Jurisdicción Arbitral
La costumbre otorga tradicionalmente a los árbitros amplios poderes para pronunciarse sobre su propia competencia. Esta facultad está consagrada en el artículo 73 del Convenio de La Haya y en la jurisprudencia. La autoridad funcional del árbitro aparece esencialmente en el carácter vinculante del laudo y en la organización de los recursos contra el mismo. La importancia de la elección de órgano arbitral radica esencialmente en que es el criterio fundamental para distinguir entre arbitraje y jurisdicción. El efecto del laudo dependerá de la autoridad y cualificación de los árbitros. En la práctica se han utilizado tres sistemas.