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Cierre Patronal

Noción de Cierre Patronal En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de cierre patronal, la siguiente definición: Medida de conflicto colectivo adoptada unilateralmente por el empleador que consiste en el cese total o […]

Seguridad en el Empleo

Este texto se ocupa de la seguridad en el empleo, en el contexto de las políticas públicas laborales y financieras. La seguridad del empleo macroeconómica se refiere a la disponibilidad de oportunidades de empleo en la economía en su conjunto y podría definirse como la probabilidad de que un trabajador permanezca en su empleo o encuentre otro mientras desee participar en la población activa. El grado de seguridad del empleo macroeconómico depende principalmente del estado general de la economía y está influido por las políticas macroeconómicas y sólo muy indirectamente por la legislación laboral. La seguridad en el empleo microeconómica se refiere a la probabilidad del trabajador de no ser despedido injusta o arbitrariamente por el Empleador y, por tanto, se refiere a una relación laboral continuada con una empresa concreta (más que a un puesto de trabajo concreto dentro de esa empresa). A diferencia de la “seguridad en el empleo”, la seguridad en el empleo microeconómica puede implicar (y, de hecho, a menudo depende de) la posibilidad de reasignaciones internas del puesto de trabajo, así como de cambios en las tareas, las condiciones de trabajo y la remuneración. Es evidente que estas diferentes dimensiones de la seguridad del empleo están estrechamente interrelacionadas y son muy interdependientes. Parece que hay muchos casos en los que las intervenciones de terceros, y la legislación sobre el despido en particular, al mitigar el riesgo de fracaso del mercado, pueden efectivamente fomentar la contratación eficiente entre las empresas y los trabajadores y, por tanto, mejorar, en lugar de impedir, la eficiencia general del mercado laboral. En el contexto actual, esto implica que los costes económicos directos impuestos por la legislación sobre el despido, en los que se ha centrado el debate actual sobre las políticas de seguridad en el empleo, deben sopesarse cuidadosamente frente a los costes alternativos de la contratación meramente privada y -si esta última fracasa- los costes de bienestar socioeconómico de las inversiones perdidas.

Historia del Habeas Corpus

El habeas corpus es, históricamente, una ordenanza del derecho inglés, que se remonta al siglo XII, por la que se ordenaba al custodio de un preso que declarara el día y el motivo de su detención, con la obligación de llevarlo ante la autoridad judicial competente, para que finalmente fuera liberado. Reservado a la nobleza, el principio fue sin embargo poco practicado hasta la ley de Habeas corpus (1679) que lo reafirmó y extendió su aplicación a todos los ciudadanos. El término se utiliza para referirse a las garantías de las libertades personales de los ciudadanos.

Acción Popular

Este texto se ocupa de la “Acción Popular”. Institución que se remonta al derecho romano (“actio popularis”) y que posteriormente ha sido aceptada en el sistema estatal liberal, según la cual, a título excepcional, se reconoce a cualquier persona (quivis de populo) el derecho a interponer una acción para proteger el interés público en cumplimiento de la ley. A este respecto, se distingue entre la acción popular complementaria (o sustitutiva) y la acción popular correctiva. En la acción popular supletoria, el demandante popular suple la inercia de la administración pública sustituyendo la representación legal del organismo para hacer valer, frente a un tercero, un derecho o interés del propio organismo. En la acción popular correctiva, el demandante ejerce una acción directamente contra la administración pública con el objetivo, precisamente, de corregir una situación de ilegitimidad puesta en marcha por la misma. El acusador que ejercita la acción popular es el no perjudicado ni ofendido por el delito. Es una institución que el legislador español se permitió introducir en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Libertad de Expresion

Es una de las más representativas y características libertades de los sistemas democráticos; consiste en el derecho del individuo a exponer sus pensamientos y opiniones por medio de la palabra, por escrito o cualquier otro medio de reproducción sin cortapisas. La libertad de expresión es un derecho humano internacional fundamental. Es intrínsecamente valioso y necesario para el funcionamiento saludable de la democracia y la sociedad civil. La libertad de expresión es necesaria para el logro de otros derechos humanos, como la administración justa de justicia, la educación, el nivel de vida adecuado, la igualdad, la dignidad humana y los derechos de las mujeres, los pueblos y las minorías. Aunque generalmente es una libertad negativa, la libertad de expresión impone obligaciones positivas al estado para proporcionar acceso a la información, acceso a Internet y para promover el derecho del niño a participar en la educación, el trabajo y la vida familiar. La libertad de expresión ampliamente entendida abarca un paquete de derechos que están íntimamente entrelazados, incluida la libertad de opinión, expresión, prensa, información, asociación, reunión, pensamiento, conciencia, creencia y religión. Aunque los derechos pueden organizarse conceptualmente en las cuatro categorías de expresión, asociación, reunión y pensamiento, cada uno con un significado distinto, los casos reales comúnmente involucran más de uno de los derechos. Por ejemplo, la prohibición de usar pañuelos en un entorno educativo público plantea cuestiones de libertad de expresión y religión. La libertad de expresión está reconocida por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la Carta Árabe de los Derechos Humanos (Carta Árabe) y el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Aunque la libertad de expresión es fundamental, no es absoluta. El artículo 19 del ICCPR permite restricciones a la libertad de expresión que son necesarias para proteger los derechos o la reputación de los demás, la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la moral pública. Cualquier restricción de este tipo debe estar prevista por la ley y ser proporcionada. La literatura sobre la libertad de expresión como un derecho humano internacional tiende a centrarse en los casos y la jurisprudencia, prestando cierta atención a las funciones de las instituciones internacionales de derechos humanos. Los grupos regionales e internacionales de la sociedad civil destacan activamente las amenazas actuales a la libertad de expresión, a menudo en casos de amenazas a individuos, periodistas o grupos pequeños, pero también de manera más sistemática a través de informes anuales, nacionales, regionales y temáticos. Los problemas contemporáneos de libre expresión que surgen bajo el derecho internacional incluyen discursos comerciales, discursos de odio, medios, homosexualidad y religión. Los dos temas más frecuentes en la última década han sido las medidas contra el terrorismo y la Internet. Por supuesto, Internet ha transformado las comunicaciones, pero también ha permitido una vigilancia estatal e internacional sin precedentes que amenaza la privacidad y la libertad de expresión por igual. La importancia de la libertad de expresión en el derecho constitucional nacional tiene su reflejo en el derecho internacional. Se expresa en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948); en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) (“PIDCP”); y en los instrumentos regionales de derechos humanos, como el artículo 9 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981); el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos (1969); el artículo 10 del CEDH; y el artículo 11 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2000).

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