Es una forma de organización política en la que el conjunto de los ciudadanos titulares de derechos políticos expresa de modo inmediato su voluntad suprema. Los argumentos de esta entrada han tratado de demostrar que la democracia directa no puede proporcionar las estructuras que permiten que el Estado logre su propósito definitorio: el avance del bienestar de su pueblo. Algunos de estos argumentos se basaban en suposiciones fácticas -las energías limitadas de los votantes, la improbabilidad de que la democracia directa produjera un gobierno coherente-, pero otros se basaban en tensiones dentro de la idea misma de la democracia directa -la imposibilidad de extraer decisiones del pueblo sin que algún otro órgano tomara decisiones sobre qué decisiones debían tomarse y cómo debían tomarse esas decisiones. El fracaso de la democracia directa como base para el gobierno del Estado no significa, por supuesto, que nunca pueda desempeñar un papel en la constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Incluso si la democracia directa no es el modo normal de gobierno del Estado, puede haber situaciones en las que sea correcto celebrar referendos, cuestiones que deberían plantearse al pueblo en lugar de ser decididas por la legislatura, pero el funcionamiento de estos referendos requiere y presupone instituciones representativas que puedan formular las preguntas que deben plantearse al pueblo y determinar las respuestas del Estado a las respuestas recibidas.