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Esclavitud en el Derecho Romano

Esclavitud en el Derecho Romano: Los esclavos carecían de libertas, lo cual significaba, en la más genuina tradición romana, que estaban sometidos a un dueño, al contrario de lo que ocurría con los libres de nacimiento. Sólo los libres podían ser ciudadanos romanos. Además, los romanos pensaban que los esclavos inteligentes eran problemáticos y una amenaza. Esclavos o asalariados: existían incentivos, recompensas, bonos y experiencias de vinculación – Los esclavistas romanos fueron los primeros teóricos de la gestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Pocos esclavos asalariados de oficina no sueñan con quitarse el yugo y convertirse en artistas o escritores.

Trata de Seres Humanos

economía y beneficios

El delito de la trata de seres humanos se perpetra en todo el mundo y desde hace mucho tiempo. Sin embargo, la creación de leyes que penalicen la trata es un fenómeno relativamente nuevo. ¿Sabe cuál es la definición de trata de seres humanos? ¿Sabe que el delito de trata de seres humanos cambia según el lugar del mundo en el que se encuentre? La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, incluido el intercambio o la transferencia de control sobre estas personas, mediante la amenaza o el uso de la fuerza.

Historiografía Fememina Francesa

humanidad y civilización

Historiografía Fememina de la Ciencia Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre Historiografía Fememina Francesa. Puede ser también de interés: Historiografía de la Revolución Francesa Historiografía Fememina de la Ciencia [aioseo_breadcrumbs] Historiografía Fememina de la Ilustración Francesa: Louise Dupin Nota: La “Obra … Leer más

Siervos

historia

En la antigüedad, los esclavos (Esclavage) eran tratados como cosas y no tenían derechos. En cambio, los siervos (servus, mancipium, ancilla), a partir de la Alta Edad Media, tenían derechos como individuos, aunque limitados. La expresión “hombres por propia voluntad” (lat. homines proprii, ital. uomini propri) corresponde al alemán Eigenleute (singular Eigenmann), término utilizado para describir a los que no eran libres. A finales de la Edad Media, se distinguía entre los derechos señoriales relativos al ejercicio de la justicia y los relativos a la propiedad de la tierra o de las personas. En este contexto apareció en los países germánicos el término Leibeigener, que se extendió a partir de 1500 y tendió a sustituir a Eigenmann (predominante en Suiza hasta el siglo XVI). La historiografía germánica también utiliza conceptos que no se encuentran en las fuentes: Unfreie (no libres), Hörige o Grundhörige (campesinos de un señorío terrateniente adscritos a la gleba) y Halbfreie (semilibres, como los libertos). Los siervos de la Casa de Dios (Gotteshausleute) eran súbditos de un señor eclesiástico, libres o no. El estatus se transmitía por herencia (tanto si ambos padres eran siervos como uno solo, ya que, según el adagio “cuanto peor, mejor”, los hijos tenían el estatus del progenitor más desfavorecido) o se adquiría entrando en la “familia” de un terrateniente. En los primeros tiempos, podía existir incluso en un entorno urbano, ya que los siervos del señor de la ciudad (por ejemplo, los miembros de la familia episcopal en Basilea) formaban parte de la burguesía como hombres libres. La Iglesia (las abadías y los capítulos figuraban entre los mayores terratenientes y, por tanto, eran propietarios de muchos siervos) reconocía la servidumbre como una institución humana, consecuencia y castigo del pecado original.

Esclavitud

historia

A pesar de que en la antigüedad clásica la esclavitud había sido una forma sustancial de producción y un medio económico efectivo, la organización peculiar del alto medioevo no pareció necesitar de ella.Si, Pero: Pero nunca desapareció del todo la tradición legal que la esclavitud había creado. En la época de los grandes descubrimientos y de la iniciación de la expansión europea, en el mundo (siglo XV), la esclavitud estaba envejecida. Fue la conquista de América (véase muchos más detalles) la que le dio nuevo sentido a esta antigua forma de dominio del hombre por hombre. España, principal país descubridor y conquistador, contó desde muy temprano con disposiciones tendentes a controlar jurídica y económicamente la esclavitud. El Código de la Siete Partidas (1256-65) de tradición romanista, fue uno de los antecedentes legislativos más importantes en la construcción de un cuerpo de leyes relativas a los esclavos africanos en las posesiones coloniales del Nuevo Mundo. Hay que distinguir, para una mejor comprensión de la esclavitud en la América española, entre la esclavitud de los indígenas o naturales y la de los negros o africanos.

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