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Drogas Sintéticas

Las drogas sintéticas, a diferencia de las naturales, se producen químicamente en un laboratorio. Su estructura química puede ser idéntica o diferente a la de las drogas naturales, y sus efectos están diseñados para imitar o incluso mejorar los de las drogas naturales. Cuando se producen clandestinamente, no son sustancias farmacéuticas controladas destinadas a un uso médico legítimo. Las drogas de diseño son una forma de drogas sintéticas. Contienen estructuras moleculares ligeramente modificadas de sustancias ilegales o controladas, y se modifican para eludir las leyes de drogas existentes. Si bien la cuestión de las drogas sintéticas y su uso indebido no es nueva, el Congreso ha demostrado una preocupación renovada por el tema. Entre 2009 y 2011, se señaló (informó) que el uso indebido de drogas sintéticas había aumentado drásticamente. Durante este período, las llamadas a los centros de control de envenenamientos por incidentes relacionados con los efectos nocivos de los cannabinoides sintéticos (como “K2” y “Spice”) y los estimulantes (como las “sales de baño”) aumentaron a un ritmo que algunos consideraron alarmante. El número de visitas al servicio de urgencias hospitalario con cannabinoides sintéticos se duplicó con creces entre 2010 y 2011. Sin embargo, en 2012 y 2013, disminuyó el número de llamadas a los centros de control de envenenamientos por incidentes relacionados con los efectos nocivos de los cannabinoides y estimulantes sintéticos. Las solicitudes relativas a las sales de baño han disminuido cada año desde 2011, mientras que las solicitudes relativas a los cannabinoides sintéticos han aumentado desde las caídas en 2012 y 2013. Los resultados de la encuesta de Monitoreo del Futuro (MTF) de 2015 indican que las tasas de prevalencia anual para el uso de cannabinoides sintéticos han disminuido en los últimos dos años, mientras que el uso de sal de baño se mantuvo bajo. Los informes del gobierno y los medios de comunicación indican que el fentanilo, un opiáceo sintético 50-100 veces más fuerte que la morfina, está aumentando su popularidad, así como varios cannabinoides sintéticos.

Los efectos nocivos comunicados de las sustancias sintéticas van desde las náuseas hasta la psicosis inducida por las drogas. Debido a la naturaleza impredecible de las drogas sintéticas y del consumo humano de estas drogas, se desconocen los verdaderos efectos de muchas de ellas. Muchos estados han respondido al abuso de drogas sintéticas aprobando leyes que prohíben ciertos cannabinoides y estimulantes sintéticos. En 2011, el Procurador General de Estados Unidos -a través de la Administración de Control de Drogas (DEA)- utilizó su autoridad temporal de programación para incluir cinco cannabinoides sintéticos y tres estimulantes sintéticos en la Lista I de la Ley de Sustancias Controladas (CSA, por sus siglas en inglés). La preocupación por el aumento comunicado en el uso de ciertos cannabinoides y estimulantes sintéticos dio lugar a la adopción de medidas legislativas para incluir en la lista determinadas sustancias. La Ley de Prevención del Abuso de Drogas Sintéticas de 2012-Subtítulo D del Título XI de la Ley de Seguridad e Innovación de la Administración de Alimentos y Drogas (P.L. 112-144)-añadió cinco clases estructurales de sustancias en los cannabinoides sintéticos (y sus análogos), así como 11 estimulantes sintéticos y alucinógenos a la Lista I de la CSA. Además, la ley amplió la autoridad de la DEA para catalogar temporalmente sustancias. En abril de 2013, el entonces Procurador General Holder -a través de la DEA y en consulta con el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS)- tomó medidas administrativas para incluir permanentemente la metilona en el Anexo I de la CSA. Desde entonces, se han llevado a cabo una serie de acciones administrativas de programación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Al considerar la colocación permanente de sustancias sintéticas en la Lista I de la CSA, hay varios temas sobre los cuales los legisladores de otros países pueden deliberar. Los responsables de la formulación de políticas pueden considerar las implicaciones para el sistema de justicia penal federal de la inclusión de ciertas sustancias sintéticas en las listas. Otra cuestión es si el Congreso debe programar ciertas sustancias sintéticas o si estas sustancias merecen ser programadas por el Procurador General (en consulta con el Secretario del HHS) sobre la base de las calificaciones especificadas en la CSA. El Congreso de Estados Unidos y otrostambién puede considerar si la inclusión de drogas sintéticas adicionales en alguna lista, como la Lista I puede obstaculizar la investigación médica futura. Además, los encargados de la formulación de políticas pueden considerar si es más eficiente incluir esas drogas en la Lista I de la CSA o tratarlas como sustancias sometidas a fiscalización análoga en virtud de la Ley de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) sobre sustancias sometidas a fiscalización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Al considerar los retos de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) identificados por la DEA, los legisladores pueden considerar la posibilidad de enmendar la CSA para facilitar la acción de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) contra el mercado de drogas sintéticas ilícitas.

Peste Negra

La enfermedad que se extendió como un reguero de pólvora por Europa entre 1347 y 1351 sigue siendo la epidemia más violenta de la historia. Mató al menos a un tercio de la población, más de 25 millones de personas. Las víctimas primero sufrieron dolor, fiebre y furúnculos, luego inflamación de los ganglios linfáticos y manchas en la piel. Después de eso vomitaron sangre y murieron a los tres días. Los sobrevivientes lo llamaron la Gran Peste. Los científicos victorianos lo apodaron la Muerte Negra. La desastrosa enfermedad mortal conocida como la Peste Negra se extendió por toda Europa en los años 1346-53. El espantoso nombre, sin embargo, solo apareció varios siglos después de su visita (y probablemente fue una mala traducción de la palabra latina ‘atra’, que significa a la vez `terrible’ y `negro’)’. Las crónicas y cartas de la época describen el terror causado por la enfermedad. El fervor religioso renovado y el fanatismo florecieron tras la peste negra (1347-50; también llamada entonces peste bubónica). Algunos europeos se dirigieron a diversos grupos como judíos, frailes, extranjeros, mendigos, peregrinos, leprosos, y romaníes, pensando que ellos eran los culpables de la crisis. Los leprosos, y otros individuos con enfermedades de la piel como el acné o la psoriasis, fueron seleccionados y exterminados en toda Europa.

Salud Mental en el Adulto Mayor

En 2017, por primera vez en la historia, el número de personas de 65 años o más superará al de las de 5 años o menos.

Regulación de Productos Farmacéuticos

La regulación de medicamentos y dispositivos médicos durante las próximas décadas se verá influenciada fundamentalmente no solo por la expansión de sus respectivas cadenas de suministro, que ya ha introducido vulnerabilidades críticas cubiertas por los contribuyentes a este volumen, sino también por los avances en la ciencia de la regulación que ofrecen el potencial de reducir las barreras y mejorar la eficiencia del desarrollo, la aprobación y la vigilancia de medicamentos; aprovechar nuevos métodos analíticos e incorporar nuevas áreas de potencial terapéutico. En el texto siguiente se analizan dichas tendencias con un enfoque específico en las relaciones de gobernanza que caracterizarán el desarrollo y la distribución de productos a medida que los desarrolladores y proveedores de productos, los reguladores, los consumidores y los pacientes trabajen juntos para gestionar los beneficios y los costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) de la innovación p en general y tratar de proteger los beneficios que se han obtenido de la erosión involuntaria, por ejemplo, mediante la resistencia a los microbios y las vulnerabilidades en las cadenas de suministro.

De 2009 a 2015, se convirtió en una prioridad de la Administración Obama y de la Comisionada de la FDA Margaret Hamburg aumentar la frecuencia, el nivel y la profundidad de las inspecciones extranjeras de productos regulados por la FDA, incluyendo alimentos, medicamentos y dispositivos médicos. Se asignaron más recursos estadounidenses a investigaciones de campo en el extranjero y se asignaron inspectores capacitados de la FDA a las embajadas de Estados Unidos en todo el mundo. Esta medida se adoptó en reconocimiento de que la mayoría de los ingredientes de alimentos y medicamentos y de los componentes de dispositivos médicos para productos comercializados y vendidos en los Estados Unidos se importaban de proveedores extranjeros. Este texto detalla la autoridad y los procedimientos básicos utilizados por las investigaciones de campo de la FDA para inspeccionar instalaciones extranjeras. Resume las buenas prácticas de fabricación (cGMPs) básicas actuales aplicables a los medicamentos y las Regulaciones del Sistema de Calidad (QSRs) aplicables a los dispositivos médicos, y presenta consejos sobre cómo prepararse para las inspecciones de la FDA.

ADPIC en la Salud Pública

Esta entrada establece las disposiciones del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) en relación con la propiedad intelectual en la salud y el trabajo de políticas realizado en la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Esta entrada se centra en asuntos relacionados con la salud pública, incluida la protección de patentes e información no divulgada. Se ofrece una descripción general de los tres instrumentos clave que abordan las flexibilidades disponibles para los Miembros de la OMC: la Declaración de Doha sobre el Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública, la Decisión sobre la aplicación del párrafo 6 de esta Declaración y el Protocolo que modifica el Acuerdo sobre los ADPIC. Para completar el cuadro, la tercera parte analiza los programas de la OMC destinados a mejorar las capacidades en el mundo en desarrollo con respecto al Acuerdo sobre los ADPIC.

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