▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Derecho Privado Marítimo

Mar y montaña

Derecho Privado Marítimo a su vez comprende el derecho mercantil marítimo y el Derecho Internacional privado marítimo. En ocasiones, la doctrina entendía por derecho marítimo el sistema exclusivo de relaciones relativas a la navegación y al tráfico marítimo regulado por los códigos de derecho privado. Esta visión estrecha estaba ligada al estado de la legislación de los siglos pasados que, en el ámbito del derecho privado, había creado un núcleo de normas más o menos orgánicas, mientras que ramas notables del derecho público, que quedaban fuera de los códigos, pasaban a un segundo plano, pasando casi desapercibidas a la mirada del jurista. Hoy en día, en cambio, es fácil comprobar cómo el derecho marítimo integral posee fronteras más amplias y cómo se ha formado un sistema de derecho marítimo, entretejido con un material legislativo más rico en el que la contribución del derecho público es significativa y la injerencia en él es considerable. Tras perfeccionar el orden político, afinar la eficacia de los controles públicos con medios más amplios, constituir órganos centrales que actúan en la periferia e injertar la policía de navegación en el tronco más robusto de los servicios de policía de seguridad, también el derecho marítimo público ha adquirido una fisonomía propia que le otorga una posición eminente en el sistema. En el proyecto italiano de código marítimo, toda la disciplina de las relaciones de derecho público y privado vinculadas a la navegación y derivadas de ella se fundió en un solo cuerpo jurídico.

Sector del Transporte Marítimo

El sector del transporte marítimo está segmentado de varias maneras. La mayor parte del sector consiste en el movimiento de carga, con un transporte más limitado de personas en transbordadores y cruceros. Un pequeño número de transatlánticos de pasajeros sigue prestando servicios regulares en las rutas oceánicas, pero este tipo de tráfico se ha transferido en gran medida al transporte aéreo. La parte de carga del sector se divide en actividades costeras y transporte marítimo de altura. El primero sirve para rutas de corta distancia de punto a punto y actúa como distribuidor para los grandes puertos consolidadores que recogen y envían buques más grandes en las rutas de alta mar. El transporte marítimo costero cumple una función clave en muchos países donde, por razones económicas o geográficas, el transporte terrestre es de mala calidad. El transporte marítimo forma parte de una cadena de suministro más amplia. El sector interactúa directamente con los puertos, los canales y los sistemas de navegación y, de forma menos directa, con los modos operativos de superficie (carretera, ferrocarril y vías navegables interiores) que dan servicio a los puertos. Esto requiere la coordinación de la tecnología y de las estructuras institucionales si se quiere ofrecer un servicio sin fisuras a los usuarios, por lo que el sector siempre ha estado a la vanguardia de la adopción de tecnologías de comunicación actualizadas, como los sistemas de posicionamiento global.

Organización Marítima Internacional

historia

La OMI se creó en 1958 en virtud de la Convención de la Organización Marítima Internacional, adoptada el 6 de marzo de 1948 en Ginebra, para establecer un organismo especializado de las Naciones Unidas para los Asuntos Marítimos. Como organización intergubernamental, tiene el estatus de agencia especializada de las Naciones Unidas. La Organización Marítima Internacional cuenta con siete órganos principales: La Asamblea está formada por todos los miembros y se reúne una vez cada dos años; también puede convocar sesiones extraordinarias. El Consejo está compuesto por 32 miembros elegidos de acuerdo con ciertos criterios por la Asamblea por un periodo de dos años. Es el órgano ejecutivo de la Organización Marítima Internacional entre las sesiones del Consejo. Los comités estatutarios previstos por el Convenio de la Organización Marítima Internacional son el Comité de Seguridad Marítima (CSM), el Comité Jurídico (CJ), el Comité de Protección del Medio Marino (CPMM) y el Comité de Cooperación Técnica (CCT). La Secretaría está compuesta por el Secretario General nombrado por el Consejo con la aprobación de la Asamblea y por otro personal nombrado por él.

Navegación Maritima

historia

Este texto se ocupa de la navegación maritima, como el desplazamiento de un buque sobre el mar. l salvamento está indisolublemente ligado al transporte marítimo y a la navegación marítima. Las partes del Convenio de Londres sobre Salvamento se han reservado el derecho, en el apartado 1 del artículo 30, de excluir del ámbito de aplicación del Convenio las siguientes circunstancias (a) las operaciones de salvamento en aguas interiores en las que sólo intervengan buques de navegación interior; (b) las operaciones de salvamento en aguas interiores en las que no intervenga ningún buque; (c) los casos de salvamento en los que las partes interesadas sean nacionales de un mismo Estado; y, por último, (d) los bienes culturales marítimos situados en los fondos marinos (véase a este respecto el Convenio Internacional de Nairobi de 2007 sobre la Remoción de Pecios y, de forma más general, la Organización Marítima Internacional.

Receptum Nautarum, Cauponum et Stabulariorum

Libro y texto

En vista de que los posaderos parecen haber dado una garantía especial por la seguridad de los bienes llevados a la posada por sus huéspedes al celebrar el contrato con ellos (recipere res salvas fore), el pretor empezó, en el siglo I o II a.C., a conceder una acción contra el posadero sobre la base de dicha garantía (Ulp. D. 4,9,1 pr.). Lo mismo se aplicaba a los cuidadores de establos (stabularii) y a los transportistas marítimos (nautae). Los miembros de estas profesiones, por tanto, eran responsables con independencia de la culpa. Originalmente, esta responsabilidad era ilimitada. Labeo recomendó, sin embargo, que se concediera una defensa al armador por motivos de equidad si había perdido los bienes que se le habían confiado por naufragio o ataque de piratas. Esta defensa se amplió pronto a otros casos de vis mayor y se extendió también a la responsabilidad de los posaderos y los cuidadores de establos. El llamado receptum nautarum cauponum stabulariorum se correspondía así esencialmente con la norma de responsabilidad, para la que se ha adoptado el término custodia en la literatura sobre derecho romano.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.