Ética Organizacional
Este texto se ocupa de la Ética organizacional.
Este texto se ocupa de la Ética organizacional.
Este texto se ocupa de la Ética, ofreciendo una introducción a la ética. Ética (del griego ethika, de ethos, ‘comportamiento’, ‘costumbre’), principios o pautas de la conducta humana, a menudo y de forma impropia llamada moral (del latín mores, ‘costumbre’) y por extensión, el estudio de esos principios a veces llamado filosofía […]
Visualización Jerárquica de Humanización del trabajo Trabajo y Empleo > Condiciones y organización del trabajo > Condición de trabajo > Ergonomía
Trabajo y Empleo > Relaciones laborales y Derecho del trabajo > Derecho del trabajo > Balance social Humanización del trabajo Concepto de […]
Sindicato, asociación de trabajadores cuyo fin es mejorar las condiciones económicas y sociales de éstos. El sindicato representa los intereses de sus afiliados, negociando con el empresario los incrementos salariales y las condiciones laborales durante la negociación colectiva. Si no es […]
Visualización Jerárquica de Confederación Europea de Sindicatos Organizaciónes Internacionales > Organizaciónes no gubernamentales > Organización no gubernamental
Trabajo y Empleo > Relaciones laborales y Derecho del trabajo > Relación laboral > Interlocutor social > Sindicato > […]
Este texto se ocupa de la Confederación Sindical Internacional en el marco de las organizaciónes no gubernamentales. La Confederación Sindical Internacional (CSI) se creó en noviembre de 2006 mediante la fusión de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres, la Confederación Mundial del Trabajo y ocho organizaciones sindicales nacionales. La CSI mantiene una lista de vigilancia de “Países en riesgo” de países en los que se considera que la democracia y los derechos humanos están en peligro. En abril de 2019, la CSI emitió una declaración en la que refutaba rotundamente una reciente afirmación del Fondo Monetario Internacional según la cual el aumento de los salarios mínimos conlleva recortes en los puestos de trabajo. En marzo de 2020, la CSI emitió una declaración sobre la pandemia de COVID-19, en la que pedía a los gobiernos que pusieran en marcha urgentemente planes de estímulo económico y medidas para proteger la salud y los ingresos de los trabajadores y garantizar las bajas por enfermedad y unas condiciones de trabajo flexibles durante el transcurso de la crisis.
La participación en los beneficios es una prestación económica basada en los resultados de la empresa que, cuando está prevista por la ley, por el contrato de trabajo o por un convenio colectivo, se distribuye a todo o a una parte del personal de la empresa. A diferencia de las primas, la prima de participación en los beneficios no se incluye en el salario a efectos del cálculo de las cotizaciones debidas a los organismos de la seguridad social. Se paga después del último día del séptimo mes siguiente al cierre del ejercicio económico de la empresa. Su pago puede estar sujeto a un periodo mínimo de presencia en la empresa.
Noción de Cierre Patronal En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de cierre patronal, la siguiente definición: Medida de conflicto colectivo adoptada unilateralmente por el empleador que consiste en el cese total o […]
Sindicato, asociación de trabajadores cuyo fin es mejorar las condiciones económicas y sociales de éstos. El sindicato representa los intereses de sus afiliados, negociando con el empresario los incrementos salariales y las condiciones laborales durante la negociación colectiva. Si no es […]
Visualización Jerárquica de Información de los trabajadores Trabajo y Empleo > Relaciones laborales y Derecho del trabajo > Relación laboral > Participación de los trabajadores
Información de los trabajadores Concepto de Información de los trabajadores Véase la definición de Información de […]
Noción de Relación Laboral en el Contexto del Mercado de Trabajo En relación a las relaciones laborales españolas, relación laboral ha sido definido [1] de la siguiente forma: Se aplica a las relaciones entre empleadores y trabajadores, dirección de empleadores y sindicatos, […]
Este texto se ocupa de la conducta antisindical, como acción u omisión que lesiona el derecho a la libertad sindical. Las empresas, en algunos países, como Estados Unidos, suelen adoptar tácticas de “evasión sindical”. Las agresivas campañas antisindicales se han generalizado. El “defensor sindical”, en Francia, sustituye a los antiguos delegados permanentes o no permanentes de los sindicatos patronales encargados de asistir y representar a los trabajadores en los procedimientos contenciosos.
Introducción: Función Pública Concepto de Función Pública en el ámbito del objeto de esta plataforma online: Actividad desarrollada por un órgano del Estado, encaminada a cumplir con sus atribuciones o fines. Función Pública en el Derecho administrativo en general En el derecho comparado, […]
Este texto se ocupa del comité de empresa europeo, regulada en Europa, entre otros, y con la denominación asignada por, la Directiva 94/45/CE. El “comité de empresa” es un consejo con estatuto civil, formado por el jefe de la empresa o uno de sus representantes, y por miembros elegidos de la plantilla. El comité de empresa tiene un papel general para garantizar o controlar la gestión de las actividades sociales y culturales de la empresa. Un representante de cada uno de los sindicatos de trabajadores puede formar parte de él con carácter consultivo. Cuando una empresa tiene al menos cierto número de trabajadores, debe constituirse un comité de empresa; si el número de trabajadores es inferior a esta cifra, puede constituirse en virtud de un acuerdo de empresa o de un convenio colectivo. En cuanto al funcionamiento económico y social de la empresa, su consulta es en algunos casos obligatoria y en otros sólo opcional. El Comité puede poner en marcha el procedimiento de alerta (véase más detalles). Para la información del personal, puede organizar reuniones sobre problemas actuales.
Libertad Sindical en el Derecho de Trabajo en general En el derecho comparado, en general, se puede encontrar información útil sobre este tema de derecho laboral. Noción de Libertad Sindical En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido, […]
Libertad de opinión Libertad de opinión en el derecho chileno Libertad de opinión en el derecho chileno en la Enciclopedia Jurídica Omeba Véase: Entradas de la Enciclopedia Jurídica Omeba Enciclopedia Jurídica Omeba (incluido Libertad de opinión en el derecho chileno) Traducción al Inglés En […]
Nota: Se ha considerado la expresión relaciones industriales como un anglicanismo, considerando que la expresión más correcta es relaciones laborales o relaciones de trabajo. De todas formas, se describe aquí por su importancia histórica e internacional. Campos de Investigación de Recursos […]
Negociación colectiva, en relaciones laborales, procedimiento mediante el cual un empleador o empleadores aceptan discutir las condiciones de trabajo mediante la negociación con representantes de los empleados, generalmente un sindicato. Un sistema, entonces, para la fijación de ganancias y condiciones de empleo. Las partes negociadoras y contratantes en el sentido del derecho de la negociación colectiva son los empresarios individuales o las asociaciones de empresarios y los sindicatos como representantes de los trabajadores. La afiliación a una asociación de empresarios y a un sindicato es voluntaria y no se puede imponer. Sin embargo, en principio es un requisito previo para estar cubierto por los convenios colectivos. La aplicación de los convenios colectivos también puede acordarse en el contrato de trabajo individual, de modo que la negociación colectiva también es vinculante. La negociación colectiva se lleva a cabo a nivel regional, a nivel estatal o a nivel de regiones de negociación colectiva. La Confederación Alemana de Sindicatos (DGB) está formada por ocho sindicatos, que son los más importantes en cuanto a política de negociación colectiva y que han unido sus fuerzas, y que se relacionan en el texto.
Se reconoce el derecho de huelga como un derecho fundamental en algunas constituciones. Huelga es el nombre que recibe un movimiento colectivo tomado por iniciativa de todo o parte del personal de una empresa, generalmente destinado a obligar al empresario a negociar las condiciones de trabajo y el salario. Sin embargo, la huelga ha cambiado su orientación y modalidad porque, además de ser una expresión de protesta, también puede decidirse en solidaridad con otras empresas, aunque los manifestantes no pertenezcan al mismo empleador, para expresar el temor a una futura decisión o con fines políticos. La ejercen tanto el personal de las empresas privadas como los trabajadores de los servicios públicos. Y, aunque el derecho a la huelga no está reconocido para determinados funcionarios, como es el caso de los magistrados y los militares, los últimos acontecimientos han demostrado que esta prohibición no se cumple necesariamente. Por último, recientemente ha sido ejercida por miembros de una profesión liberal e incluso por escolares y estudiantes… pero en este último caso, ¿es una huelga?
La ley siempre puede revertir una disposición legal anterior. Pero cuando se trata de derechos subjetivos resultantes de una situación contractual, constituyen derechos adquiridos que no pueden modificarse sin el acuerdo del titular. Así, en derecho laboral, en varios países, cuando se produce un cambio en la situación jurídica del empresario, en particular por sucesión, venta, fusión o escisión, transformación del negocio, constitución de la empresa, todos los contratos de trabajo vigentes el día del cambio siguen existiendo entre el nuevo empresario y el personal de la empresa. Salvo casos especiales, el nuevo empresario está vinculado, con respecto a los trabajadores cuyos contratos de trabajo se mantienen, a las obligaciones que correspondían al antiguo empresario en la fecha del cambio. Esto se aplica a los empleados que tienen todo tipo de contratos de trabajo: de duración determinada o indefinida, a tiempo completo o parcial, contratos de aprendizaje, contratos de trabajo-estudio o cualquier otro tipo de contrato de trabajo. Vinculado a la exigencia de seguridad jurídica y a la protección de los intereses privados, el término “derechos adquiridos” se encuentra en materia de principio de irretroactividad, retirada y derogación de actos administrativos, así como en materia de interpretación de las leyes en el sentido de la irretroactividad. Se trata de un concepto general que se extiende más allá del sector de los derechos sociales.