Derechos de Aduana
Este texto se ocupa de los derechos de aduana y su historia, como los derechos establecidos en el Arancel Aduanero y/o en la legislación nacional, que gravan a las mercancías que entran al territorio nacional o que salen de él.
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Este texto se ocupa de los derechos de aduana y su historia, como los derechos establecidos en el Arancel Aduanero y/o en la legislación nacional, que gravan a las mercancías que entran al territorio nacional o que salen de él.
Definición de Ciencias Económicas en Economía Política La rama de las ciencias sociales por objeto esencial analizar y explicar el comportamiento humano en la toma de decisiones sobre la asignación de los recursos escasos. Los economistas estudian las complejas formas en las que se […]
Los agricultores, como grupo de interés en el ámbito político, han conseguido, en Europa y Estados Unidos, que se legisle para apoyar los precios y los rendimientos de los productos básicos, la inversión pública en infraestructuras rurales y la exención de algunas cargas normativas y fiscales que han recaído en otros sectores empresariales. Esto es comprensible en las condiciones de la década de 1930, cuando los ingresos de los agricultores estaban muy por debajo de los de los no agricultores. En el llamado Sur Global, sus condiciones a menudo no han variado respecto a los trabajadores no agrícolas. Estados Unidos ha tenido el mejor, durante el siglo XX, el más lógico y el más exitoso programa de desarrollo agrícola de todos los países del mundo, quizás con el de la Unión Europea, o parte de ella (Dinamarca, etc).
A pesar de que en la antigüedad clásica la esclavitud había sido una forma sustancial de producción y un medio económico efectivo, la organización peculiar del alto medioevo no pareció necesitar de ella.Si, Pero: Pero nunca desapareció del todo la tradición legal que la esclavitud había creado. En la época de los grandes descubrimientos y de la iniciación de la expansión europea, en el mundo (siglo XV), la esclavitud estaba envejecida. Fue la conquista de América (véase muchos más detalles) la que le dio nuevo sentido a esta antigua forma de dominio del hombre por hombre. España, principal país descubridor y conquistador, contó desde muy temprano con disposiciones tendentes a controlar jurídica y económicamente la esclavitud. El Código de la Siete Partidas (1256-65) de tradición romanista, fue uno de los antecedentes legislativos más importantes en la construcción de un cuerpo de leyes relativas a los esclavos africanos en las posesiones coloniales del Nuevo Mundo. Hay que distinguir, para una mejor comprensión de la esclavitud en la América española, entre la esclavitud de los indígenas o naturales y la de los negros o africanos.
En el preámbulo de los Principios de UNIDROIT, los autores afirmaron que existen normas generales que rigen los contratos comerciales internacionales y que se aplican cuando las partes acuerdan someter su contrato a ellas. Pueden aplicarse cuando las partes acuerdan que su contrato se rige por los “Principios Generales del Derecho”, la “lex mercatoria” o similares. Estas normas podrían utilizarse para interpretar o complementar otros instrumentos de derecho uniforme y servir de modelo para los legisladores nacionales. La lex mercatoria constituiría así un método de resolución de conflictos en el comercio internacional concebido por la práctica sin referencia a las disposiciones nacionales. La propia existencia y eficacia de la Lex Mercatoria se discute en la literatura. Muchos autores la critican por ser incompleta e imperfecta, por ser una organización sin medios, en particular la ausencia de coerción, y por tanto por no tener mecanismos tan eficaces como los de los Estados. La llamada Nueva Lex Mercatoria es el conjunto de principios y normas transnacionales de origen consuetudinario y naturaleza espontánea, de aceptación general en todos, o casi todos los Estados que participan en este conjunto de normas.