Este texto se ocupa del Agente nocivo. Una molestia ambiental se define generalmente como una interferencia irrazonable (o probable) con un valor medioambiental causada por emisiones de aerosoles, humos, luz, ruido, olor, partículas (incluido el polvo) o humo; o condiciones insalubres, ofensivas o antiestéticas causadas por la contaminación. En el siglo XX, el sentido común asociaba la palabra molestia con la idea de inconveniente, más bien menor, pero que causaba una verdadera incomodidad a uno o varios individuos, aunque sin un impacto real o significativo en su salud. Pero a partir de los años 70, el concepto parece haber evolucionado hacia la idea de una ofensa más grave para el individuo, vinculada a la exposición crónica o episódica a elementos o situaciones desagradables, perjudiciales para el bienestar, o incluso para la salud física y psicológica. Por definición, las molestias son difíciles de medir porque dependen en parte de la apreciación subjetiva de la persona expuesta a ellas.