Usos
Los “usos” son reglas no escritas que siguen los habitantes de ciertas regiones o las personas que ejercen determinadas profesiones y que consideran obligatorias para regular sus relaciones. Las expresiones “usos y costumbres” y “prácticas habituales” tienen el mismo significado. El hecho de que una de las partes del procedimiento alegue la existencia de un uso plantea dos tipos de problemas al abogado. La primera es la dificultad de determinar el contenido de la norma consuetudinaria, y la segunda es la dificultad de distinguir las circunstancias, lugares y personas a las que se aplica la costumbre. Según la antigua ley, la prueba de su aplicabilidad se derivaba en Francia de las recopilaciones que se acababan elaborando y que se denominaban “coutumiers”. El sistema legislativo instituido por la Revolución Francesa no ha acabado del todo con los usos locales o profesionales. Su contenido se establece por la constante referencia a ellas por parte de aquellos a quienes se aplican, principalmente en las relaciones comerciales. En materia civil, existen costumbres locales, en particular en relación con los arrendamientos rurales. Las ventas en las subastas o en los recintos feriales se rigen por costumbres profesionales muy antiguas.