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Sociedades Rurales

paz e historia

El concepto de sociedad rural se utiliza para designar el tejido social del campo que, incluso después de la industrialización, estaba formado por grupos de población cuya actividad principal, aunque no exclusiva, era la agricultura: campesinos, jornaleros y empleados domésticos. Este concepto es más amplio que el de sociedad agraria, ya que se define no en términos de una actividad (la agricultura), sino de un espacio (el campo frente a la ciudad). Por tanto, incluía a personas que no se dedicaban a la agricultura, como los artesanos y los trabajadores a domicilio (protoindustrialización). A principios de la Edad Media surgió una red de señoríos laicos y eclesiásticos, la mayoría de los cuales se componían de dos elementos: la corte domanial (Régime domanial), explotada en forma de corvées por campesinos que no eran libres, y las mansiones, habitadas y explotadas por esos mismos campesinos. La sociedad rural experimentó profundos cambios entre la Edad Clásica y la Alta Edad Media. A partir de entonces, el punto de referencia principal ya no fue el dominio señorial.

Historia de la Agricultura Mundial

La práctica del cultivo de plantas se estableció en el Cercano Oriente y Europa alrededor del 6500-3500 a.C., en el sudeste asiático alrededor del 6800-4000 a.C., y en Mesoamérica y Perú alrededor del 2500 a.C. La mayoría de las zonas donde se inició el cultivo estaban situadas en valles fluviales con climas semiáridos. El proceso de cultivo en el Viejo Mundo (véase el período neolítico) consistía en preparar la tierra con una grada, romperla y alisarla con una rama de árbol y sembrar las semillas seleccionadas con un arado de palo. En Mesoamérica, donde no existían especies de animales de tiro y donde el jefe de los granjeros requería una plantación individual, se desarrolló una forma de cultivo sin arado, en la que se utilizaba un palo de cavar para hacer agujeros para las semillas.

Libertad de Asociación

Social

La libertad de asociación describe el derecho de todos los individuos a reunirse con otros individuos en cualquier momento. Cuando se utiliza en el contexto de los derechos laborales y la negociación colectiva, el término adquiere un significado más restringido y específico, ya que aquí engloba un determinado propósito de la asociación subyacente. La legislación de los Estados miembros garantiza como mínimo la libertad de los trabajadores y Empleadores de formar y pertenecer a asociaciones, ya sean sindicatos o asociaciones de Empleadores, con el fin de promover y defender sus intereses. Aparte de ese derecho individual positivo, la protección legal también cubre a veces la libertad de no afiliarse a ningún sindicato, o a uno en particular (aspecto negativo). Dado que en algunos ordenamientos jurídicos la existencia de la asociación y sus actividades específicas están aseguradas, la libertad de asociación también presenta un aspecto colectivo. El derecho a celebrar convenios colectivos de trabajo puede considerarse el elemento esencial de esta faceta colectiva.

Libertad de Contratación

Social

Este texto se ocupa de la “Libertad de contratos”, y se presenta una teoría del derecho contractual que abarca el campo en su conjunto, incluyendo los contratos matrimoniales, laborales y de consumo, y no sólo las ventas de widgets en condiciones de libre competencia. La teoría del derecho contractual presentada en el archivo PDF tiene dos componentes: (1) la libertad de negociar los términos dentro de un contrato y (2) la libertad de elegir entre distintos tipos de contrato. Las teorías construidas sobre la primera libertad, según algunos autores, han llegado a un callejón sin salida, mientras que la atención a la segunda apunta hacia un objetivo largamente esquivo, una teoría liberal y general del derecho contractual.

Cambios en el Sistema Agroalimentario

Se describen los cambios más destacados que se están produciendo en el sistema agroalimentario contemporáneo. Las observaciones no pretenden ser exhaustivas, pero esperamos que puedan servir de ayuda en la lectura de la literatura científica. La literatura sociológica en este ámbito revela que los nuevos movimientos sociales basados en el consumo han tenido cierto éxito, pero es esencial examinar estos movimientos, así como a los actores implicados. La medida en que estas nuevas sensibilidades se traducen en una resistencia real, y la cuestión de si son simplemente nuevas formas de aumentar las ganancias y el control de las empresas, deben abordarse seriamente en la investigación de la agricultura y la alimentación. Al mismo tiempo, el retroceso del Estado y sus consecuencias plantean nuevas cuestiones que no deben pasarse por alto. El creciente papel de los actores corporativos en la configuración de la producción y el consumo de alimentos es una de las áreas sustantivas emergentes que requieren atención científica y social en el panorama de nuestras nuevas luchas sobre los alimentos.

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