La expresión estándar de racionalidad significa la existencia de un parámetro objetivo para determinar la constitucionalidad de una ley o acto que es sometido a la valoración de un órgano jurisdiccional o un juez. No debe confundirse con el término ponderación, pues mientras que éste se refiere al balance de normas para llegar a una conclusión correcta, estándar de racionalidad hace referencia al nivel de deferencia o acatamiento que se utilizará para advertir la validez de una norma. Al utilizar un estándar de racionalidad se asume, a priori, una posición con respecto a la constitucionalidad de una norma. Es innegable, porque los hombres no son seres puramente racionales o porque la racionalidad es una elección que puede ocultar intereses que excluyen a ciertos segmentos de la sociedad, que muchas de las promesas contenidas en un discurso científico racional no pueden realizarse. No obstante, cabe señalar que muchas personas han producido un trabajo intelectual basado en las premisas de dicho discurso.