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Derecho Internacional del Medio Ambiente

Derecho Internacional del Medio Ambiente Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Este texto se esfuerza por explicar cómo se desarrolla el verdadero cumplimiento del Derecho Internacional del Medio Ambiente (en adelante, “DMA”, LIE o LTE, por sus siglas … Leer más

Conflicto Armado Interno

Este texto se ocupa del conflicto armado interno. Un conflicto armado interno (o “no internacional”) se refiere a una situación de violencia que implica enfrentamientos armados prolongados entre las fuerzas gubernamentales y uno o varios grupos armados organizados, o entre estos mismos grupos, que surgen en el territorio de un Estado. La división de la sociedad mundial en nacional e internacional es arbitraria, pero es una división a la que se aferra gran parte del derecho internacional humanitario. Dado que las leyes tradicionales de la guerra -y las leyes de los crímenes de guerra- sólo se referían a conflictos entre Estados, los Estados que se acusaban mutuamente de violarlas o de cometer crímenes de guerra necesitaban caracterizar un conflicto como verdaderamente internacional y no interno. Así, los Convenios de Ginebra y el Protocolo Adicional I abordan en casi todos sus aspectos únicamente los conflictos internacionales. El Tribunal de Yugoslavia ha interpretado su estatuto para permitir la jurisdicción sobre violaciones graves del artículo 3 común y otras violaciones graves de las leyes y costumbres de la guerra en conflictos internos; y el estatuto de la Corte Penal Internacional prevé específicamente la criminalidad sobre muchos actos cometidos en conflictos internos. El artículo 3, cuyo texto se repite en los cuatro Convenios de Ginebra, es la única parte de los convenios que se aplica explícitamente a los conflictos armados internos. Se le ha llamado un “tratado en miniatura”, y establece las protecciones mínimas y las normas de conducta a las que deben adherirse el Estado y sus oponentes armados. Las protecciones que detalla son el núcleo del derecho internacional humanitario. El Protocolo Adicional II de 1977 también cubre los conflictos armados internos, pero está menos aceptado entre los Estados que los Convenios de 1949.

Agresión

Agresión, en Derecho Militar, es el empleo de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, haya o no declaración de guerra. El crimen de agresión, o crimen contra la paz, se introdujo por primera vez en el instrumento constitutivo que estableció el Tribunal Militar Internacional de Nuremberg (IMT) (la Carta de Londres, 1945) al final de la Segunda Guerra Mundial. También se incluyó en la Carta del Tribunal Militar Internacional de Tokio para el Lejano Oriente (IMTFE) y en la Ley Nº 10 del Consejo de Control de 1945. Inglaterra, los países de derecho civil y algunos estados americanos definen ciertos tipos de agresión (como la agresión con un arma mortal o con la intención de cometer un robo o una violación) como “agresión agravada”. La agresión resultante también se denomina agravada, y a ambos delitos se les asignan penas más altas que a las agresiones normales.

Tortura

La prohibición de la tortura en la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura se describe en términos absolutos, pero la tortura continúa en todo el mundo. ¿Cuál es el propósito de la tortura? ¿Cómo ha cambiado a lo largo de la historia? La “tortura” se centra en tres temas: la tortura en la “guerra contra el terror”; la información obtenida de la tortura; y la prohibición de enviar a alguien a un país en el que existe una gran probabilidad de que sea torturado. ¿Se justifican algunos incidentes de tortura o malos tratos para evitar un ataque terrorista? ¿Cómo se puede controlar la garantía de un país de que un ciudadano no será torturado a su regreso?

Fuerza

Fuerza en Derecho Militar En el derecho internacional se prohíbe la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de un Estado. El uso de la fuerza no está prohibido para los pueblos que, en el ejercicio del derecho a la libre determinación, luchan […]

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