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Decreto-Ley

Definición de DECRETO-LEY en Derecho español Delegación expresa y especial del Poder legislativo, ante circunstancias excepcionales, a favor del Poder ejecutivo. | Disposición de carácter legislativo que, sin ser sometida al órgano adecuado, se promulga por el poder ejecutivo, en virtud de […]

Usos

Los “usos” son reglas no escritas que siguen los habitantes de ciertas regiones o las personas que ejercen determinadas profesiones y que consideran obligatorias para regular sus relaciones. Las expresiones “usos y costumbres” y “prácticas habituales” tienen el mismo significado. El hecho de que una de las partes del procedimiento alegue la existencia de un uso plantea dos tipos de problemas al abogado. La primera es la dificultad de determinar el contenido de la norma consuetudinaria, y la segunda es la dificultad de distinguir las circunstancias, lugares y personas a las que se aplica la costumbre. Según la antigua ley, la prueba de su aplicabilidad se derivaba en Francia de las recopilaciones que se acababan elaborando y que se denominaban “coutumiers”. El sistema legislativo instituido por la Revolución Francesa no ha acabado del todo con los usos locales o profesionales. Su contenido se establece por la constante referencia a ellas por parte de aquellos a quienes se aplican, principalmente en las relaciones comerciales. En materia civil, existen costumbres locales, en particular en relación con los arrendamientos rurales. Las ventas en las subastas o en los recintos feriales se rigen por costumbres profesionales muy antiguas.

Características de las Normas Jurídicas

Este texto se ocupa de las características de las normas jurídicas. Una norma jurídica es cualquier declaración de carácter legal que prescribe y regula el comportamiento de los ciudadanos, el orden institucional del Estado y su funcionamiento en un país. Entre las características más importantes, encontramos que son coercitivas, gozan de exterioridad, son heterónomas y bilaterales, definen el deber ser del comportamiento humano o, en su conjunto, constituyen un sistema jurídico.

Derogación

Una derogación constituye una excepción en la aplicación de una norma de origen contractual, legal o administrativo. El legislador suele utilizar expresiones como “a menos que…”, “a menos que…” o “con la excepción del caso en que…”. Anulación, abolición (nota: en sentido diferent al del abolicionismo, que es una doctrina contra la norma o costumbre que atenta a principios morales o humanos; véase también movimiento abolicionista y la abolición de la esclavitud en el derecho internacional) o revocación de alguna disposición legal, puede ser expresa, cuando otra ley lo manifiesta claramente o tácita, cuando hay una ley posterior contraria.

Equidad

Esta entrada trata el contenido de equidad. El papel de la equidad en el derecho internacional Esta sección considera el papel de la equidad en el derecho internacional. Después de establecer una definición funcional de equidad y considerar si el recurso a la equidad es permisible, pregunta […]

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