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Libre Prestación de Servicios

banca y finanzas

La libertad de servicios puede ejercerse de diferentes maneras. En el caso de la libre prestación de servicios activa o positiva, el prestador de servicios cruza la frontera para prestar sus servicios en otro Estado miembro; en el caso de la libre prestación de servicios pasiva o negativa, el destinatario de los servicios los recibe en otro Estado miembro; en el caso de los servicios por correspondencia, ni el prestador de servicios ni el destinatario cruzan la frontera, sino sólo el propio servicio. Además, la libre prestación de servicios se aplica cuando tanto el prestador de servicios como el destinatario se encuentran en el mismo Estado miembro, pero el servicio propiamente dicho se presta en un Estado miembro diferente. Cuando un nacional de un Estado miembro va a residir en el territorio de otro Estado miembro y establece allí su residencia principal para prestar o recibir servicios durante un periodo de tiempo indefinido, el caso no entra dentro de la libre prestación de servicios debido a la duración continuada de la residencia recién establecida.

Libertad Religiosa

Carta, ética y moral

Libertad religiosa, prolongación de la libertad de pensamiento y de opinión, supone el derecho de toda persona a profesar el culto religioso que desee, sin ser perseguido o molestado por mantener tales convicciones. La libertad religiosa implica también que nadie pueda ser obligado a declarar sobre su religión o creencias, ni ser discriminado por razón de las mismas. Algunas constituciones llevan hasta sus últimas consecuencias los postulados de la libertad religiosa, declarando que ninguna confesión tendrá carácter estatal institucional.

Libertad Contractual

Libros y obras de referencia, incluyendo definiciones

La autonomía privada es la autorización, dentro de los límites del derecho no imperativo, para ordenar los asuntos privados de una persona mediante un contrato. La libertad contractual, como elemento central de la autonomía privada, se desprende de la finalidad de un contrato: las obligaciones contractuales sancionadas por el Estado permiten la cooperación mediante el intercambio de prestaciones entre actores autónomos. Las partes privadas determinan qué actos se obligan a realizar y a quién se deben estas prestaciones. Por el contrario, si el Estado determinara quiénes son las partes de un contrato y utilizara el derecho imperativo (ius cogens) para determinar el contenido de la relación contractual, no sólo se dejaría de lado la libertad contractual -lo que en algunos sistemas jurídicos (por ejemplo, Alemania) contradiría su garantía constitucional- sino que ya no se podría hablar de “contrato”. Aunque a menudo se lee que la historia de la libertad contractual es la historia de su limitación, también hay que recordar un conocido comentario de Sir Henry Maine, a saber, que la progresión desde las estructuras sociales primitivas hasta las del periodo clásico del derecho romano fue la progresión del estatus al contrato. Las normas estructurales, derivadas de la esencia del contrato, deben distinguirse de las interferencias con la libertad contractual, derivadas del sistema jurídico respectivo, que imponen normas extracontractuales a un contrato.

Libre Circulación de Trabajadores

Social

Este texto se ocupa de la Libre Circulación de Trabajadores en el Derecho de la Unión Europea, en el contexto del Mercado Interior y las cuatro libertades fundamentales. La libre circulación de trabajadores puede ser invocada por los trabajadores que ejercen una actividad transfronteriza y poseen la nacionalidad de un Estado miembro, los llamados trabajadores migrantes, pero también incluso por los Empleadores y las agencias de selección del sector privado. Incluso en el caso de una mujer belga que trabajaba para el Estado alemán en Argelia, el TJCE ha aplicado el artículo 45 del TFUE/39 del Tratado CE (TJCE, asunto C-214/94 – Boukhalfa, Rec. 1996, p. I-2353). Los miembros de la familia están protegidos por normas específicas de derecho derivado. Hoy en día, debido a la ciudadanía de la Unión también se concede un derecho de libre circulación a los no trabajadores y de ello el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) ha extraído importantes consecuencias incluso para el derecho privado.
Una situación transfronteriza es, como siempre, una condición previa; sin embargo, un trabajador puede invocar el derecho a la libre circulación de personas también frente a su propio Estado nacional si ya ha ejercido la libertad en otro Estado miembro.

Libertades Fundamentales

Carta, ética y moral

La estructura de las libertades fundamentales es más o menos uniforme -se habla de convergencia de las libertades fundamentales – y plurimembre, constando de dos, tres o cuatro libertades separadas según la división seguida. En cuanto al ámbito de aplicación, hay que prestar atención a la supremacía del derecho derivado, al alcance sustantivo de la protección que ofrecen las libertades fundamentales individuales, así como a la delimitación entre las distintas libertades que, en su caso, dependerá del enfoque de la actividad en cuestión. Se considera que se ha producido una injerencia en una libertad fundamental cuando existe un trato menos favorable con respecto a los nacionales de un determinado Estado miembro; las libertades fundamentales exigen, por tanto, un trato igualitario de las personas con independencia de su nacionalidad y son, en comparación con el Art 18 TFUE/12 TCE, prohibiciones específicas de discriminación (discriminación (general)). Están prohibidas tanto las discriminaciones manifiestas (directas) como las encubiertas (indirectas). Además, las libertades fundamentales también conllevan prohibiciones de restricciones.

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