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Libertad de Elegir la Profesión

Personas

La libertad profesional, consagrada en el apartado 1 del artículo 15 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, está reconocida en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia (véanse, entre otras, la sentencia de 14 de mayo de 1974, asunto 4/73, Nold, Rec. 1974, p. 491, apartados 12 a 14 de los fundamentos; la sentencia de 13 de diciembre de 1979, asunto 44/79, Hauer, Rec. 1979, p. 3727; la sentencia de 8 de octubre de 1986, asunto 234/85, Keller, Rec. 1986, p. 2897, apartado 8 de los fundamentos). El artículo 15 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, titulada “Libertad profesional y derecho a trabajar” dispone que:

1. Toda persona tiene derecho a trabajar y a ejercer una profesión libremente elegida o aceptada.
2. Todo ciudadano de la Unión tiene libertad para buscar empleo, trabajar, ejercer el derecho de establecimiento y prestar servicios en cualquier Estado miembro.
3. Los nacionales de terceros países autorizados a trabajar en el territorio de los Estados miembros tienen derecho a condiciones de trabajo equivalentes a las de los ciudadanos de la Unión.

Derecho a la Ciudadanía

Tratado y política

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Derecho de Petición

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Derecho de Petición significa, en el contexto constitucional, el derecho Constitucionalmente reconocido a formular ruegos a determinados organismos y autoridades. Aquí se examinará en varias constituciones europeas. Es tanto un ideal político como una doctrina constitucional. Como ideal político, refleja la noción democrática de que los funcionarios del gobierno deben escuchar y responder a las quejas presentadas por los ciudadanos. Como doctrina constitucional, está consagrada en el texto de la Primera Enmienda, aunque no es un derecho absoluto.

Sus raíces inglesas se encuentran en la antigua costumbre de los súbditos de solicitar directamente al rey la reparación de agravios cometidos por funcionarios o por otros súbditos. El artículo 16 de la Magna Charta (1215) exigía una forma de petición, que influyó en imaginaciones posteriores, pero ese artículo se omitió en la versión final de la Magna Charta confirmada por Eduardo I en 1297. Aun así, los súbditos siguieron solicitando privilegios e inmunidades a la Corona, dirigiéndose directamente al monarca. Muchas peticiones eran reclamaciones de propiedades que el monarca poseía ilegalmente, y los ministros reales remitían dichas reclamaciones por cédula a diversos tribunales, normalmente al Exchequer. El Parlamento también presentaba peticiones al rey, tanto en relación con los privilegios del Parlamento o de sus miembros como con la política real en diversos asuntos. La más famosa fue la Petición de Derecho (1628), que confirmaba las libertades del súbdito frente a la detención arbitraria, los juicios en comisiones militares y la imposición de tributos por parte de cualquiera que no fuera el Parlamento.

Derecho al Matrimonio

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El matrimonio, ya se rija por los términos del Estado, los gobiernos coloniales, las autoridades religiosas o tradicionales, o los grupos armados no estatales, es una institución entre individuos que refleja una dinámica de poder más amplia y cuyas implicaciones repercuten más allá del hogar. Ejercer influencia sobre quién puede casarse y en qué condiciones es, por tanto, una autoridad poderosa, y puede surgir la contestación sobre quién puede reclamar legítimamente la jurisdicción sobre las normas y los procedimientos matrimoniales.

Contratos con Consumidores

Social

Para los consumidores que participan cada vez más en transacciones transfronterizas, hay dos cuestiones particulares de derecho contractual que revisten importancia: ¿qué ley es aplicable y qué estado tiene jurisdicción sobre una posible demanda? Tanto la identificación de la ley aplicable como su aplicación en un país extranjero requieren esfuerzos y costes adicionales. Aparte de las diferencias en cuanto a las disposiciones generales de derecho privado y procesal, también varía el nivel de protección especial de los consumidores. Debido a que el valor de las reclamaciones en cuestión será normalmente pequeño, los consumidores tendrían menos probabilidades de hacer valer sus reclamaciones sin la protección de la UE. Las normas especiales funcionan bajo el requisito previo de que la transacción se realice entre un consumidor y un profesional. Las definiciones de estas dos partes opuestas se corresponden con el acervo en materia de consumo (consumidores y derecho de protección de los consumidores). También se analiza el derecho de desistimiento de los contratos de consumo en el Derecho contractual europeo.

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