Crédito Documentario
Un «crédito documentario» es un acuerdo por el que un comitente solicita a su banco que ponga a disposición de una persona nombrada por él o de un tercero designado por él una suma de dinero de un importe determinado a cambio de la entrega de un conocimiento de embarque y otros documentos diversos (por ejemplo, un certificado de origen, un certificado de seguro). Este tipo de contrato suele implicar al banco de la contraparte cuando éste financia, por ejemplo, una compra de bienes pagada a crédito seguida de una operación de exportación. En lugar del pago en efectivo, la transacción puede consistir en la entrega de letras de cambio aceptadas por el propio deudor o por su banco. El crédito bancario puede ser o no revocable, confirmado o no confirmado. El crédito documentario es un instrumento de crédito para el comercio internacional, Convenio en virtud del cual un banco, obrando a petición y de acuerdo con las indicaciones de un cliente, se compromete frente al beneficiario, directamente o por medio de otro banco, a pagar, garantizar, aceptar o negociar un crédito; y para validar el cual el beneficiario debe aportar.