Este texto se ocupa del derecho de la Organización Mundial del Comercio. El derecho de la OMC regula las relaciones comerciales y la solución de diferencias entre los Estados, y aborda la compleja interacción entre la liberalización del comercio internacional y otros objetivos de política pública. Este texto, junto con otros de esta plataforma digital, examina el marco normativo que sustenta el sistema comercial multilateral, abarcando tanto el derecho institucional como el sustantivo de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que ha desempeñado un papel central en la promoción y regulación de las relaciones comerciales internacionales desde su creación el 1 de enero de 1995. Existen algunas diferencias importantes entre los acuerdos comerciales internacionales y los acuerdos internacionales de inversión. Aquí ilustramos estas diferencias con respecto a la OMC y al capítulo 11 del TLCAN. En primer lugar, sólo los gobiernos tienen acceso al sistema de solución de controversias de la OMC (y a sistemas comparables de solución de controversias en los acuerdos de libre comercio, incluido el Capítulo 20 del TLCAN). Esto filtra las impugnaciones de algunas medidas. En cambio, los inversores privados pueden presentar reclamaciones directamente contra los gobiernos anfitriones en virtud de los acuerdos internacionales de inversión, como el capítulo 11 del TLCAN. Es menos probable que los inversores privados cuestionen la conveniencia de impugnar el derecho de los gobiernos a regular que los propios gobiernos. Por supuesto, esto depende del gobierno.