Este texto se ocupa del Derecho escocés, como el derecho civil no codificado de Escocia, que ha sido fuertemente influenciada por la ley Inglés comœn y estatutos Reino Unido. El derecho escocés se ha desarrollado desde sus inicios sin intervención codificadora. A lo largo de los siglos, ha absorbido influencias muy diversas, convirtiéndose así en una joya de múltiples facetas. De vez en cuando, los tribunales recurren incluso al derecho celta prefeudal o al derecho consuetudinario noruego para resolver los casos que se les presentan. Pero, sobre todo, el derecho escocés se caracteriza por la posición que ocupa en la encrucijada entre el derecho civil continental y el common law inglés. Aunque la ascensión del rey David I al trono escocés en 1124 impuso inicialmente el derecho feudal anglonormando a los escoceses, la crisis de sucesión de finales del siglo XIII y las guerras de independencia, con la decisiva victoria escocesa en Bannockburn, crearon un fuerte y duradero antagonismo hacia Inglaterra. Esto condujo a la Auld Alliance con Francia y a una orientación hacia la Europa continental.