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Utilitarismo

El utilitarismo es una teoría ética y filosófica que afirma que la mejor acción es la que maximiza la utilidad, que generalmente se define como la que produce el mayor bienestar del mayor número de personas y, en algunos casos, de los animales sensibles. Jeremy Bentham, el fundador del utilitarismo, describió la utilidad como la suma de todo el placer que resulta de una acción, menos el sufrimiento de cualquier persona involucrada en la acción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El utilitarismo es una versión del consecuencialismo, que establece que las consecuencias de cualquier acción son el único estándar de lo correcto y lo incorrecto. A diferencia de otras formas de consecuencialismo, como el egoísmo y el altruismo, el utilitarismo considera los intereses de todos los seres por igual.

Los defensores del utilitarismo han estado en desacuerdo en varios puntos, por ejemplo, si las acciones deben elegirse en función de sus resultados probables (actuar como utilitarismo) o si los agentes deben ajustarse a las reglas que maximizan la utilidad (gobernar el utilitarismo). También existe desacuerdo sobre si se debe maximizar la utilidad total (utilitarismo total), promedio (utilitarismo promedio) o mínimo [1].

Aunque las semillas de la teoría se pueden encontrar en los hedonistas Aristipo y Epicuro, quienes vieron la felicidad como el único bien, la tradición del utilitarismo comenzó correctamente con Bentham, e incluyó a John Stuart Mill, Henry Sidgwick, RM Hare, David Braybrooke y Peter Singer.

Derecho Natural

Derecho natural, teoría de que algunas leyes son básicas y fundamentales para la naturaleza humana y son descubribles por la razón humana sin referencia a promulgaciones legislativas o decisiones judiciales específicas. El derecho natural se opone al derecho positivo, que es hecha por el hombre, condicionada por la historia y sujeta a continuos cambios.

Cuestiones Filosóficas del Análisis Coste-beneficio

Análisis coste-beneficio: Cuestiones filosóficas en economía En inglés: Cost–Benefit Analysis: Philosophical Issues in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Cuestiones filosóficas del análisis coste-beneficio en economía. Introducción a: Análisis coste-beneficio: Cuestiones […]

Estructuralismo

Estructuralismo en la Teoría del Derecho Recursos Véase También Teoría del Derecho Natural Teoría del Derecho Divino Bibliografía Paloma Durán y Lalaguna: Notas de Teoría del Derecho. Castelló de la Plana. Publicaciones de la Universidad Jaume I. 1997 Ignacio Ara Pinilla: Introducción a la […]

Natura Naturata

En la versión final de la Ética, Spinoza distingue dos reinos: natura naturans (aproximadamente, naturaleza natura) y natura naturata (“naturaleza natura”). La primera es el reino de la sustancia y los atributos; la segunda es el de los modos. Spinoza caracteriza cada uno de ellos como sigue: Antes de proseguir, quiero explicar aquí -o más bien aconsejar [al lector] lo que debemos entender por Natura naturans y Natura naturata. Parece, según algunos autores, que la distinción entre Natura naturans y Natura naturata se formula ya en el Tratado breve . Tenemos por un lado Natura naturans (Dios y los atributos) constituida por lo que se concibe en sí mismo, por otro lado Natura naturata (los modos infinito y finito), el conjunto de lo que es in alio, de lo que necesita Natura naturans para ser y ser comprendido. Desde este primer pasaje, vemos una primera forma de trascendencia lógico-ontológica entre dos planos: el del in se esse y el del in alio esse. Sin embargo, dentro de Natura naturata hay otra trascendencia, otra verticalidad, la de los modos infinitos en relación con los modos finitos. El funcionamiento de la sociedad creadora crea la sociedad creada llamada sociedad institucional en la que nace el individuo, al igual que la actividad autocreadora de la naturaleza ( natura naturans ) crea la naturaleza creada ( natura naturata ). Esta sociedad creadora es también un sujeto encarnado. Para identificar sin embargo a Dios y a la naturaleza, Spinoza puede recurrir a su distinción entre Natura naturata y Natura naturans, o puede negar que la naturaleza, tal como es en sí misma, perdure y se extienda.

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