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Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio

Incluso algunos de los líderes más prominentes de la Alemania nazi – perpetrando posiblemente el genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) más conocido de la historia del mundo – no fueron declarados culpables de genocidio. La mayoría de la gente “normal” no sabe cómo se define el genocidio en la Convención sobre el Genocidio. Cuando se les pide que examinen las definiciones y juzguen en qué medida las condiciones y/o los resultados descritos en, especialmente. Los artículos 2b y 2e están/estaban presentes, muy pocos parecen capaces de discutir esto objetivamente y con calma. Del mismo modo, cuando se discute qué grupos e individuos deben ser castigados de acuerdo con el artículo 4, por ejemplo, las autoridades educativas (“funcionarios públicos”) o incluso los profesores individuales (tanto en su calidad de funcionarios de la educación sancionada por el Estado, como de “particulares”), las fuertes emociones a menudo impiden una discusión racional.

Congo

Actividades Armadas en el Territorio del Congo, República Democrática del Congo Congo Orden, Medidas Provisionales, [2000] CIJ Rep 111, ICGJ 28 (CIJ 2000), 1 de julio de 2000, Corte Internacional de Justicia Detalles: Jurisdicción: Corte Internacional de Justicia [CIJ] Fecha: 01 de julio de […]

Guerra Justa

En el período de la Primera Guerra Mundial y del acuerdo de paz y las conferencias de 1919-20, hubo varios indicios del desarrollo de una mayor sensibilidad por parte de los Estados hacia el uso de la fuerza. Las cláusulas de penalización y los acuerdos de reparación en los tratados de paz de Versalles y otros tratados de paz hicieron una importante literatura sobre la culpabilidad de guerra y la cuestión de la responsabilidad personal por actos de política nacional. La cuestión de la responsabilidad por el recurso injustificado a la guerra se ha convertido en una cuestión que afecta a los ministerios y a los estadistas; ya no es competencia de los pacifistas e idealistas. La teoría de la guerra justa (latín: jus bellum justum) es una doctrina, también conocida como tradición, de la ética militar estudiada por líderes militares, teólogos, especialistas en ética y responsables políticos. El propósito de la doctrina es asegurar que la guerra sea moralmente justificable a través de una serie de criterios, todos los cuales deben cumplirse para que una guerra sea considerada justa. Los criterios se dividen en dos grupos: “derecho a la guerra” (jus ad bellum) y “conducta correcta en la guerra” (jus in bello). La primera se refiere a la moralidad de ir a la guerra, y la segunda a la conducta moral dentro de la guerra.

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial

Sentencia sobre excepciones preliminares, CIJ GL No 140, ICGJ 429 (CIJ 2011), 1 de abril de 2011, Corte Internacional de Justicia Detalles: Jurisdicción: Corte Internacional de Justicia [CIJ] Fecha: 01 de abril de 2011 Citación: Sentencia sobre excepciones preliminares, CIJ GL No 140, ICGJ 429 […]

Represalias

Represalias en Derecho Militar Es conveniente establecer la distinción entre las represalias efectuadas en tiempo de paz y las llevadas a cabo en el transcurso de las hostilidades de un conflicto armado internacional. Las primeras son medidas de coacción, que constituyen excepciones a las […]

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