Autonomía de la Acción
Este texto explora la famosa controversia entre Windscheid y Muther en la segunda mitad del siglo XIX. Aunque la controversia establecida entre los autores ha sido objeto de numerosas revisiones por su importancia para el desarrollo de la autonomía del derecho procesal, la historia de las ideas se ocupa de la difusión de las ideas y, en particular, se ha propuesto narrar la biografía de una idea. En este sentido, el debate iniciado a partir del ataque de Muther a las tesis de Windscheid es reconocido como un sello distintivo del pensamiento jurídico contemporáneo, ya que la discusión terminó promoviendo un innegable avance en cuanto al establecimiento de un nuevo panorama en el que la acción procesal dejó de ser considerada como dependiente del derecho material. Sorprendentemente, el pensamiento de ambos converge y se complementa desde el momento en que Windscheid reconoce un derecho de la víctima a la protección jurídica frente al Estado y del Estado a la eliminación de la lesión frente a quien la cometió. De ello se desprende que la acción debe ser contemplada como una facultad o poder absolutamente independiente del derecho subjetivo sustancial y que corresponde también a los que no tienen derecho alguno.61 Inesperadamente, los autores acabaron constituyendo y delimitando a través de sus ideas la autonomía de un nuevo campo de conocimiento, dedicado al ámbito del procedimiento.