Sólo a partir de la década de 1980 el concepto de “Derecho privado europeo” se ha utilizado comúnmente en el discurso jurídico. Llama la atención que la intensidad de los debates sobre el Derecho privado europeo diverja significativamente entre los distintos Estados europeos. El debate se ha centrado tradicionalmente en Alemania, los Países Bajos y partes de España (especialmente Cataluña), además de en Escocia y algunas universidades italianas. Los juristas de Francia y de las naciones del common law se han mostrado más reticentes porque temen que los procesos de europeización puedan poner en peligro la identidad nacional de su derecho privado. El Derecho privado europeo no puede considerarse un sistema jurídico plenamente desarrollado. Se trata más bien de un programa político y académico. Por lo tanto, es imposible utilizar el término “Derecho privado europeo” de forma puramente descriptiva; más bien, cada concepto de Derecho privado europeo debe considerarse como la expresión de una política jurídica o académica específica. En consecuencia, en los debates actuales pueden encontrarse diferentes concepciones del Derecho privado europeo. Mientras que algunos quieren construir un Derecho privado europeo sobre la base del acervo comunitario, es decir, sobre los textos jurídicos de la Unión Europea relativos al Derecho privado, otros enfoques se centran en el acervo comunitario, es decir, en la tradición académica común del Derecho común europeo (ius commune), que es la base de los diferentes sistemas jurídicos nacionales de Europa.