Historia de la Dignidad de la Persona Humana
Del principio de la dignidad humana se desprendieron consecuencias jurídicas importantes: si el hombre pertenece al reino de Dios es evidente que tiene ciertos derechos de los cuales no puede ser despojado por ninguna comunidad humana. En esta doctrina está la raíz de la afirmación que el hombre posee derechos incondicionados, inviolables, oponibles a cualquier organización social o política nacional o aun internacional. Santo Tomás de Aquino precisó esta doctrina diciendo que el bien privado del hombre debe subordinarse al bien común, siempre y cuando el bien privado implique un bien de la misma naturaleza que el bien común. Cuando al bien privado se contrapone un bien común de inferior naturaleza, éste debe ceder reconociendo la dignidad (o preeminencia) del bien personal. El hombre, por consecuencia, no está ordenado totalmente ni en todas sus partes a la comunidad política. La filosofía racionalista, apoyándose en las concepciones humanistas cristianas y renacentistas, volvió a postular la dignidad de la persona humana como límite al poder del Estado; con esto ponía coto a las pretensiones fundadas en las doctrinas de Maquiavelo y Montesquieu. El humanismo laico de Hugo Grocio, Fernando Vázquez de Menchaca y Samuel Pufendorf coloca en el centro de sus sistemas el concepto de dignidad humana, fundado sobre la idea de libertad e igualdad de los derechos del hombre. Con base en la noción de dignidad de la persona humana, fundada en la naturaleza racional y espiritual del hombre, se han hecho las diversas declaraciones de derechos humanos. La Declaración de los Derechos del Hombre, votada por la Asamblea de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, dice en su preámbulo, que “la libertad, la justicia y la paz en el mundo tiene por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”. Además artículo 1) que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad”.