramas del Islam)
islámicos, las Escuelas de Derecho Sunnī (y las extintas), y las diferencias entre suníes y chiíes (o chiitas); pues el sunismo y el chiismo son dos ramas del Islam) tanto en lo que respecta al derecho sustantivo como a la metodología jurídica (Haider 2014).
Otra escuela se remonta al imán Jaʿfar al-Sadiq (d. 148/765), que es el sexto imán de la lista de los doce imanes reconocidos por el Twelver Shiʿites. Siguió los pasos de su padre, Muhammad al-Baqir (m. 114/733), el hermano mayor de Zayd. Tanto Jaʿfar como su padre eran conocidos por sus profundos conocimientos y por su destacado carácter. Jaʿfar era una autoridad en los informes proféticos, y tanto Malik ibn Anas como Abu Hanifa narraron sus informes y estudiaron bajo su dirección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La escuela Jaʿfari ha sido la escuela jurídica dominante en el Irán (véase su perfil, la Economía de Irán, la Historia Iraní, el Presidencialismo Iraní, las Sanciones contra Irán, la Bioética en Irán, los Problemas de Irán con Estados Unidos, el Derecho Ambiental en Irán, el Derecho Civil Iraní, el Nacionalismo Iraní, los Activos Iraníes, la Diplomacia Iraní, el Imperio Sasánida, los medos, los persas y el Imperio Selyúcida) desde el comienzo del período Safavid en 906/1501. La jurisprudencia de Jaʿfari adquirió mayor popularidad e influencia con el estallido de la Revolución Islámica en 1979 bajo la dirección del Ayatolá Ruhollah Jomeini.
La tercera escuela principal dentro de la tradición de Shiʿa es la escuela Ismaʿili, cuyos orígenes se remontan a Jaʿfar el hijo de al-Sadiq Ismaʿil, en contradicción con el Twelver Shiʿas, que en cambio identifica a su hermano Musa como el séptimo imán. Las fuentes hablan de una controversia sobre si Ismaʿil fue anterior a su padre, pero Muhammad ibn Ismaʿil es reconocido como el sucesor de su padre, y después de su muerte se cree que volverá en el futuro como el esperado Mahdi. Debido a la naturaleza en gran parte esotérica de la teología de Ismaʿili, la historia temprana del movimiento de Ismaʿili está envuelta en misterio.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Otros Elementos
Además, el movimiento Ismaʿili fue testigo de varias divisiones internas, la más importante de las cuales fue la ocurrida en 286/899 y que dio lugar a la separación de los fatimíes Ismaʿilis (principalmente en el norte de África y más tarde en Egipto), que siguieron a ʿAbdallah al-Mahdi (d. 322/934) y a su progenie como imanes, y los Qarmati Ismaʿilis (principalmente en la Península Arábiga y el Iraq), que mantuvieron la creencia en el regreso de Muhammad ibn Ismaʿil (Haider 2014). El derecho sustantivo de Ismaʿili fue desarrollado principalmente por la figura central de al-Qadi al-Nuʿman (d. 363/974), quien dio la articulación más autorizada de la ley Ismaʿili en su obra Daʿaim al-Islam.Entre las Líneas En general, la ley de Ismaʿili es similar a la de Jaʿfari con algunas excepciones, como la inadmisibilidad del matrimonio temporal.
LAS ESCUELAS JURÍDICAS EN EL PERÍODO MODERNO
Desde el surgimiento del pensamiento jurídico sistemático como resultado de la aparición de las primeras escuelas jurídicas en el siglo VIII de la era común, el pensamiento y la práctica jurídicos islámicos se han configurado a través de la lente de la escuela jurídica.Entre las Líneas En ausencia de una estructura de autoridad teológica central en el islam, el madhhab sirvió como lugar de autoridad en asuntos relacionados tanto con la articulación como con la aplicación de las doctrinas jurídicas. Dado que el derecho islámico fue desarrollada por juristas privados independientemente del control gubernamental, el madhhab era un importante vehículo a través del cual se concedía y retiraba la legitimidad. Sólo en el período moderno, con el surgimiento del Estado-nación, el panorama jurídico de los países de mayoría musulmana ha cambiado radicalmente con el desplazamiento del derecho islámico y su sustitución total o parcial por códigos europeos importados.
El movimiento de codificación ha planteado importantes cuestiones acerca de la metodología que debería informar la legislación positiva, en particular con respecto a las esferas que se regulaban en shariʿa, como las cuestiones relativas al estatuto familiar. Una de las cuestiones más importantes se ha centrado en la necesidad de la estricta adhesión a una sola escuela. Las cuestiones de la reforma jurídica figuraban entre las principales cuestiones que ocuparon a los reformadores musulmanes durante los siglos XIX y XX en su empeño por demostrar la capacidad del sistema shariʿa para satisfacer las necesidades del período moderno. Los llamamientos a la revitalización del ijtihad se convirtieron en el grito de guerra, lo que significó, en su mayor parte, la renuncia a la imitación esclava (taqlid).
Por ejemplo, el famoso reformador egipcio Muhammad ʿAbduh (1849-1905) sostuvo que la imitación ciega era contraria al verdadero espíritu del Islam y era uno de los principales factores que causaban el deterioro de la vida intelectual islámica. Para ʿAbduh la reforma jurídica en el período moderno debe guiarse por dos principios fundamentales: el interés común (maslaha) y la selección de las opiniones más convenientes de las diferentes escuelas jurídicas (talfiq) (Hourani 1983). El discípulo de ʿAbduh, Rashid Rida (1865-1935), dedicó una atención considerable al tema a lo largo de los años en diferentes números de su famosa revista al-Manar. Siguiendo la sugerencia de su maestro, Rida propuso la formación de un comité especializado que representara a los investigadores académicos de las famosas escuelas de derecho y que se encargara de la tarea de recopilar libros sistemáticos sobre todas las cuestiones de culto y transacciones sobre la base de los principios generales del derecho islámico para atender las necesidades de los musulmanes en el período moderno (Hourani 1983; Rida 1927).
Puntualización
Sin embargo, este método ecléctico ha suscitado una gran controversia, y para muchos juristas tradicionalmente educados la escuela jurídica sigue siendo el vehículo adecuado para el estudio y la aplicación de la ley islámica.
Datos verificados por: Marck
Escuelas jurídicas y tradiciones hermenéuticas
Los procesos tradicionales de entendimiento jurídico dependen de una construcción teológica que se presenta como historia (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Afirma que las palabras y acciones del Profeta Muhammad (su Sunnah), siendo una encarnación del comando divino y una expresión de la ley de Dios (sharī ʿ ah), fueron preservadas por los compañeros del Profeta y sus seguidores en forma de anécdotas discretas (hadīth). Éstos fueron transmitidos de generación en generación, inspirando la primera discusión y después el pensamiento jurídico sistemático (fiqh). Comenzando a mediados del siglo VIII, varios maestros hicieron contribuciones distintivas a la disciplina que estimuló el surgimiento de tradiciones o escuelas separadas.
Detalles
Los amos más importantes para el Sunnīs son Abū Hanīfah (d. sobre 767), Mālik ibn Anas (d. 795), Muhammad ibn Idrīs al-shāfi ʿ ī (d. 820), y Ahmad ibn Hanbal (d. 855), asociados respectivamente con las escuelas Hanaf ī, Mālikī, shāfi ʿ ī y Hanbalī. Las cuatro escuelas Sunnī se reconocieron unas a otras y dieron un reconocimiento más o menos cualificado a otras escuelas de corta duración que emergieron dentro de sunnisme; el más importante era probablemente la escuela de Zāhirī (literalista), que exponente importante era Ibn Hazm del ʿ Alī (d. 1064).
De grupos sectarios, solamente el Ithnā ʿ asharī (o Imāmī) shī ʿ ī generó una tradición jurista continua y creativa que emparejaba las tradiciones Sunnī. Miraron hacia atrás al sexto Imam, ja ʿ Far al-ādiq (d. 765), como figura fundacional. El Zaydīs, el Khārijīs, y el Ismā ʿ īlīs todos produjeron tradiciones de menor importancia.
El desarrollo de la ley dentro de las escuelas se puede considerar para depender de dos principios hermenéuticas importantes. El primero, el principio sincrónico, exigía que cualquier formulación de la ley, en cualquier momento, tuviera que ser justificada por referencia a la revelación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El segundo, el principio diacrónica, era igualmente importante, aunque con frecuencia se lo daba por observadores y posiblemente lo subestimaban algunos practicantes. Requirió que los participantes en una tradición de la escuela, si Sunnī o shī ʿ ī, preservan lealtad a la tradición teniendo en cuenta el logro interpretativo de más viejos amos; la ley tuvo que ser justificable por referencia a la continuidad y a la identidad establecida de la escuela. Los juristas musulmanes no eran, como individuos, en confrontación solitaria y directa con la revelación: encontraron su camino de vuelta al significado de la revelación a través de la tradición. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Este principio era una fuente de fuerza y flexibilidad, pues la tradición sostenía la experiencia acumulada de la comunidad y le daba una forma literaria sofisticada. Fue, sin embargo, a veces atacado. Dentro de sunnisme, el Zāhirīs objetó exactamente a esta característica del pensamiento jurídico y abogó en lugar de otro una vuelta a una lectura literal de las fuentes. El mismo estado de ánimo, si no el mismo extremo, se expresa en el Salafī (primitivista — el mundo recto se refiere a las generaciones más tempranas del Islam) orientación asociada con Ibn Taymīyah (d. 1328), y quizás en el movimiento Akhbārī dentro de Imāmī shiísmo. Todos estos movimientos evidencian la desconfianza de la complejidad y la indeterminación expresada en las tradiciones dominantes en curso.
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Autor: Williams
Corrección de “El Método”, es decir, “Minhaj al-talibin” por al-Nawawi
Este manuscrito comprende cinco volúmenes de un trabajo de seis volúmenes (falta el volumen dos) sobre la ley islámica. Es un manual práctico para jueces de la tradición legal de Shafi. Ofrece principios y precedentes, con algunas de las digresiones lingüísticas y de otro tipo que se encuentran a menudo en los escritos legales. El trabajo abarca muchos temas, incluido el tratamiento de prisioneros de guerra, bebidas alcohólicas y ajedrez. El manuscrito se atribuye al jurista ‘Umar ibn Raslan al-Bulqini (1324−1403), pero puede haber sido escrito por otro de los varios estudiosos de su familia, sin que exista ninguna indicación de la autoría exacta o incluso del título. Las opiniones legales en el trabajo se basan en numerosas fuentes, pero están arraigadas en el Kitab al-Umm (al-Umm significa “el ejemplar”) por Muhammad ibn Idris al-Shafi’i (767 o 768-820) y al- Minhaj al-Talibin de Nawawi (un manual del siglo XIII de la ley de herencia Shafi’i). Este trabajo nunca ha sido editado. El supuesto autor fue el progenitor de una familia de destacados juristas que a veces se confunden entre sí en la literatura biográfica. Se dice que fue el jurista más célebre de su época, cuyas opiniones eran tan constantemente demandadas que no tuvo tiempo de terminar muchas de las obras que comenzó. Excepto por el volumen cuatro, cada volumen está encabezado por una inscripción waqf (dotación) por un ‘Abd al-Basit ibn Khalil al-Shafi’i. Los volúmenes están bien encuadernados con maderas de mármol. El texto está escrito en diferentes manos de escribano. El cuarto volumen probablemente se copió por separado y en un momento diferente. Está gravemente dañado por los gusanos y lágrimas y carece de la declaración de dotación.
Autor: Williams
Véase También
Abu Hanifa (80/699-150/767) ; Ibn Hanbal (164/780-241/855) ; Law ; Malik Ibn Anas (c. 89/708-179/795) ; Shafiʿi,
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